La Seguridad social en el Perú se fundamenta en la Constitución política del Perú que reconocen y garantiza el derecho a la seguridad social y garantizan el libre acceso a prestaciones a cargo de entidades públicas, privadas o mixtas.
Regulación jurídica Constitución política del Perú Capítulo II: De los Derechos Sociales y Económicos
Artículo 10°. El Estado reconoce el derecho universal y progresivo de toda persona a la seguridad social, para su protección frente a las contingencias que precise la ley y para la elevación de su calidad de vida.
Artículo 11°. El Estado garantiza el libre acceso a prestaciones de salud y a pensiones, a través de entidades públicas, privadas o mixtas. Supervisa asimismo su eficaz funcionamiento.
Artículo 12°. Los fondos y las reservas de la seguridad social son intangibles. Los recursos se aplican en la forma y bajo la responsabilidad que señala la ley.
Otras leyes Ley n.º 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud. Decreto Ley n.° 25897, Crean el Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP), conformado por las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones AFP. Decreto Legislativo 19846, ley de pensiones de la policía y el ejército. Actualizado en el Decreto Legislativo 1133.
Entidades gestoras Salud EsSalud Seguro Integral de Salud (SIS) Entidades Prestadoras de Salud (EPS) Sistema Metropolitano de la Solidaridad — SISOL
Otros El Sistema Público de Pensiones en el Perú se crea mediante el Decreto Ley n.º 19990 promulgado por el presidente Juan Velasco Alvarado, cuyo mandato fue desde el 3 de octubre de 1968 hasta el 29 de agosto de 1975. Posteriormente, el gobierno de Alberto Fujimori Fujimori promulga la ley por el cual crea el Sistema Privado de Pensiones a cargo de Administradoras de fondos de pensiones (AFP). Este nuevo sistema, debido a su naturaleza de libre mercado, fue recibido con resistencia en algunas comunidades campesinas.
Las pensiones operan bajo diferentes formas:
Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), formalizadas en 1993. La Oficina de Normalización Previsional (ONP), reemplazo del sistema público de pensiones tras una reforma neoliberal. Caja Militar Policial, para fuerzas policiales y militares. Caja del Pescador, para el sector pescador. Programa Nacional de Asistencia Solidaria (Pensión 65), para personas en situación de pobreza. Existen otras instituciones creadas por otras leyes y bajo estatutos propios como la Derrama Magisterial.
Legado En el estudio Mercer CFA Institute Global Pension de 2023, el sistema de pensiones del país ocupó el puesto 34 entre 47 sistemas evaluados. Obtuvo un índice de 55,5 y una calificación de C.
El seguro social brindó cobertura a una parte importante de la población formalmente empleada, como lo informó el presidente de la Asociación Peruana de Empresas de Seguros en 2024. No obstante, esta cobertura no alcanzó a gran parte del restante de la población peruana.
Véase también
Ley de régimen laboral juvenil del Perú
Referencias
Enlaces externos Reglamento de la ley Nº 26790 Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud Los Sistemas de Pensiones en Perú Decreto Ley N° 25897 LEY N° 30425 Jubilacion anticipada y retiro 95.5%
Categoría:Seguridad social en Perú Categoría:Salud en Perú