La Corte de Barcelona (1299), —también denominada muy frecuentemente como Cortes de Barcelona (1299)—, fue una convocatoria de la Corte General de Cataluña celebrada en Barcelona durante el reinado de Jaime II. La reunión tuvo especial importancia en la regulación del funcionamiento de la Corte, ya que se concretó la periodicidad de las convocatorias y se establecieron normas para evitar que la ausencia de uno de los estamentos impidiera la adopción de acuerdos.Ripoll Sastre, Pere. «La Cort General de Catalunya baixmedieval i el constitucionalisme antic». Catalan Historical Review, núm. 17 (2024), p. 111–121, especialment p. 113. Institut d'Estudis Catalans. DOI: 10.2436/20.1000.01.215. [Consulta: 20 setembre 2026]. La bibliografía también se refiere a ellas como Cortes de Barcelona de 1299-1300 o, según el sistema de datación empleado, como Cortes de Barcelona de 1300.Ortí Gost, Pere. «La primera articulación del estado feudal en Cataluña a través de un impuesto: el bovaje (ss. XII-XIII)». Hispania, vol. 61, núm. 209 (2001), p. 967–997, especialment p. 994–995. DOI: 10.3989/hispania.2001.v61.i209.285.
Las ordenaciones conservadas de la Corte la califican de segunda corte general de Barcelona de Jaime II y sitúan la reunión en la «ecclesia fratrum minorum», la iglesia de los frailes menores de Barcelona. La tradición manuscrita conservada por la BITECA data estas ordenaciones en febrero de 1299.BITECA – PhiloBiblon. «Jaume II, Rei de Corona d'Aragó. Ordinacions de Barcelona». Universitat Pompeu Fabra. [Consulta: 20 setembre 2026]. El texto normativo de la Corte fue recogido posteriormente en la edición de las cortes catalanas publicada por la Real Academia de la Historia.Real Academia de la Historia. Cortes de los antiguos reinos de Aragón y de Valencia y Principado de Cataluña, vol. I, primera part. Madrid: Real Academia de la Historia, 1896, p. 167–180.
Acuerdos Una de las principales disposiciones fue la constitución cuarta, que desarrollaba el principio de celebración periódica de las cortes establecido en la Corte de Barcelona de 1283. Se determinó que la Corte General debía reunirse cada año el primer domingo de Cuaresma, alternando las ciudades de Barcelona y Lérida. El rey podía escoger otro sitio de Cataluña siempre que lo comunicara con un mínimo de dos meses de antelación. En caso de que una enfermedad o la ausencia del monarca impidiera la reunión, ésta debía celebrarse un mes después de su regreso o recuperación.Ripoll Sastre, Pere. «La Cort General de Catalunya baixmedieval i el constitucionalisme antic». Catalan Historical Review, núm. 17 (2024), p. 111–121, especialment p. 113. Institut d'Estudis Catalans. DOI: 10.2436/20.1000.01.215. [Consulta: 20 setembre 2026].
La Corte también reguló las consecuencias de la contumacia, es decir, la ausencia voluntaria de uno de los tres estamentos con la intención de impedir que la reunión pudiera tomar decisiones. Durante esta convocatoria, el estamento eclesiástico abandonó la Corte, mientras que los estamentos nobiliario y ciudadano pidieron al rey que esta ausencia no pudiera bloquear el procedimiento. La constitución 33ª estableció que los acuerdos adoptados mantendrían su validez y obligarían también al estamento ausente. En esta disposición aparece además la denominación General de Cataluña para referirse a la comunidad política representada en la Corte.Ripoll Sastre, Pere. «La Cort General de Catalunya baixmedieval i el constitucionalisme antic». Catalan Historical Review, núm. 17 (2024), p. 111–121, especialment p. 113. Institut d'Estudis Catalans. DOI: 10.2436/20.1000.01.215. [Consulta: 20 setembre 2026].
Otro de los asuntos destacados fue el bovaje, un impuesto que la monarquía podía exigir tradicionalmente al inicio de un reinado. En el marco de las Cortes de 1299-1300, Jaime II vendió a las ciudades y villas reales y a la nobleza el derecho de percibir el bovaje, el terraje y el herbaje en sus dominios por un precio de 200.000 libras. Para reunir esta cantidad se autorizó una colecta durante cinco años. A partir de este acuerdo, el derecho real de percibir el bovaje quedó esencialmente restringido a los dominios eclesiásticos que aún no habían obtenido la exención.Ortí Gost, Pere. «La primera articulación del estado feudal en Cataluña a través de un impuesto: el bovaje (ss. XII-XIII)». Hispania, vol. 61, núm. 209 (2001), p. 967–997, especialment p. 994–995. DOI: 10.3989/hispania.2001.v61.i209.285.Puigferrat i Oliva, Carles. «La venda de l'impost del bovatge de 1379-1384». Anuario de Estudios Medievales, vol. 30, núm. 1 (2000), p. 51–90. DOI: 10.3989/aem.2000.v30.i1.495.
La regulación anual aprobada en Barcelona tuvo una breve vigencia. La Corte de Lérida de 1301 modificó el sistema y amplió de uno a tres años el intervalo ordinario entre cortes, a la vez que reconoció al General la posibilidad de solicitar una convocatoria antes de este plazo.Ripoll Sastre, Pere. «La Cort General de Catalunya baixmedieval i el constitucionalisme antic». Catalan Historical Review, núm. 17 (2024), p. 111–121, especialment p. 113. Institut d'Estudis Catalans. DOI: 10.2436/20.1000.01.215. [Consulta: 20 setembre 2026].
Referencias
Notas
Barcelona (1299) 1299 Categoría:Historia de Barcelona