Wesley Newcomb Hohfeld (9 de agosto de 1879 21 de octubre de 1918)The Yale Law Journal. Vol. 28, n.º 2, diciembre de 1918, p. 167: "Wesley Newcomb Hohfeld". fue un jurista estadounidense. Fue autor de la obra fundamental Fundamental Legal Conceptions as Applied in Judicial Reasoning and Other Legal Essays (1913).
Durante su breve vida, publicó solo un pequeño número de artículos en revistas jurídicas. Tras su muerte, el material que conforma Fundamental Legal Conceptions se derivó de dos artículos publicados originalmente en el Yale Law Journal, en 1913 y 1917, que habían sido parcialmente revisados con miras a su publicación en una forma más extensa. Se llevó a cabo un trabajo editorial para completar dichas revisiones, y el libro fue publicado incluyendo las notas manuscritas que Hohfeld había dejado, además de otros siete ensayos.
La obra sigue siendo una contribución fundamental para la comprensión moderna de la naturaleza de los derechos y de las implicaciones de la libertad. En reconocimiento a la importancia perdurable de Hohfeld, una cátedra en la Universidad Yale lleva su nombre. Dicha cátedra está ocupada por Gideon Yaffe desde 2019 y anteriormente fue ocupada por Jules Coleman, quien se retiró en 2012.
Carrera Wesley Newcomb Hohfeld nació en Oakland, California, en 1879. Se graduó como primero de su generación en la Universidad de California en Berkeley, en 1901, y fue elegido miembro de Phi Beta Kappa. (p. 76.) Posteriormente ingresó a la Facultad de Derecho de Harvard, donde se desempeñó como editor de la Harvard Law Review, y se graduó en 1904. (p. 79.)
Tras regresar a California después de su graduación, Hohfeld ejerció la abogacía durante un año en el despacho jurídico de San Francisco Morrison, Cope & Brobeck, antecesor lejano de dos grandes firmas legales: Morrison & Foerster (que continúa en operaciones en la actualidad) y Brobeck, Phleger & Harrison (que colapsó en 2003). (p. 80.) Tras la muerte de Alexander Morrison en 1921, el hermano de Hohfeld, Edward, obtuvo el permiso de la viuda de Morrison, May Treat Morrison, para utilizar el nombre Morrison en su nuevo despacho jurídico: Morrison, Hohfeld, Foerster, Shuman and Clark.
Hohfeld impartió brevemente clases como instructor en la facultad de derecho entonces conocida como la Hastings College of the Law. Posteriormente se incorporó al profesorado de la Facultad de Derecho de Stanford, donde se convirtió en profesor de tiempo completo y enseñó de 1905 a 1914. (p. 81.) También continuó trabajando como consultor para el despacho Morrison en diversos asuntos, como la división de la herencia de Claus Spreckels.
En 1913, el Yale Law Journal publicó el artículo emblemático de Hohfeld, «Some Fundamental Legal Conceptions as Applied in Judicial Reasoning». Según Arthur Corbin, la Facultad de Derecho de Yale ofreció a Hohfeld una cátedra con base en dicho artículo. (p. 87.) Hohfeld aplicó ingeniosamente sus propias ideas sobre «derechos» y «privilegios» al acuerdo que alcanzó con Yale y Stanford: después de un año académico, tendría el «derecho» a un nombramiento permanente en el profesorado de Yale y el «privilegio» de regresar a Stanford, mientras que Stanford aceptó concederle el «privilegio» de una licencia por un año o más, con el «derecho» a regresar a Stanford tras un año académico.
Cuando Hohfeld comenzó a enseñar en Yale en 1914, muchos de sus estudiantes firmaron una petición dirigida al presidente de Yale para que lo enviara de regreso a Stanford. (p. 510.) Temían que los reprobara por su incapacidad para dominar sus extrañas ideas. Cuando el presidente le dijo a Hohfeld que fuera más indulgente con sus estudiantes, Corbin tuvo que actuar como mediador, calmar a un Hohfeld frustrado y explicarle al presidente el acuerdo que Hohfeld había negociado entre ambas facultades de derecho. Hohfeld ejerció entonces su derecho a permanecer en Yale, aparentemente porque creía que los estudiantes de Yale terminarían por comprenderlo, al igual que sus antiguos estudiantes de Stanford, quienes ya habían comenzado a expresar su gratitud por la utilidad de sus ideas. Continuó enseñando en Yale hasta su muerte en 1918.Dictionary of American Biography 5:124 (Charles Scribner's Sons, Nueva York, 1933); Guide to American Law 6:58 (St. Paul, West Publishing, 1984); véase también el obituario de Hohfeld, «Wesley Newcomb Hohfeld», 28 Yale Law Journal 166 (1918), y Walter W. Cook, «Hohfeld's Contributions to the Science of Law», 28 Yale Law Journal 721 (1918). Falleció el 21 de octubre de 1918 en Alameda, California, a causa de una endocarditis provocada por una infección grave durante la pandemia de gripe de 1918. (p. 90.) El Yale Law Journal publicó un número conmemorativo en su memoria.
En 1958, Edward Hohfeld, en su calidad de fiduciario de la May Treat Morrison Foundation, dotó una cátedra en Yale en memoria de su difunto hermano. (p. 91.)
Hohfeld como profesor de jurisprudencia La jurisprudencia es la rama de la filosofía que se ocupa de los principios del derecho y de los sistemas jurídicos mediante los cuales el derecho se aplica. La contribución de Hohfeld consistió en simplificar: creó un análisis muy preciso que distinguía entre conceptos jurídicos fundamentales y luego identificaba el marco de relaciones entre ellos. Su obra ofrece un método sofisticado para descomponer principios jurídicos amplios en sus elementos constitutivos. Al mostrar cómo las relaciones jurídicas están conectadas entre sí, el análisis resultante esclarece las implicaciones de política pública e identifica los problemas que surgen en la toma de decisiones prácticas.Luca Fiorito y Massimiliano Vatiero (2011), «Beyond Legal Relations: Wesley Newcomb Hohfeld's Influence on American Institutionalism». Journal of Economics Issues, 45 (1): 199–222.
A Hohfeld también se le atribuye ser el precursor del concepto de haz de derechos (bundle of rights), aunque el propio Hohfeld nunca utilizó ese término. El primer Reporter of Property del American Law Institute, Harry Bigelow, «asimiló plenamente y adoptó» la concepción hohfeldiana de los derechos de propiedad, y la difundió a un público más amplio a través del primer Restatement of Property.
Análisis hohfeldiano Hohfeld observó que incluso juristas respetados confunden diversos significados del término derecho, llegando en ocasiones a cambiar de sentido varias veces dentro de una misma oración. Escribió que tal imprecisión del lenguaje indicaba una imprecisión concomitante del pensamiento y, por ende, de las conclusiones jurídicas resultantes. Con el fin de facilitar el razonamiento y clarificar las decisiones judiciales, intentó eliminar la ambigüedad del término derechos descomponiéndolo en ocho conceptos distintos. Para eliminar la ambigüedad, definió estos términos en relación unos con otros, agrupándolos en cuatro pares de opuestos jurídicos y cuatro pares de correlativos jurídicos.
+Opuestos jurídicos(1)(2)(3)(4)DerechoPrivilegioPoderInmunidadNo-derechoDeberIncapacidadResponsabilidad
+Correlativos jurídicos(1)(2)(3)(4)DerechoPrivilegioPoderInmunidadDeberNo-derechoResponsabilidadIncapacidad
Este uso de los términos derecho y privilegio corresponde respectivamente a los conceptos de derechos de pretensión y derechos de libertad.
Hohfeld sostuvo que el derecho y el deber son conceptos correlativos, es decir, que uno siempre debe corresponderse con una afirmación sobre el otro. Si A tiene un derecho frente a B, ello equivale a que B tiene el deber de respetar el derecho de A. Si B no tiene ningún deber, eso significa que A tiene un privilegio, es decir, que B puede hacer lo que desee porque no tiene el deber de abstenerse de hacerlo. Cada individuo se sitúa dentro de una matriz de relaciones con otros individuos. Al sumar los derechos poseídos y los deberes asumidos a lo largo de todas estas relaciones, el analista puede identificar tanto el grado de libertad —A tendría libertad perfecta si A no tuviera ningún deber de abstenerse de actuar y los demás tuvieran el deber de no interferir nunca en las acciones de A— como si el concepto de libertad está constituido por prácticas comúnmente seguidas, estableciendo así principios morales generales y los derechos civiles.
Ejemplos de análisis hohfeldiano Hohfeld define los correlativos en términos de las relaciones entre dos individuos. En la teoría de los derechos «in rem», existe una relación directa entre una persona y una cosa. Los derechos reales son, en este sentido, distintos de los derechos de pretensión o «derechos in personam», que por su naturaleza deben ejercerse frente a una persona, siendo el ejemplo más claro el caso en que alguien adeuda dinero a otra persona. Hohfeld demuestra que esta forma de entender los derechos en general es errónea. En particular, muestra que no existe tal cosa como una relación jurídica entre una persona y una cosa, ya que una relación jurídica siempre opera entre dos personas. Dado que las relaciones jurídicas entre dos personas cualesquiera son complejas, resulta útil descomponerlas en sus formas más simples. Los derechos jurídicos no se corresponden con relaciones hohfeldianas individuales, sino que son compuestos de ellas. Un derecho puede definirse como un agregado de relaciones hohfeldianas con otras personas.
Hohfeld sustituye el concepto de «derecho in personam» por el de «derecho paucital» y el de «derecho in rem» por el de un compuesto o agregado de «derechos multitales». Los derechos que una persona ostenta frente a una o a unas pocas personas determinadas son paucitales (o «in personam»), mientras que los derechos que una persona ostenta frente a una clase amplia e indeterminada de personas son multitales (o «in rem»). Un derecho contractual es paucital (o «in personam») porque solo puede hacerse valer frente a las partes específicas del contrato. Un derecho de propiedad es multital (o «in rem») porque el propietario de un terreno tiene derecho a excluir no solo a personas específicas de su terreno, sino al «mundo entero». El propietario del terreno tiene múltiples derechos, privilegios, poderes e inmunidades; sus derechos multitales están compuestos por numerosos derechos paucitales. Por ejemplo, el propietario tiene el derecho de que otros no pisen su terreno, pero no existe un único derecho de este tipo frente a una masa de personas (la comunidad), sino muchos derechos paucitales separados, aunque generalmente idénticos en contenido (tantos como personas haya en la comunidad). Esto es lo que Hohfeld denomina derechos «multitales».