El aborto en las Islas Baleares, también conocido como Interrupción voluntaria del embarazo (IVE), es legal. La legislación sobre el aborto se elabora a nivel nacional en España, y el aborto fue despenalizado en 1985,con importantes reformas en 2010. Cada región está a cargo de crear su propio sistema para la implementación de la ley en la sanidad pública, existiendo diferencias de una región a otra.
Los procedimientos de IVE en las Islas Baleares se realizan en hospitales públicos y clínicas privadas. Al principio de la legalización, los abortos se realizaban principalmente en clínicas privadas. En la década de 2010, la mayoría de las mujeres de la región se sometían a procedimientos de IVE en centros de salud públicos. A diferencia de otras regiones de España, las mujeres de las Islas Baleares tradicionalmente no han tenido que desplazarse a otras partes de España para abortar excepto en casos limitados.
El aborto ha sido en gran medida ilegal en España. A pesar de las políticas nacionales, la realidad del acceso a los procesos de IVE ha variado mucho en España de una región a otra, tanto históricamente como en la actualidad. Durante la dictadura, las mujeres que requerían una interrupción voluntaria del embarazo fueron en ocasiones perseguidas. Tras la muerte de Franco y la Transición democrática, las feministas de las Islas Baleares se volvieron muy activas en la lucha por la despenalización del aborto, también durante el período de Felipe González.El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares dictó sentencia el 13 de febrero de 1998 en relación con las matronas y su derecho a ser objetoras de conciencia. La Fundación Red Madre intentó limitar el acceso al aborto a nivel regional, al mismo tiempo que intentaba cambiar la ley para penalizar el aborto a nivel nacional. Tuvieron un éxito limitado en las Islas Baleares, donde un gobierno liderado por el Partido Popular cambió la ley en 2013, siendo posteriormente derogada en 2016. En la década de 2020 las feministas locales continuaron luchando para preservar el derecho al aborto.
Contexto nacional Históricamente, el acceso al aborto en España ha dependido del dominio masculino sobre las mujeres y sus actividades reproductivas. El aborto se ha utilizado como un medio para afirmar el control no sólo sobre los cuerpos y la sexualidad de las mujeres, sino también para hacer cumplir las normas culturales de género y los ideales patriarcales en la sociedad en general. Si bien el aborto se utilizó como forma de control de la natalidad en España en el pasado, demógrafos y sociólogos españoles han dicho que no se utiliza de esa manera en la España contemporánea.
El aborto legal es importante porque reduce las muertes entre mujeres por complicaciones del embarazo y reduce la mortalidad infantil. En España, a mediados de la década de 1970, los abortos ilegales eran una causa importante de muerte entre mujeres de entre quince y cuarenta y nueve años. El control de la natalidad tiene una tasa de mortalidad femenina mucho más baja que los abortos, y es mucho más baja que la mortalidad femenina en España por abortos ilegales.
Historia nacional El Liber Iudiciorum fue una recopilación de leyes visigodas del rey Recesvinto que se promulgó en el año 654. Mencionaba el aborto, el infanticidio y el homicidio en el Libro VI. La pena para quienes provocaban abortos era la muerte. En aquella época, los visigodos controlaban casi toda la actual España, Portugal y Ceuta.
La ley en España fue modificada el 24 de enero de 1941 para caracterizar el aborto como un crimen contra el Estado. Esta ley lee en parte: “La política demográfica es una de las preocupaciones fundamentales de nuestro Estado. No se concibe una política demográfica eficaz sin abordar el problema de los miles y miles de vidas que se frustran antes de nacer, por maniobras criminales. Así lo dice la experiencia y el asesoramiento de los técnicos a través de Entidades científicas competentes. El estrago harto acusado en tiempos anteriores como consecuencia de un sentido materialista de la vida, adquirieron caracteres de escándalo durante el régimen republicano, agudizándose aún más escandalosamente en aquellas zonas sometidas a la dominación del Frente Popular. El Gobierno, consciente de su responsabilidad, decide combatir el crimen social que el aborto provocado representa y que impide que nazcan muchos miles de españoles anualmente.”B.O.E., 2-febrero-1941.
El control de la natalidad fue ilegal en toda España durante el período franquista. En 1975 en España, la tasa de mortalidad femenina durante el embarazo era de 23 por 100.000 mujeres, una tasa similar a la de otros países occidentales industrializados donde el aborto era ilegal. El aborto fue despenalizado en el Código Penal por primera vez en todo el territorio español en 1985 en tres supuestos: por motivos terapéuticos, por motivos eugenésicos y en caso de violación previa denuncia policial. El aborto sólo era legal en estos casos antes de la semana 22, semana 22 y semana 12 respectivamente. La ley de 1985 exigía que cada vez que un centro de salud realizara un aborto, debía informarse al Ministerio de Sanidad. Los datos que se debían reportar incluían la provincia donde se realizó el aborto y la provincia donde residía la mujer que abortó. Si bien el aborto fue despenalizado en 1985, no se convirtió en un servicio ofrecido por la sanidad pública hasta un cambio en la ley en 2010. Como resultado, durante este período entre 1985 y 2010, casi todos los abortos se realizaron en clínicas privadas y el precio por una interrupción voluntaria del embarazo rondaba las 30.000 pesetas.
La Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo fue reformada en mayo de 2022 de diferentes maneras. Se abordó específicamente la falta de centros, especialmente públicos, que prestaran servicios para la interrupción voluntaria del embarazo, en provincias que no tenían ninguna y exigían que las mujeres de esas provincias viajaran a otras provincias u otras regiones para poder acceder ese servicio. También se quiso proteger a las mujeres que acudían a centros de salud para someterse a procedimientos de IVE del acoso de activistas antiaborto.
En febrero de 2023, el Tribunal Constitucional confirmó la ley de 2010 que permitía a las mujeres abortar mediante petición gratuita durante las primeras catorce semanas de su embarazo. El caso fue llevado originalmente a los tribunales por el Partido Popular en 2010, después de que el PSOE aclarara y liberalizara las leyes sobre el aborto.
Situación jurídica La legislación sobre el aborto se modificó en 2010 para permitir a las mujeres abortar libremente hasta la decimocuarta semana de embarazo sin justificación. Desde la semana catorce a la veintiuna, sólo se podrá practicar un aborto si existe una razón médica para ello, como por ejemplo que la madre esté en riesgo. A partir de la semana veintidós, sólo se podrán realizar abortos si se detectan anomalías fetales que sean incompatibles con la vida fuera del útero. Así lo confirmó el Tribunal Constitucional en febrero de 2023.
En España se apoya que los servicios de interrupción voluntaria del embarazo en la sanidad pública sean gratuitos. Esto incluye los servicios prestados en clínicas privadas tras derivaciones de médicos de la sanidad pública. Esto se debe a que estos costes los cubre la sanidad pública autonómica bajo la dirección del Sistema Nacional de Salud de España. Sin embargo, la implementación de las leyes sobre el aborto se deja en gran medida en manos de las regiones y sus organismos de salud.
El aborto en la salud pública y privada A mediados de la década de 2000, las Islas Baleares no contaban con un protocolo relacionado con el aborto para el personal médico de los centros de salud públicos. En 2005, debido a la falta de clínicas que prestaran servicios a las mujeres después de la novena semana en las zonas más rurales de las Islas Baleares, muchas mujeres que necesitaban abortos acudieron a Madrid o Barcelona. El 4,8% de los abortos en la región en 2005 se realizaron en centros de salud públicos.
En 2009, la región contaba con cinco centros de salud públicos que realizaban IVE y dos centros privados. En 2009, la región contaba con cinco centros de salud públicos que realizaban IVE y dos centros privados. Este total se mantuvo sin cambios en 2022.
En 2009, el 33% de las mujeres de las Islas Baleares iniciaron el proceso para conocer sus opciones para abortar en un centro de salud público. Esto en comparación con el promedio nacional del 43%.
La mayoría de los abortos realizados por sanidad pública en las Islas Baleares a principios de la década de 2020 utilizaban el método farmacológico. En el período comprendido entre 2019 y 2022, la región afirmó que no derivaban a mujeres de la sanidad pública a otras regiones para realizarse un trámite de IVE. En 2021, solo dos regiones tuvieron más interrupciones voluntarias de embarazos realizadas en clínicas públicas que en clínicas de salud privadas, las Islas Baleares y Cataluña. En 2021, el 61,8% de los abortos realizados en las Islas Baleares tuvieron lugar en clínicas de salud pública u hospitales públicos.
Evolución en las Islas Baleares
España franquista (1939 – 1975)
Enjuiciamiento del aborto Durante la dictadura, las mujeres que tenían interrupciones voluntarias del embarazo fueron en ocasiones perseguidas por el régimen de Franco. En 1974, Baleares ocupó el tercer lugar entre las provincias españolas con más sumarios de emergencia, ordinarios y otros del Título IV de la Ley de Enjuiciamiento Criminal por el delito de aborto con diez, la mayor cantidad de cualquier año entre 1971 y 1975.
+ Diligencias previas iniciadas por el delito de aborto por provincia entre 1971 y 1975 Lugar Años Provincia Región 1971 1972 1973 1974 1975 Total Asturias Asturias 8 4 54 1 92 159 Islas Baleares Islas Baleares 0 1 0 0 0 1 Santander Cantabria 1 4 2 0 0 7 Logroño La Rioja 0 0 0 3 0 3 Madrid Madrid 13 18 15 16 13 75 Murcia Murcia 2 4 2 0 0 8 España España 90 110 147 82 173 605 + Sumarios de Emergencia, Ordinarios y otros del Título IV de la Ley de Procedimiento Penal por el delito de aborto por provincia para regiones modernas con una sola provincia entre 1971 y 1975 Lugar Años Provincia Región 1971 1972 1973 1974 1975 Total Asturias Asturias 13 13 11 7 6 50 Islas Baleares Islas Baleares 1 4 4 10 1 20 Santander Cantabria 2 0 0 1 2 5 Logroño La Rioja 1 0 0 0 1 2 Madrid Madrid 18 22 14 16 14 84 Murcia Murcia 3 25 6 4 0 38 Navarra Navarra 0 1 1 1 0 3 España España 122 157 145 112 66 602
Transición democrática (1975 – 1982)
En noviembre de 1979 se llevó a cabo una encuesta de opinión pública por el Centro de Estudios Constitucionales. Se preguntó: "¿Crees que debería permitirse el aborto en España?" Del total de 390 encuestados nacionales de Asturias, Cantabria, Navarra, las dos Castillas, Aragón, Islas Baleares, Murcia, Valencia, Extremadura y La Rioja que estaban agrupados en lugar de por su propia región, el 29% dijo que no. El 38% dijo que sí si había peligro para la vida de la madre, el 12% dijo que si había alguna anomalía fetal, el 14% dijo que sí por libre decisión y el 7% no respondió.
Activismo feminista