La pena de muerte en la ley judía tradicional se ha definido en los códigos de la ley judía que se remontan a la época medieval, basados en un sistema de leyes orales contenidas en el Talmud de Babilonia y el de Jerusalén, siendo la fuente principal la Biblia hebrea. En la actualidad, los tribunales rabínicos han renunciado a la capacidad de infligir cualquier tipo de castigo físico; las principales autoridades rabínicas del judaísmo ortodoxo, conservador y reformista se oponen a la institución moderna de la pena de muerte.
Historia 150px|thumb|Miniatura medieval de Eleazar ben Azariah. La pena de muerte y el castigo físico en el judaísmo tienen una historia compleja que ha sido objeto de un amplio debate. La Biblia y el Talmud especifican la pena de muerte mediante las «Cuatro Ejecuciones de la Corte», —la lapidación, la quema, la decapitación y el estrangulamiento— para las transgresiones más graves, y el castigo corporal de la flagelación para las transgresiones intencionales de los mandamientos negativos que no incurren en una de las «Cuatro Ejecuciones». Según la ley talmúdica, la autoridad para aplicar la pena de muerte cesó con la destrucción del Segundo Templo."[A]t a time when there is no priest [serving in the Temple], there is no judgment [of capital cases]." Sanh. 52b. La Mishná afirma que un sanedrín que ejecuta a una persona en siete años —o setenta años, según Eleazar ben Azariah es considerado sanguinario. Durante la Antigüedad tardía, la tendencia a no aplicar la pena de muerte en absoluto se hizo predominante en los tribunales judíos. En la práctica, cuando los tribunales judíos medievales tenían la facultad de dictar y ejecutar sentencias de muerte, siguieron haciéndolo para delitos especialmente graves, aunque no necesariamente los definidos por la ley. Aunque se reconocía que el uso de la pena capital en la época posterior al Segundo Templo iba más allá de la justificación bíblica, los rabinos que la apoyaban creían que podía justificarse por otras consideraciones de la ley judía. Si las comunidades judías practicaron alguna vez la pena de muerte según la ley rabínica, y si los rabinos de la época talmúdica apoyaron alguna vez su uso incluso en teoría, ha sido objeto de debate histórico e ideológico.
El jurista judío del Maimónides afirmó que «es mejor y más satisfactorio absolver a mil culpables que condenar a muerte a un solo inocente». Maimónides sostenía que ejecutar a un acusado con algo menos que la certeza absoluta llevaría a una pendiente resbaladiza de disminución de la carga de la prueba, hasta que las condenas fueran simplemente «según el capricho del juez». A Maimónides le preocupaba la necesidad de que la ley se protegiera en la percepción pública, para preservar su majestuosidad y conservar el respeto del pueblo.Moses Maimonides, The Commandments, Neg. Comm. 290, at 269-271 (Charles B. Chavel trans., 1967).
La posición de la ley judía sobre la pena de muerte ha sido a menudo la base de las deliberaciones del Tribunal Supremo de Israel. Hasta 2026, el sistema judicial de Israel únicamente ha aplicado la pena en dos ocasiones: una de ellas fue en el caso de Adolf Eichmann.
En marzo de 2026 el pleno de la Knéset (Parlamento israelí) aprobó una reforma legal que establece la pena de muerte por ahorcamiento para los culpables de asesinato terrorista, en la practica supone que se aplicará a los palestinos y no a los ciudadanos judíos israelíes. La nueva ley obliga —salvo excepciones sin definir— a los tribunales militares israelíes a imponer dicha pena a los palestinos residentes en la Cisjordania ocupada, mientras que a los tribunales ordinarios que juzgan a ciudadanos de Israel les da la posibilidad de aplicar en su lugar la cadena perpetua. Se trata del único caso en la historia moderna en el que un país aprueba la pena de muerte únicamente contra un grupo étnico o nacional.
La pena de muerte en las fuentes clásicas En el Pentateuco thumb|Un rollo de la Torá. La institución de la pena de muerte en la ley judía está definida en la Ley de Moisés (Torá) en múltiples lugares. La Ley de Moisés dispone que la pena de muerte se imponga a las personas condenadas por los siguientes delitos: adulterio (para una mujer casada y su amante) (; ); bestialidad (; ); blasfemia (); sexo prematrimonial (para niñas comprometidas) (); falso testimonio en casos capitales (); falsa profecía (, ); relaciones homosexuales (, ); idolatría, real o virtual (, , ); conexiones incestuosas o antinaturales (, ); insubordinación a la autoridad suprema (); secuestro (, ); libertinaje de la hija de un sacerdote (); asesinato (, , ); proselitismo y promoción de otras religiones (); violación cometida contra una mujer prometida (); golpear, maldecir o rebelarse contra la autoridad paterna (, , ); quebrantamiento del sábado (, , ); Tocar el monte Sinaí mientras Dios le estaba dando a Moisés los Diez Mandamientos (); brujería, adivinación, nigromancia, hechicería, etc. (, ).Marcus Jastrow, Jewish Encyclopedia, s.v. Capital Punishment
Modos de castigo En la ley judía tradicional hay cuatro tipos de pena capital: lapidación, Quema (plomo derretido en la boca), decapitación (Espada) y estrangulamiento; siendo cada una de ellas el castigo para delitos específicos. Salvo en casos especiales en los que un rey puede dictar la pena de muerte, la pena capital en la ley judía no puede ser decretada sobre una persona a menos que hubiera un mínimo de veintitrés jueces (Sanedrín) juzgando en el juicio de esa persona que, por mayoría de votos, diera la sentencia de muerte, y cuando hubiera habido al menos dos testigos competentes que declararan ante el tribunal que habían visto al litigante cometer el delito capital. Incluso así, la pena de muerte no comienza en la ley judía hasta que el tribunal que juzgaba este caso había dictado la sentencia de muerte desde un lugar específico —antiguamente, la Cámara de la Piedra Tallada en el Monte del Templo de la ciudad de Jerusalén—.Talmud de Jerusalén (Horayot 2a): «No hacen responsable a una persona hasta que dicha instrucción salga de la Cámara de la Piedra Labrada. Dijo Rabí Yohanan: La razón es que hay una enseñanza que [explícitamente] dice: 'Desde el lugar que el Señor elija' ().»" Cf. Talmud de Babilonia (Rosh Hashaná 31a–b; Avodah Zarah 8b), donde el Sanedrín se retiró intencionadamente de la Cámara de la Piedra Tallada (לשכת הגזית) en el Monte del Templo y se sentó en el Hanuth, y desde allí se retiró a otros lugares —conocidos como los diez viajes migratorios del Sanedrín— para que el tribunal no pudiera ejecutar a un judío infractor, ya que los 23 jueces necesarios para condenar a un hombre a muerte se reunían antes en el Monte del Templo para decidir sobre casos capitales.
Tribunal
La muerte por fuego se dictó en diez casos, entre los que se encontraban el matrimonio bígamo con la madre de la esposa y la prostitución de la hija casada de un sacerdote.Marcus Jastrow, S. Mendelsohn, Jewish Encyclopedia, s.v. Capital Punishment Los autores no fueron quemados en la hoguera, sino que se vertió plomo fundido por el esófago del autor. La muerte por la espada se daba en dos casos: por asesinato gratuito y por apostasía comunitaria (idolatría). Los autores de estos crímenes eran decapitados. La muerte por apedreamiento se aplicaba por la transgresión de uno de los dieciocho delitos, entre los que se encontraban los que transgredían el día de reposo de forma gratuita infringiendo sus leyes —excluyendo a los que podían haber infringido las leyes del día de reposo de forma no intencionada—, así como a un varón que tuviera una relación licenciosa con otro varón. La lapidación se aplicaba empujando al criminal atado y condenado por la ladera de un monte, de forma que caía y moría al impactar con el suelo, si no moría, una persona que estaba abajo le arrojaba una roca sobre la cabeza. La muerte por estrangulamiento era el castigo para seis delitos, entre ellos el de un hombre que tuviera una relación prohibida con la mujer de otro hombre (adulterio), y el de una persona que causara voluntariamente una lesión (contusión) a uno de sus padres, se realizaba con dos personas que tiraban de una tela arrollada en su cuello. thumb|Los Diez mandamientos.
Únicamente en unos pocos casos se prescribe el modo particular de muerte en que se incurre por la comisión de un crimen. La blasfemia, la idolatría, la violación del sábado, la brujería, la prostitución de una virgen desposada, o el engaño de su marido en el matrimonio en cuanto a su castidad, (), y el hijo rebelde son, según las leyes del Pentateuco, castigados con la muerte por lapidación; el matrimonio bígamo con la madre de la esposa y la prostitución de la hija de un sacerdote son castigados con la hoguera; la apostasía comunal se castiga con la espada. Con referencia a todos los demás delitos capitales, la ley ordena que el autor muera de forma violenta, añadiendo ocasionalmente la expresión: «Su sangre será sobre él (ellos)». Esta expresión se aplica a la muerte por lapidación. La Biblia habla también de la horca (), pero, según la interpretación rabínica, no como modo de ejecución, sino, más bien, de exposición después de la muerte (Sanhedrin vi. 4, 75b).
En el judaísmo rabínico
thumb|Ilustración en la enciclopedia de 1883 del antiguo consejo del Sanedrín judío. El principal tratado del Talmud que trata estos casos es el Tratado del Sanedrín.
Los casos relacionados con delitos castigados con la muerte son decididos por 23 jueces.Mishná Sanedrín 1:4 La razón de este número impar es que los primeros rabinos habían aprendido que se necesitan al menos 10 jueces para condenar a un hombre, y otros 10 jueces para absolver a un hombre, y que el tribunal es desigual, por lo que el veredicto se emite por mayoría.Talmud de Babilonia (Sanhedrin 2a-b) Por ejemplo, no podían nombrar a un juez que no tuviera hijos propios, pues se pensaba que era menos misericordioso con los hijos de otros hombres,Maimónides, Mishné Torá (Hil. Sanhedrin 2:3) ni tampoco podían seleccionar a un juez que no fuera varón, por medio de un edicto,Maimónides, Mishné Torá (Hil. Melakhim u'milḥamot 1:6 )Filón de Alejandría, Special Laws (Book III, chapter XXXI (pp. 169–170) y que otros dicen que era por la ligereza y temeridad del otro sexo.Josefo (Antigüedades judías IV.219; Contra Apión 2.201)
La dureza de la pena de muerte indicaba la gravedad del delito. Los filósofos judíos sostienen que el objetivo del castigo corporal era servir de recordatorio a la comunidad de la naturaleza severa de ciertos actos. Por eso, en la ley judía, la pena de muerte es más un principio que una práctica. Las numerosas referencias a la pena de muerte en la Torá subrayan la gravedad del pecado, más que la expectativa de muerte. Esto se ve reforzado por las normas de prueba requeridas para la aplicación de la pena de muerte, que siempre han sido extremadamente estrictas (Talmud de Babilonia Makkoth 7b). La Mishná (tratado Makkoth 1:10) expone las opiniones de varios rabinos destacados del de la era cristiana sobre el tema:
El Talmud señala que «cuarenta años antes de la destrucción del [Segundo] Templo, la pena capital cesó en Israel».Talmud de Babilonia (Avodah Zarah 8b; Shabbat 15a); Talmud de Jerusalén (Sanhedrin 1:1 [1b]) Esta fecha se sitúa tradicionalmente en el año 28 de la era cristiana, momento que corresponde al año 18 del reinado de Tiberio. En esta época, el Sanedrín requería la aprobación del procurador romano de Judea antes de poder castigar a cualquier malhechor con la muerte. Otras fuentes, como Josefo, no están de acuerdo. La cuestión es muy debatida debido a la relevancia del Juicio de Jesús en el Nuevo Testamento.CAPITAL PUNISHMENT, the standard penalty for crime in all ancient civilizations A los antiguos rabinos no les gustaba la idea de la pena de muerte, e interpretaban los textos de forma que la pena de muerte era prácticamente inexistente.