La Ley N° 30068, o Ley que incorpora el Artículo 108-A al Código Penal y Modifica los Artículos 107, 46B y 46C del Código Penal y el Artículo 46 del Código Penal de Ejecución Penal, con la finalidad de prevenir, sancionar y erradicar el feminicidio, fue promulgada en 2013 y tipifica como delito el hecho de asesinar a una mujer, adolescente o niña por el hecho de ser mujer, es decir, dentro de un contexto de violencia de género.

Contenido La Ley N° 30068 incorporó modificaciones en el Código Penal para contextualizar la violencia de género en un entorno de acoso sexual, abuso de poder y discriminación.

De esta manera, la norma incorpora un nuevo artículo al Código Penal (artículo 108-A) que tipifica el feminicidio, y modifica artículos del Código Penal (107, 46-B, 46-C) y del Código de Ejecución Penal (artículo 46) para establecer las sanciones correspondientes. El delito de feminicidio es sancionado con una pena mínima de 20 años de prisión y la pena puede incrementar a una condena no menor de 30 años si la víctima es una persona menor de edad o un adulto mayor.

También se consideran agravantes que la persona se encuentre en estado de gestación, tenga alguna discapacidad o haya sido víctima a trata de personas. Se incluyen situaciones de asesinatos realizados con violencia extrema con la intención de dañar o acabar con la vida de la víctima. Para esos casos, la sanción puede ser la cadena perpetua.

Contexto

Referencias

Enlaces externos

Categoría:Leyes de género de Perú Categoría:Leyes de 2013 Categoría:Feminismo en Perú