La Jurisprudencia en el Derecho romano es considerada una de las fuentes más importantes del Derecho Occidental actual,Derecho romano patrimonial, Pag. 33, Topasio Ferretti, Aldo, México D F, 1992, primera edición, U.A.M. como a su vez en la Historia de Roma. La Jurisprudencia como fuente del Derecho era entendida como la "ciencia del saber del Derecho", a diferencia de hoy en día donde el eje principal de la jurisprudencia son las sentencias.http://es.scribd.com/doc/81250967/JURISPRUDENCIA-Concepto-y-Caracteristicas Los Jurisprudentes o también conocidos como jurisconsultos eran hombres cuyo estudio del Derecho en la época romana era un quehacer, pues ligados a la Aristocracia romana, dedicaban gran parte de su tiempo a dicho propósito.http://www.lexweb.cl/media/users/10/523229/files/49917/Jurisprudencia_en_la_epoca_de_los_romanos.pdfConsultado, 30 de Diciembre 2013 La Jurisprudencia romana adquiere su trascendencia en el tiempo gracias al trabajo de Justiniano I cuya compilación del DigestoEs una obra jurídica publicada en el año 533 d. C. por el emperador bizantino Justiniano I. las novellae, las Institutas y el Codex fue la base fundamental para la conformación del Corpus Iuris Civilis durante el Esta obra nos permite hoy en día dilucidar la evolución de las fuentes del Derecho a lo largo de su historia y además, constituye una fundamental fuente de estudios para entender cómo se estructuraba el Derecho romano. 150px|right|thumb|Gaius o Gayo, jurista romano

Origen Histórico y Evolución de la Jurisprudencia Romana

Los desarrollos legales que abarcan más de mil años en la jurisprudencia, desde las XII Tablas (449 a.C.), hasta el Corpus Juris Civilis 529 d.C., siendo esta última ordenada por el emperador romano de Oriente Justiniano I. La importancia histórica de la ley romana se refleja en la continuación del uso de la terminología jurídica latina en los sistemas jurídicos influenciados por él.thumb|right|180px|Corpus iuris civilis Romani. Gothofredus, 1583.

Arcaico thumb|Alegoría de las XII tablas en un libro de derecho del Desde el 753 a.C. al 450 a.C. Se extiende a lo largo de la Monarquía romana y principios de la República romana. Siendo entendido también como "Periodo Arcaico" es la primera etapa de la formación del Derecho Romano.

La norma se expresa en los primeros tiempos de esta época solo por vía de las antiguas costumbres, las de los antepasados, conocido como Mores maiorum que de por sí constituye un derecho no escrito. En este periodo el orden jurídico de las cívitas está en manos de los pontífices, el colegio sacerdotal exponente de la religión pagana romana. Ellos son los que deciden si los actos o conductas de ciudadanos de Roma (quirites), eran congruentes con las normas que conformaban la tradición jurídica y por la cual debían regirse los ciudadanos en sus relaciones recíprocas. Como consecuencia de ello surge el concepto del Ius, cuya fuente son los Mores interpretados y concretados por los pontífices. Cuando se refiere a las relaciones entre ciudadanos recibe el nombre de Ius civile.Emilio Valiño, Instituciones de Derecho Privado romano, Valencia, 1977,p.p 16-17 El primario concepto del derecho para los romanos puede traducirse de modo adjetival como "lo justo", y quienes califican si un acto es o no justo (Ius)son los pontífices.Francisco Samper, Derecho romano, Ediciones Universidad Internacional Sek. 1992, p. 92 Cabe destacar que Quiritario es un término usado en el antiguo Derecho Romano, alusivo a los quirites, esto es, a los ciudadanos romanos. Ostentaban tal calidad todos aquellos individuos de la especie humana que reunían los requisitos consagrados en el Ius Civile. Los principales atributos que confería el Ius Civile a los ciudadanos romanos.fueron:Ius Connubii: derecho a contraer matrimonio civil o iustae nuptiae; Ius Sufragii: derecho al voto; Ius Commercii: derecho a ejercer el comercio; Ius Honorum: derecho a desempeñar cargos públicos y altas dignidades del gobierno romano.

El primer texto legal es la Ley de las XII Tablas,o Ley de igualdad romana fue un texto legal que contenía normas para regular la convivencia del pueblo romano. También recibió el nombre de ley decemviral http://derechoromanointersemestral.blogspot.com/2012/06/leyes-romanas-ley-de-las-xii-tablas.html Consultado, 30 de Diciembre 2013. que data de mediados del Siglo quinto antes de Cristo. Esta ley es la primera escritura de las costumbres que recogió de modo escueto el derecho vigente (Ius civile). No obstante, en el espíritu jurídico de los romanos nunca existió el apego a lo literal de la ley, que en esencia fue tomada en el devenir jurídico romano solo como base para elaborar por los jurisprudentes un derecho cada vez más científico y progresivo, que terminó por sobreponerse al mismo texto codificado.Samper, op, cit; en p, 16 observa con precisión el alcance de las leyes públicas en el contenido del derecho privado clásico Roma no tendrá otro derecho codificado como la Ley de las XII Tablas hasta el ocaso de la evolución de su Derecho con la obra legislativa de Justiniano I en Siglo Roma asentó las bases preferentemente en la jurisprudencia más que en la legislación.

Periodo Pre-Clásico Desde 450 a.C. al 130 a.C. se extiende desde la creación del pretor urbano.http://www.ecured.cu/index.php/Pretor Este periodo se caracteriza por el paso de una economía agraria a una economía mercantil. La ley de las XII Tablas ya no representa esta realidad, por lo que deben tener nuevas leyes que los regulen, estas se crean a través de los magistrados quienes dictan normas jurídicas pero para ello se rodean de juristas "consilium". En este periodo se hace la distinción entre pretor urbano y pretor peregrino, cuya transición es conocida por cambiar el Ius Civile por Derecho de Gentes (Ius gentium) el cual tiene una visión universal del Derecho pues engloba tanto a peregrinos como a romanos.http://www.derechoromano.es/2011/12/ius-civile-naturale-gentium.html Consultado, 30 de Diciembre 2013

La compilación legislativa se fue realizando de forma acumulativa a través de los Edictos del Pretor.Un pretor (del latín prætor) era un magistrado romano cuya jerarquía se alineaba inmediatamente por debajo de la de cónsul. Su función principal era la de administrar justicia en la fase in iure, conceder interdictos, restitutiones in integrum y otras funciones judiciales http://www.imperivm.org/articulos/pretor.htmlConsultado, 30 de diciembre de 2013. A partir de la Ley de las XII Tablas, los Pretores asumieron la función jurisdiccional, y para poder tipificar nuevos casos emitían al inicio de su mandato un Edicto en el que indicaban que era punible, en el que asumían como propios los edictos de pretores anteriores, y corregían o abolían las disposiciones recibidas.

Al principio los pretores eran solo dos, uno el Prætor Vrbanus se dedicaba a juzgar los asuntos en los que participasen ciudadanos romanos, mientras que el otro, el Prætor Peregrinus, atendía los casos en los que exclusivamente intervinieran no ciudadanos. Los casos tratados eran bastante variados, pero la mayoría derivaban de asuntos comerciales. Así, las relaciones comerciales obligaron a la creación del precedente del llamado derecho contractual, un derecho ultro citroque obligatio (que obliga a ambas partes), a partir del cual nace el llamado Ius Gentium o Derecho de Gentes.El derecho de gentes trata de las reglas aplicables a todas las colonias y provincias romanas, designando la parte del derecho público referida a las relaciones de Roma con estas (los tratados de paz o de alianza y las normas de la guerra), es decir, el equivalente al "derecho internacional", aunque no se puede hablar propiamente de tal, toda vez que en Roma no se conocía el concepto de nación. http://derecho.laguia2000.com/derecho-internacional/derecho-de-gentes Consultado, 30 de Diciembre 2013 Durante este periodo se entiende la jurisprudencia como el "conjunto de criterios acerca de lo justo", proveniente de aquella persona que ha dedicado toda su vida al estudio del Derecho, alcanzando así un saber socialmente reconocido (jurisprudentes). Se entiende que la jurisprudencia debe estar siempre presente frente a otras fuentes, es decir, informando acerca de su contenido cuando la norma proviene de quien tiene poder (potestas) pero no auctoritas.

Cabe mencionar, además, que durante este periodo los jurisprudentes podían actuar de tres formas distintas:

Agere: Cuando los jurisconsultos laicos indican cuáles son las acciones que pueden hacer valer ante el magistrado y cómo deben hacerlos(actuar). Cavere: Es la orientación que el jurisconsulto da a quienes quieren hacer un determinado negocio regulado por el Ius, cumpliendo los requisitos y solemnidades para así tener validez(prevenir). Respondere: Cuando se da respuesta o criterio de solución acerca del derecho que interesa saber a un particular y a los mismos magistrados y jueces expresando principios y reglas que conformen el Ius Civile(responder).

En el año 367 a.C. las Leges Liciniæ-Sextiæ culminaron el proceso de igualación entre patricios y plebeyos, permitiendo el acceso progresivo de estos últimos a las magistraturas y sacerdocios, aunque el primer Pontifex Maximus plebeyo tuvo que esperar más de un siglo.

Periodo Clásico 250x303px|miniaturadeimagen|Servio Tulio (Frans Huys, ) Se extiende desde finales de la República hasta finales del Principado,El Principado de Roma es el período de la Historia de Alto Imperio romano que va desde el ascenso de Octavio Augusto (27 a.C.) a la llegada de Diocleciano (284 d.C.) http://www.uaeh.edu.mx/docencia/P_Presentaciones/zimapan/derecho/derecho_romano_I/Derecho%20romano%20I_6.pdf Consultado, 30 de Diciembre 2013. del 130 a.C. al 230 d.C. Durante esta época se desplaza desde lo formal hacia lo no formal, además, cabe destacar que durante este periodo los juristas no son abogados, sino, cultores de la ciencia jurídica aprendida por tradición, en una relación maestro-discípulo.

En el periodo que comprende al principado es el príncipe junto a los pretores quienes se rodean de un concilio conformado por jurisprudentes, dentro de estos los más destacados contaban con el privilegio de dar dictámenes con la autoridad del príncipe, lo cual se conoce como ius publice respondendi, es decir, expresar de cierto modo el derecho en nombre del príncipe. Con el paso del tiempo la cantidad de juristas que contaban con este privilegio fue en aumento, lo cual provocó que hubiesen opiniones o criterios discordantes entre ellos, lo que obligó a que bajo el gobierno de AdrianoPublio Elio Adriano (Itálica o Roma, 24 de enero de 76 – Bayas, 10 de julio de 138) se dispusiera oficialmente que las respuestas de los jurisconsultos, siempre y cuando estas concordasen, tuviesen fuerza de ley y en caso contrario el fallo quedase a criterio del juez.

Se entiende como el derecho de juristas a las normas jurídicas creadas en función de la jurisprudencia, en su actividad de dar respuestas y a su producción literaria, junto con esto se entiende que quien tiene cultura de vida y tiene siempre puesta la mirada sobre lo que es bueno y justo es jurisprudente y posee además la ciencia del derecho (jurisprudencia).

Los juristas más destacados de este periodo son: Mucio Scévola: Fue uno de los primeros en ordenar el derecho en categorías, lo cual lo encontramos en su obra el ius civile, texto el cual se divide en 18 libros y es un manual clásico comentado hasta la mitad del Servio Tulio:Servio Tulio (reinado c. 578 a.C. – c. 534 a.C.)1 fue el sexto rey de Roma. Su influencia sobre los juristas posteriores fue significativa, nótese que él fue el primero en escribir un comentario al edicto del pretor, que aunque fue muy escueto vino a introducir el cultivo literario del derecho honorario.