El Breviario Sunní o Kitab Segoviano es una obra jurídica-religiosa escrita por el alfaquí malikí Īśa ibn Jābir (o Iça de Gebir) en 1462. Es un pequeño compendio de las normas éticas y del derecho islámico, dentro de la corriente de la escuela malikí. Todos los ejemplares conservados están escritos en caracteres latinos, salvo uno que está escrito con caracteres árabes.

El objetivo de esta obra era recopilar una serie de normas para que se conocieran y rigieran las comunidades musulmanas bajo dominio cristiano.

Contenido En los capítulos I-III el autor nos detalla que debe creer un buen musulmán, teniendo una gran importancia la adoración de Allah. También dice los mandamientos que debe cumplir todo musulmán: no matarás, no jurar en vano el nombre de Allah, nmo disfrutar de haram.

En el capítulo VI trata el agua que debe usarse para purificarse. No debe usarse agua que en ella haya caído sangre, que haya tocado infiel ni animal, ni que haya sido usada para cuestiones alimenticias.

El capítulo XIII habla de las vestiduras que debe usar un buen musulmán. Esta debe cubrir las partes íntimas. No deben usar ropa de cristianops. También trata de los lugares donde no se debe rezar. Los sitios que se deben evitar a la hora de rezar son aquellos donde vivan animales, los estercoleros e iglesias.

En los capítulos XVII-XXI nos explica de forma detallada el rezo en circunstancias concretas. En el capítulo XVII es al producirse un eclipse solar; en el XVIII es el rezo por el agua, en periodo de necesidad; en el capítulo XIX es el rezo de las Pascuas, donde se destaca que el musulmán en estas fechas haga uso de buenas vestimentas y perfumes y ayudar a los necesitados; en el capítulo XX es el rezo del alchomua; el capítulo XXI es el rezo por personas que no posea un buen estado de salud, aquí explica como estas personas deben rezar atendiendo a sus limitaciones por cuestiones de salud.

El capítulo XXII trata el tratamiento del muerto y su entierro. Este debe ser bañado y no se le deben  quitar cosas del cuerpo (cabellos, uñas,...). El muerto no debe ser vestido en seda ni en sirgo. Tampoco debe portar oro ni plata.

En el capítulo XXIV detalla la realización del ayuno de Ramadán. Deben realizarlo tanto hombres como mujeres mayores de 14 años. No se debe incumplir el ayuno por olvido y se debe guardar cierta castidad. Aquel que sabiendo que debe guardar ayuno lo incumpliera de forma voluntaria “es digno y merecedor de la muerte, como aquel que niega y desconoce y desobedece los mandamientos de Allah y de su santa Ley”.

El capítulo XXV trata del pago del azaque (tributo que debe hacer todo musulmán) en moneda. No deberá pagar el azaque los que gobiernan, “ni de los sujetos que están a gobierno de otros”, ni los siervos, los que están en servidumbre, “ni de las mortajas de los difuntos, ni de los edificios y costas de almachides”. Se debe tomar una quinta parte de los tesoros que no tienen un dueño reconocido; de plata, oro, aljofar, piedra preciosas, hierro, metal o cobre de razzias y saqueos el rey tiene derecho al quinto.

En el capítulo XXVI se trata del pago del azaque agrario. Se paga en trigo, cebada, centeno, dátiles, uvas, pasas, panizo, mijo. garrofas, algodón, alegría y simientes de rábanos. Aquel que diga no tener que pagar el azaque “es merecedor de la muerte corporal y espiritual”.

El capítulo XXVII es el pago del azaque de la ganadería. Si tiene menos de 5 camellos no paga azaque, si tiene 5 o más deberá pagar un lechal. No debe pagarse azaque por las frutas, almendras, alambre ni por la miel.

En el capítulo XXVIII se trata el uso que debe darse al azaque. El azaque debe estar guardado por musulmanes creyentes. Debe usarse para el mantenimiento del rey y de sus necesidades, el de sus alcaides o justicias, para el de los alfaquíes, el mantenimiento de mezquitas, fuentes o pozos y para el de escuelas y sus maestros. También debe distribuirse a los pobres creyentes

El capítulo XXXI se enmarca dentro del grupo relativo a los tiempos en los que se realizaban sacrificios rituales de animales, concretamente para el tiempo de la Pascua de Corderos, una de las fechas señaladas.

Los capítulos XXXII y XXXIII se dedican a los alimentos de origen animal para saber qué se puede consumir y de qué animales, así como indicar la importancia que tiene realizar el rito concreto para el sacrificio incluso cuando es carne de caza.

El capítulo XXXIV tratará nuevamente los sacrificios, pero en este caso para el nacimiento de un hijo o una hija, aunque realmente lo enmarcamos en un grupo relativo a los hijos en general, no solo sacrificios, pues está comprendido con más peso el rito religioso que se tiene que seguir.

El capítulo XXXV es para conocer quién puede ir a la guerra y bajo qué condiciones, así como indicar a quién tiene que pedirle permiso para poder luchar o a quienes no se puede atacar en un ataque, saqueo o encuentro fronterizo.

Seguidamente el capítulo XXXVI es para los juramentos.

El grupo dedicado al matrimonio y sus repercusiones estará compuesto por el capítulo XXXVII, XXXVIII y XXXIX, pues tratan el rito del matrimonio, cómo proceder con la ruptura del mismo y qué hacer en caso de estar ante huérfanos menores de edad (en este caso menores a la edad de casarse si tratamos a una niña o menores a la edad de poder trabajar para un niño).

Vamos a sumar los capítulos XLIII y XLIX. En este punto concreto, tras los matrimonios, porque son los que van a tratar las herencias. Sabremos quién puede heredar, mayormente aquellos que vengan de la rama paterna de la familia.

El comercio es tratado en el capítulo XL, regulando también préstamos y donaciones. Temática que agrupará también al posterior capítulo LVI.

Los arrendamientos se establecen en el capítulo XLI. Sumando otros oficios regulados en el capítulo XLII.

Los capítulos XLV y XLVI se dedican a cómo tiene que ser una persona para ser cadí, así como la formación que tienen que obtener, y cómo debe de ser un buen testigo, determinando también quién no puede, mayormente gente que tenga fama de no ser honrada.

Los crímenes de peso como el asesinato o asaltar caminos, así como penas y pagos por homicidios, son tratados en los capítulos XLVIII, XLIX y L.

Herejías y cómo tienen que ser tratadas y redimidas, si fuera posible, son materia para el capítulo LI y LII. A lo que vamos a sumar otros delitos morales, como el adulterio, con el capítulo LIII, los engaños, del capítulo LIV o el consumo de vino y su reglamentación, del capítulo LV. También relativo a la moral son las encomiendas que menciona el autor como visitar a los enfermos, traído del capítulo LVII.

La penúltima de las divisiones que vamos a sacar agrupa a aquellos capítulos que no son realmente para generar una legislación pues se trata del Fin del Mundo y cómo proceder para la salvación de las almas. El capítulo LVIII trata las señales para ese Apocalipsis, remitiéndose a las Escrituras y el capítulo LIX indica cómo salvarse.

Finalmente está el capítulo LX, separado de los anteriores porque es una división de la sociedad en doce grados distintos, siendo primero el adelantado divino, justo después están los expertos en la Ley Islámica como era el autor de esta obra.

Bibliografía Amer Kadhim Al-Ojaimi, M. (2017) Iça de Gebir y El Mancebo De Arévalo: Dos Modos de Anunciar El Final De los Tiempos. Candil. Revista del Hispanismo - Egipto. Nº18, 2, 575-603.

Mateos Paramio, A. (comisario) (2010). Memoria de los Moriscos. Escritos y relatos de una diáspora cultural [catálogo de exposición]. Biblioteca Nacional de España.

Memorial Histórico Español

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