El Decreto Legislativo N° 1428 de Perú es una norma jurídica que regula las medidas de atención para atender casos de desaparición de personas en situación de vulnerabilidad. Prioriza la utilización de mecanismos tecnológicos para garantizar la atención inmediata de denuncias, difusión, investigación, búsqueda y ubicación a través de la coordinación entre entidades públicas, privadas y la sociedad civil.

Historia

Precedente legal Los antecedentes se remontan al 2011 donde entra en vigencia la Ley N° 29 685 o Ley que establece medidas especiales en casos de desaparición de niños, niñas, adolescentes, personas adultas mayores y personas con discapacidad mental, física o sensorial; la cual se regía bajo el principio de celeridad del procedimiento, enfocado en atender con urgencia, prioridad e inmediatez los casos por desaparición. Asimismo, en esta ley las personas consideradas en situación de vulnerabilidad eran niñas, niños, adolescentes, personas adultas mayores y personas con discapacidad física, mental o sensorial. Sin embargo, el DL N° 1428 añade a personas se encuentren en situación de desplazamiento forzado, migración, mujeres víctimas de violencia, integrantes de pueblos indígenas, en desprotección o que sufran algún tipo de discriminación.

Vigencia de la norma El Decreto Legislativo 1428 entró en vigencia el 16 de noviembre del 2018, en el marco del mandato presidencial de Martín Vizcarra Cornejo.

Derogación del Protocolo de Atención El Decreto Supremo 010-2024-IN, que entró en vigencia el 3 de octubre de 2024, modificó diferentes apartados del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1428. Además de disponer la derogación del Protocolo interinstitucional de atención de casos de desaparición de personas en situación de vulnerabilidad y otros casos.

Posteriormente, la norma fue modificada por el Decreto Legislativo N.º 1603 (2023), que en su artículo 5 amplió el reconocimiento de las personas en situación de vulnerabilidad. Actualmente, se considera dentro de esta categoría a las personas que enfrentan discriminación o situaciones de desprotección, incluyendo a niñas, niños y adolescentes; personas adultas mayores; personas con discapacidad; personas desplazadas y migrantes; mujeres víctimas de violencia; integrantes de pueblos indígenas; personas LGBTIQ+; personas en situación de pobreza, entre otros grupos que se encuentren en condiciones similares.

Ley Brunito La Ley N°29 685 fue denominada como la 'Ley Brunito', tras el fallecimiento del niño trujillano Brunito Rodríguez Rojas, quien desapareció el 27 de julio de 2010 en el centro de la ciudad de Lima, después de recibir terapias por su autismo. La problemática en cuestión, fue la aceptación de la denuncia de su extravío al momento de ser reportada, por que debía de transcurrir más horas para ser reportado como desaparecido. Lamentablemente, en el transcurso del día el niño fue atropellado y murió. A causa de ello, los familiares de Brunito impulsaron una campaña para que el Congreso aprobara una norma legislativa que incentivara a la Policía Nacional del Perú a realizar las diligencias necesarias de forma inmediata en casos de desaparición de personas en condiciones de vulnerabilidad.

Referencias

Categoría:Gobierno de Perú