Las elecciones federales en Baja California de 2027 se llevarán a cabo el domingo 6 de junio de ese año, renovándose los titulares de los siguientes cargos de elección popular que representan a nivel federal al Estado de Baja California:

Diputaciones Federales por Baja California: 9 electas por mayoría relativa elegidos en cada uno de los Distritos electorales, mientras otros son elegidos mediante representación proporcional.

Antecedentes Las elecciones federales de 2024 en Baja California consolidaron la hegemonía absoluta de Morena y sus aliados, quienes obtuvieron las dos senadurías de mayoría relativa con el 50.37% de los votos y ganaron los 9 distritos electorales para la Cámara de Diputados. El Partido Acción Nacional (PAN) se mantuvo como la segunda fuerza política del estado al asegurar el escaño de primera minoría en el Senado con el 20.44% de la votación, aunque quedó a una distancia considerable del partido oficialista. Por su parte, Movimiento Ciudadano (9.04%) y el Partido Verde (6.54%) mostraron un crecimiento notable compitiendo de manera individual, lo que desplazó a partidos tradicionales como el PRI y el PT a la periferia de las preferencias.

De cara al proceso electoral de 2027, estos resultados configuran un escenario donde el principal reto de Morena será mantener la cohesión interna para defender un territorio completamente dominado. Para la oposición, el panorama plantea la disyuntiva entre buscar nuevas coaliciones o enfrentar una fragmentación del voto antiprogresista debido al avance de las fuerzas emergentes. Asimismo, con una participación ciudadana que apenas alcanzó el 47.85%, el elevado abstencionismo histórico de la región se perfila como el factor clave que podría inclinar la balanza en los próximos comicios locales si alguna fuerza logra movilizar al electorado apático. Legislación

Votantes La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 35 el derecho de todos los ciudadanos —mexicanos mayores de 18 años y con «un modo honesto de vivir»— a votar en las elecciones populares. En este sentido, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales determina que votar es «un derecho y una obligación que se ejerce para integrar órganos del Estado de elección popular», indica que el voto en México es «universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible» y señala que, para ejercerlo, los ciudadanos deben estar registrados en el Registro Federal de Electores y contar con una credencial para votar.

Sistema electoral El sistema electoral mexicano es mixto, ya que utiliza diversos «mecanismos para convertir los votos en puestos de representación» —mayoría relativa y representación proporcional—. La Constitución Política establece en su artículo 52 que la Cámara de Diputados estará integrada por 300 diputados electos por «votación mayoritaria relativa» —«mediante el sistema de distritos electorales uninominales»— y 200 por el principio de representación proporcional, votados en circunscripciones plurinominales.

El Instituto Nacional Electoral (INE) es el organismo encargado de las elecciones federales en México. Entre sus responsabilidades se encuentran la preparación de la jornada electoral, la impresión de documentos y la producción de materiales electorales, los escrutinios y cómputos, y la declaración de validez.

Organización

Partidos políticos En las elecciones tienen derecho a participar los seis partidos políticos nacionales con registro y los nuevos partidos que cumplan los requisitos avalados ante el Instituto Nacional Electoral: Partido Acción Nacional (PAN), Partido Revolucionario Institucional (PRI), Partido del Trabajo (PT), Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Movimiento Ciudadano (MC), Morena, Partido Paz y Somos. Estos pueden participar en solitario o en coalición (a excepción de los partidos de nueva creación que solo podrán competir en solitario). En este sentido, la Ley General de Partidos Políticos establece, en su artículo 87, que los «partidos políticos nacionales podrán formar coaliciones para las elecciones de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos [...]», mediante «solicitud de registro del convenio de coalición» ante el órgano electoral.

Candidaturas independientes El artículo tercero de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece el «derecho de los ciudadanos a ser votados para todos los puestos de elección popular, teniendo las calidades que establece la ley de la materia y solicitar su registro de manera independiente, cuando cumplan los requisitos, condiciones y términos que determine esta Ley».

Distritos centro|441x441pxDistritoCabeceraBaja California 1MexicaliBaja California 2MexicaliBaja California 3EnsenadaBaja California 4TijuanaBaja California 5TijuanaBaja California 6TijuanaBaja California 7MexicaliBaja California 8TijuanaBaja California 9Tecate

Resultados 125x125px Legisladores salientes y electos de la Cámara de Diputados representantes del Estado de Baja CaliforniaDistritoRepresentante salienteRepresentante electoBaja California 1centro|sinmarco|20x20pxAlma Laura Ruíz LópezBaja California 2centro|sinmarco|20x20pxNancy Guadalupe Sánchez Arredondo Baja California 3centro|sinmarco|20x20pxClaudia Lisbeth Moreno Ramírez Baja California 4centro|sinmarco|20x20pxRocío López GorosaveBaja California 5centro|sinmarco|20x20pxEvangelina Moreno GuerraBaja California 6centro|sinmarco|20x20pxGilberto Herrera SolórzanoBaja California 7centro|sinmarco|20x20pxJosé Armando Fernández SamaniegoBaja California 8centro|sinmarco|20x20pxFausto Gallardo GarcíaBaja California 9centro|sinmarco|20x20pxAracely Brown Figueredo

Referencias

Federales 2027 Baja California