miniaturadeimagen|Manifestación en favor de la defensa de los derechos de los animales en Barcelona, España.
El derecho animal o legislación animalista es el cuerpo de derechos positivos y jurisprudencia cuyo objeto de derecho es la naturaleza —legal, social o biológica— de los animales. No se debe confundir esta doctrina jurídica con los derechos de los animales, que son una filosofía y movimiento sobre los derechos naturales de los animales.
El derecho animal varía en cada país. En términos de legislación comparada, los mayores referentes son las legislaciones inglesa, norteamericana y europea en general, pioneras en implementar la regulación jurídica de los animales.
El derecho animal incluye animales de compañía, fauna, animales empleados en el entretenimiento y animales criados para comida e investigación. La esfera emergente del derecho animal a veces se compara con el movimiento del derecho medioambiental hace 30 años. El Animal Legal Defense Fund (Fundación de la Defensa Legal de Animales) fue fundado por la abogada Joyce Tischler en 1979 como la primera organización dedicada a la promoción de la esfera del derecho animal y usando el derecho para proteger las vidas y defender los intereses de los animales.
Actualmente, el derecho de los animales se enseña en 100 facultades de derecho estadounidenses, incluyendo Harvard, Stanford, UCLA, Northwestern, University of Michigan y Duke. Cada vez más asociaciones de la abogacía estatales y locales tienen comités de derecho animal. Existe poco precedente legal pro-animal, así que cada caso presenta una oportunidad para cambiar el futuro legal de los animales.
Temas
Los temas del derecho animal incluyen un rango amplio de enfoques - desde exploraciones filosóficos de los derechos de animales a debates pragmáticos sobre los derechos de los que utilizan animales, quien tiene legitimación procesal a poner pleito cuando se daña a un animal en una manera que infringe la ley, y lo que constituye la crueldad animal desde el punto de vista legal. El derecho animal impregna y afecta a la mayor parte de las áreas tradicionales legales - incluyendo la responsabilidad extracontractual, la ley del contrato el derecho penal y el derecho constitucional. Ejemplos de esta intersección incluyen:
Conflictos de custodia de animales en las separaciones o divorcios Casos de mala práctica veterinaria Conflictos habitacionales que suponen políticas sobre animales domésticos y leyes de discriminación Casos de daños que suponen la muerte o herida injusta a un animal de compañía Fideicomisos ejecutables para animales siendo adoptados por estados en los Estados Unidos Un derecho penal que incluye la violencia doméstica y leyes que están contra la crueldad
Persona no humana
Estatus de los animales como mercancías
Antecedentes Los humanos siempre han tenido hacia algunos animales una consideración especial (por ejemplo, los animales de compañía), que varía mucho según el entorno cultural o el lugar, desde apoyar que se pueda utilizar a los animales según plazca o sirva al hombre, pasando por el trato ético o el bienestar animal, hasta considerar que los animales merecen derechos tradicionalmente reconocidos solo a los humanos.
A partir del se empiezan a ver las primeras leyes para la protección animal. En esas épocas en Irlanda, se prohíbe atar carros a las colas de los caballos. En muchos otros países se comenzó en ese siglo a redactar leyes para proteger a los animales. De esta manera, se puede considerar el comienzo del movimiento por los derechos de los animales, donde la gente propone maneras para limitar el sufrimiento de aquellos que no son humanos. El Parlamento del Reino Unido promulgó la Ley de Crueldad contra los Animales de 1835, con la que quedaban prohibidos diversos espectáculos con animales como toros y perros donde los animales pasaban por procesos claramente dolorosos y angustiosos.
Hoy en día, alrededor del mundo existen distintas medidas para controlar el sufrimiento animal, usando reglas distintas para medir cuando un animal sufre y cuando está siendo utilizado para el beneficio de la humanidad. Se ve una diferencia notable en este tema entre los países más desarrollados y aquellos que se encuentran en distintas etapas de desarrollo. Aunque en varios países de Latinoamérica todavía no existen leyes que prohíban el maltrato animal, en 2013 en Europa se aprobaron leyes que prohíben la experimentación de productos domésticos en animales.
Legislación
alt=|miniaturadeimagen|Imagen de una rana a la que se le ha practicado vivisección
A nivel internacional, la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE), a través del capítulo del Código Sanitario para los Animales Terrestres dedicado al bienestar de los animales, recoge una serie de directrices sobre el sacrificio de animales y sobre la matanza. Estas medidas de referencia internacionales incluyen recomendaciones relativas al manejo, la sujeción, el aturdimiento y el sangrado de los animales en granjas y en mataderos.
Existe también la Declaración Universal sobre Bienestar Animal, una propuesta de acuerdo intergubernamental, presentada ante la ONU, para reconocer que los animales son seres capaces de sentir y sufrir, que tienen necesidades de bienestar que deben ser respetadas y que la crueldad hacia ellos debe terminar.
Los defensores de los animales critican que las distintas legislaciones (incluida la europea, que es considerada de las más avanzadas del mundo) son, según su criterio, legislaciones de mínimos y afirman que la normativa va por detrás de la conciencia social. Por otro lado, medios de prensa y programas de televisión se han hecho eco en ocasiones de la falta de rigor en la aplicación (y en la inspección) de las normativas legales en algunas granjas y mataderos, donde se descubrieron prácticas que constituyen crueldad con los animales. Asimismo, auditores de la Unión Europea señalaron incumplimientos sistemáticos en varios países. En el caso de España, en 2016 las autoridades solo inspeccionaron un 3 % de las explotaciones ganaderas del país, y detectaron incumplimientos en un 19,38 % de ellas.
América Latina Aunque notoriamente menos desarrollado en comparación con la legislación animalista británica y estadounidense, los países latinoamericanos han ido implementando en sus ordenamientos jurídicos normas jurídicas tendientes a la protección y defensa de los derechos animales. La legislación al respecto se ha desarrollado, principalmente, a lo largo de la segunda mitad del , muy lejano a lo revisado respecto del Reino Unido y los Estados Unidos en que ya en las primeras décadas del siglo anterior se esbozaban las primeras leyes sobre protección animal. No obstante en Colombia, según investigaciones realizadas por el profesor Carlos Andrés Muñoz López, en el Código Penal de los Estados Unidos de Colombia del año 1873 se penalizó por primera vez el maltrato a cualquier animal en Latinoamérica.
Las Cinco Libertades de los animales han sido reconocidas por Perú, Bolivia, Brasil, Uruguay, Chile, Argentina, Venezuela, Costa Rica, Colombia, México y República Dominicana, como principios generales para un trato digno hacia los animales.
Las legislaciones animalistas latinoamericanas se caracterizan por ser un conjunto de normas que buscan sancionar ciertos comportamientos sobre la base de la moral y la consideración moral de los animales, buscan responder a requerimientos comerciales y productivos y presentan imprecisiones en cuanto a si se refieren al «bienestar animal» o a su simple «protección».
En términos de cooperación internacional, destaca especialmente la OIE, Organización Mundial de Sanidad Animal, en cuyo plan estratégico figura el bienestar animal como una de las tareas más demandantes y necesarias a potenciar a nivel latinoamericano. La OIE reconoce que solo cuatro países de la región tienen una legislación basada en los principios del bienestar animal: México, Paraguay, Uruguay y Colombia, siendo los temas que presentan mayores falencias el control de animales vagabundos, el uso de animales para deportes, las riñas de animales y su utilización en laboratorios, circos y espectáculos.
A lo anteriormente dicho hay que sumar la regulación específica de ciertas provincias, estados o ciudades, así como legislaciones particulares como leyes, de caza, pesca, transporte de animales, tenencia responsable, locales comerciales de venta de animales, animales exóticos, circos y zoológicos, hospedaje de animales, clínicas veterinarias y centros de investigación.
Argentina En Argentina, la Ley Federal 14 346 protege a los animales del maltrato y la crueldad del hombre. Esta legislación considera que maltratar animales es: no alimentarlos bien, estimularlos con instrumentos que les causen dolor, hacerles trabajar muchas horas sin descanso o que no estén en buen estado físico, estimularles con drogas sin fines terapéuticos y usarlos para llevar vehículos muy pesados. Los actos de crueldad para con los animales son hacerles cortes estando vivos para abrirlos y examinar sus contenidos, lo que es llamado disección, cortar cualquier parte de sus cuerpos, exceptuando que sea para marcación o higiene, operarlos sin anestesia y/o sin tener título de médico veterinario, salvo en casos de urgencia, hacer experimentos con ellos, abandonarlos luego de ser utilizados en experimentos, matarlos en estado de embarazo, lastimarlos y atropellarlos animales, causarles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por perversidad y hacer actos públicos o privados de peleas entre ellos, incluyendo corridas de toros en las que se les mata, lastima y agrede.
La ley 14 346 señala en sus artículos 1 y 2 los actos constitutivos de maltrato y crueldad animal, como no brindar el alimento suficiente, hacerlos trabajar en jornadas excesivas, practicar la vivisección, intervenir quirúrgicamente a animales sin anestesia u obligar a los animales a peleas o riñas de manera forzada y con fines de entretención.
Brasil En Brasil, la Constitución Política de 1988 prescribe la prohibición de la crueldad contra los animales. El texto constitucional prevé, en el artículo 225, párrafo 1, inciso VII, que: «Para asegurarla efectividad de este derecho, incumbe al poder público: [...] proteger la fauna y la flora, prohibiéndose, en la forma de la ley, las prácticas que pongan en riesgo su fusión ecológica, provoquen la extinción de especies o sometan a los animales a la crueldad».
Chile
Colombia En Colombia, la Ley 84 de 1989 conocida como el Estatuto Nacional de Protección Animal estipula, en el artículo 6, que el que causare daño a un animal o realice cualquiera de las conductas considerados como crueles para con los mismos por esta ley será sancionado con la pena prevista para cada caso.
Colombia en los últimos diez años he tenido varios avances a nivel legislativo para proteger a los animales. Entre estos avances está Ley 1638 de 2013 que prohíbe el usos de animales silvestres en los circos.
De igual forma, la Ley 1774 de 2016 realiza unas reformas al Código Civil en donde expresa que los animales no son cosas y penaliza el maltrato animal en donde castiga a quien maltrate gravemente o dé muerte a un animal con años de prisión y multa.
Asimismo, la Corte Constitucional de Colombia prohíbe la caza de animales con fines deportivos. Y, a través de la Ley 2047 de 2020, Colombia prohíbe el testeo en animales con fines cosméticos.
Costa Rica En Costa Rica, la Ley de Bienestar de los Animales de 1994 indica en su artículo 3 que las condiciones básicas para el bienestar de los animales: serán la satisfacción del hambre y la sed, la posibilidad de desenvolverse según sus patrones normales de comportamiento, una muerte provocada sin dolor y, de ser posible, bajo supervisión profesional, la ausencia de malestar físico y dolor y la preservación y tratamiento de las enfermedades.