El Laudo Arbitral Español, también conocido como el Laudo Arbitral de Madrid y oficialmente Laudo en la Cuestión de Límites entre la República de Colombia y los Estados Unidos de Venezuela, fue un fallo dictado por la reina regente de España María Cristina de Habsburgo (en nombre de su hijo, el rey Alfonso XIII) el 16 de marzo de 1891 en la ciudad de Madrid con el objetivo de resolver las diferencias limítrofes entre Colombia y Venezuela.José Alberto Vargas La Roche (13 de septiembre de 2022): «Cuando Venezuela perdió tierra y España ganó un tesoro», Cinco8. Consultado el 27 de julio de 2026.

Consideraciones

Según el Tratado Arosemena-Guzmán, firmado en 1881, el laudo sería inapelable y definitivo. Por tal motivo las comisiones de ambas naciones enviaron amplia documentación respecto al caso a la entonces reina regente de España María Cristina de Habsburgo con el fin de apoyar sus respectivos alegatos. La reina también se suplió de la documentación depositada en el Archivo Nacional de España.

Sentencia y trazado de límites

Tras examinar las reales cédulas presentadas por las partes y los documentos en poder del gobierno español, María Cristina de Habsburgo, de acuerdo con su Consejo de Ministros, dictó un laudo arbitral el 16 de marzo de 1891 que para los efectos de la demarcación se encuentra dividido en 6 secciones: 1° La Guajira, 2° Sierras de Perijá y de Motillones, 3° San Faustino, 4° Serranía del Tama, 5° Ríos Sarare, Arauca, y Meta, 6° Ríos Orinoco y Negro, definiendo el límite común de la siguiente forma:

Consecuencias thumb|250px|Vista de los morros de Castilletes, en la frontera colombo-venezolana.

El límite actual entre Colombia y Venezuela sigue de manera fidedigna la línea demarcada por el laudo arbitral, si bien este no estuvo exento de discusiones por parte del público de ambas repúblicas, y de problemáticas a la hora de ejecutarse puesto que el fallo especificaba algunos tramos con nombres inexistentes.

Debido a estas imprecisiones, el gobierno de Colombia le pidió a su homónimo de Venezuela concertar una comisión para resolver de manera definitiva los límites no naturales en las zonas afectadas. Sin embargo no hubo convenio alguno. Tras esto, ambos gobiernos decidieron ejecutar el laudo español tal cual venía estipulado en el texto del mismo. Dicha tarea comenzó en 1900, empezando a demarcar el límite desde La Guajira hacia el sur. Como la comisión no pudo encontrar el hito N° 1, que en el laudo nombraba como Mogote de los Frailes, esta interpretó que Castilletes reunía las condiciones de ser el lugar señalado por el fallo arbitral.

La modificación del límite, hecha de forma inconsulta a los gobiernos respectivos, dio nacimiento a inconvenientes fronterizos posteriores (algunos aún presentes en la actualidad en cuanto a la delimitación de áreas marinas y submarinas en el golfo), lo que llevó a que en 1901 se suspendiera la demarcación. Tras varios años de negociaciones, finalmente en 1916 ambos Estados firmaron un acuerdo en el cual dejaron en manos del Consejo Federal Suizo la resolución de la disputa sobre la demarcación y ejecución del Laudo Español. Dicho consejo dictó sentencia en 1922, que confirmó la frontera establecida por el arbitraje español; dicho laudo y arbitraje queda ratificado con el Tratado López de Mesa-Gil Borges de 1941.

Véase también Tratado López de Mesa-Gil Borges Frontera entre Colombia y Venezuela Relaciones Colombia-Venezuela

Referencias

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