miniatura|180px|Cartel de la función extraordinaria del Teatro Novedades de Madrid dedicada a la Sociedad Abolicionista Española con el anuncio del estreno de Romper cadenas, drama en tres actos de Luis Blanc presentado el 14 de enero de 1873. Biblioteca Nacional de España.

La abolición de la esclavitud en España se inició en 1820 con la abolición de la trata de esclavos por presión de Gran Bretaña, aunque la trata clandestina e ilegal continuó con el apoyo de gobiernos y corona. La abolición definitiva de la esclavitud en el imperio colonial español llegó sesenta años después. Aunque la Primera República española aprobó la extinción de la esclavitud en Puerto Rico, no fue hasta 1886 cuando el gobierno liberal de Práxedes Mateo Sagasta puso fin al «patronato» de los esclavos liberados de la isla de Cuba, en aplicación de una ley aprobada en 1880 bajo el gobierno conservador de Antonio Cánovas del Castillo. De esta forma, como ha subrayado Eduardo Galván Rodríguez, «España es la última potencia occidental que abole la esclavitud».

Antecedentes miniatura|left|Esclavo morisco a la moda de 1568. Grabado coloreado a la acuarela del Recueil des habillements de différentes nations, ancienes et modernes..., Londres, Thomas Jefferys, 1757.

Durante los siglos, y muy pocos autores se manifestaron contra la esclavitud, mientras que abundaron las obras que la justificaban y la legitimaban, sobre todo la que recaía sobre bárbaros, infieles y negros. «La esclavitud es considerada un uso social admitido y sancionado por las leyes y la doctrina cristiana, de las Sagradas Escrituras a San Pablo y Santo Tomás», ha señalado José Antonio Piqueras. «En América era común entre hombres y mujeres de riqueza y entre gente sencilla si podía costeárselos. En la Península los tenían la nobleza y los clérigos», añade Piqueras.

En la primera mitad del el fraile dominico Fray Bartolomé de Las Casas denunció la esclavización de los indios y envió numerosos escritos al rey Carlos de Habsburgo para que le pusiera fin, lo que se logró en 1542 con la aprobación de las Leyes Nuevas. Como alternativa Las Casas defendió que se llevaran esclavos negros a América para realizar los trabajos más duros que antes realizaban los indios. Sin embargo, en el último tercio de su vida se arrepintió de ello y también condenó la esclavitud de los negros por «ser tan injusto el cautiverio de los negros como el de los indios». Al parecer el detonante de su cambio de actitud fue una visita que hizo en 1547 a Lisboa ―entonces el principal puerto negrero europeo― durante la cual dominicos portugueses le informaron sobre el brutal apresamiento de esclavos negros en las costas africanas —y le proporcionaron libros sobre las conquistas portuguesas en África y Asia—. También le influyó el caso del liberto negro Pedro Carmona de Puerto Rico que había sido vuelto a vender como esclavo junto a su esposa y al que ayudó a presentar un recurso ante el Consejo de Indias por esas mismas fechas —y pagó la fianza para que pudiera salir de la prisión al haber sido declarado «esclavo fugitivo»—. thumb|Fray Bartolomé de Las Casas, que en el último tercio de su vida también condenó la esclavitud de los negros por «ser tan injusto el cautiverio de los negros como el de los indios».

Pero, a diferencia de su denuncia de la esclavitud indígena, Las Casas no consiguió «que su defensa de los esclavos negros trascendiera mucho más allá», como ha señalado Magdalena Díaz Hernández, debido fundamentalmente a que su Historia de las Indias (obra que concluyó entre 1555 y 1561) en la que dedicó seis capítulos al tema no se publicaría hasta 1875 por la prohibición expresa del rey FelipeII, hijo y sucesor del rey Carlos, de imprimir cualquier libro relativo a las Indias bajo penas severísimas, incluida la de muerte. En esos seis capítulos Las Casas rebate que los negros capturados en África lo hubieran sido como resultado de una guerra justa (lo que «justificaría» su esclavización), sino que lo que allí se libraron fueron «guerras crueles, matanzas, cautiverios, totales destrucciones y aniquilamientos de muchos pueblos de gentes seguras y pacíficas... que nunca les impugnaron, ni les hicieron injuria, ni guerra, ni perjudicaron en la fe, ni jamás pensaron impedirla».

Como la Historia de las Indias de Las Casas no se publicó hasta 1875, se suele considerar el Arte de los contratos de Bartolomé Frías de Albornoz, publicado en 1573, la primera obra en que se impugna la trata atlántica al considerar contrarias al derecho natural la captura y la compra de africanos, cuyo comercio Frías califica de «carnicero». Sin embargo, el libro será prohibido por la Inquisición. Dos años después Tomás de Mercado publicaba la Summa de tratos y contratos en la que cuestionaba las causas de la esclavitud y criticaba las dramáticas condiciones en que se llevaba a cabo el transporte a América de esclavos negros africanos (lo que conocía de primera mano porque había vivido varios años en Nueva España). En 1627 el jesuita Alonso de Sandoval también denunció el comercio de esclavos en su De instauranda Æthiopum salute.

Pero los primeros en rechazar claramente la esclavitud ―y el comercio, asociado a ella― fueron dos frailes capuchinos, Francisco José de Jaca y Epifanio de Moirans, que coincidieron en La Habana de donde fueron expulsados en 1682 por predicar la libertad de los esclavos negros. Francisco José de Jaca escribió Resolución sobre la libertad, obra en la que deslegitimaba la esclavitud porque el hombre era libre por naturaleza. Moirans, por su parte, escribió Servi liberi en la que asimismo defendió la libertad de los esclavos ―«Todos los hombres son libres», afirmó―. Ambos fueron deportados y llevados ante el Consejo de Indias que les prohibió volver a América. Acabarían sus días en Roma.

José Antonio Piqueras ha llamado la atención sobre «la práctica inexistencia de un pensamiento antiesclavista en España entre los siglos y », lo que contrasta con lo que sucede en otros países europeos en los empiezan a proliferar, sobre todo a partir de la segunda mitad del , las obras que impugnan la esclavitud y la trata atlántica. Piqueras lo atribuye a que en España se fueron «creando las condiciones perfectas de la intolerancia a la diferencia» y se formó «una jerarquía social que encontraba natural la esclavitud de los excluidos de procedencia “infame”».

La Cortes de Cádiz (1810-1814): el primer intento (fallido) de abolición miniaturadeimagen|Estatua dedicada a Isidoro de Antillón y Marzo, pionero en la defensa de la abolición de la esclavitud, en su pueblo natal Santa Eulalia del Campo (provincia de Teruel). Algunos diputados liberales de las Cortes de Cádiz se pronunciaron en contra de la trata de esclavos africanos, poco después de que en 1807 el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda hubiera suprimido el comercio negrero en el Imperio británico. El antecedente español más inmediato con que podían contar los diputados era la Disertación en contra de la «ignominiosa esclavitud» y del comercio negrero, el «infame sistema», que el ilustrado Isidoro de Antillón y Marzo había presentado en la Academia Matritense de Derecho en 1802, es decir, cinco años antes de la prohibición de la trata en Gran Bretaña, lo que lo convirtió en un pionero del abolicionismo europeo y mundial ―el título completo de la Disertación era Disertación sobre el origen de la esclavitud de los negros, motivos que la han perpetuado, ventajas que se le atribuyen y medios que podrían adoptarse para hacer prosperar sin ella nuestras colonias―. Sin embargo, la Disertación no se publicó hasta julio de 1811, poco después del debate que tuvo lugar en las Cortes de Cádiz en abril sobre la abolición de la esclavitud. En la Disertación sostuvo que el comercio y la esclavitud de los negros, «infame, borrón y mancha de la cultura europea», «indigna al filósofo y avergüenza a los gobiernos ilustrados». thumb|left|Retrato de Agustín Argüelles, diputado de las Cortes de Cádiz que presentó una propuesta para la abolición del «infame» comercio de esclavos. El 2 de abril de 1811 las Cortes de Cádiz debatieron dos propuestas: la de abolición gradual de la esclavitud, por ser «contraria al derecho natural», presentada por el diputado de Nueva España José Miguel Guridi y Alcocer, y la del diputado Agustín de Argüelles, jefe de filas de los liberales, sobre la prohibición del «infame» tráfico de esclavos, siguiendo el ejemplo de Gran Bretaña, entonces aliada de los «patriotas» en la Guerra de la Independencia española ―esta última no incluía la abolición de la esclavitud porque Argüelles consideraba que no era el momento de debatir su abolición debido a que el «asunto… merece la mayor circunspección, atendido al doloroso ejemplar acaecido en Santo Domingo», en referencia a la revolución haitiana iniciada en 1791―. Por su parte la proposición de Guridi y Alcocer, que también incluía poner fin a la trata, «preveía declarar la libertad de los [esclavos] que en adelante nacieran de mujer esclava (lo que se conoce como vientres libres), la supresión de los castigos físicos y el pago de una pequeña retribución a los esclavos que permanecieran en cautividad, así como el reconocimientos de todos ellos del derecho de coartación [poderse comprar a sí mismos] por el mismo precio en que hubieran sido adquiridos. Ese plan abolicionista, de extinción gradual, llevaría entre 60 y 70 años verlo reconocido». thumb|left|Retrato de Francisco de Arango y Parreño que fue el autor de la representación presentada por el cabildo de La Habana a favor de la pervivencia de la esclavitud y de la trata. El debate causó una gran alarma en Cuba y el capitán general de la isla y el cabildo de La Habana hicieron llegar a las Cortes sendas representaciones mostrando su radical oposición a las dos propuestas ―la del consistorio de La Habana fue redactada por el diputado Francisco de Arango y Parreño, nacido en la capital cubana―. En relación con la supresión de la trata, Arango argumentó que conduciría a Cuba a la pobreza, ya que ninguna de las haciendas disponía de los negros suficientes y eran «poquísimas las que tienen hembras». La presión cubana surtió efecto ―contaron con el apoyo de los diputados absolutistas y de algunos liberales― y ninguno de los dos «asuntos» se volvió a discutir en las Cortes ―solo aparecieron tangencialmente― y la comisión que debía formarse para tratarlos nunca se constituyó.

De hecho la Constitución de 1812 consagró la existencia de la esclavitud. En el artículo 3.1. se establecía que «son españoles todos los hombres libres nacidos y avecindados en los dominios de las España», por lo que se reconocía implícitamente la existencia de hombres y mujeres no libres. En el artículo 18 se establecía que «son ciudadanos aquellos españoles que por ambas líneas traen su origen de los dominios españoles de ambos hemisferios», fórmula por la que se excluía a los originarios de África ―en realidad se les excluía «por la sencilla razón de ser descendientes de esclavos cuando la esclavitud seguía vigente», ha puntualizado José Antonio Piqueras―. El artículo 22 abría «la puerta de la virtud y del merecimiento para ser ciudadanos» «a los españoles que por cualquier línea son habidos y reputados por originarios de África». El artículo continuaba diciendo: «en su consecuencia, las Cortes concederán carta de ciudadanos a los que hicieren servicios cualificados a la patria o a los que se distingan por su talento, aplicación y conducta, con la condición de que sean hijos de legítimo matrimonio de padres ingenuos; de que estén casados con mujer ingenua y avecindados en los dominios de las Españas, y de que ejerzan alguna profesión, oficio o industria útil con un capital propio». Este artículo ha sido calificado por José Antonio Piqueras como «gesto miserable de conmiseración».