Historia del Servicio Público de Empleo de Colombia Se han identificado seis momentos en el desarrollo de la institucionalidad del Servicio Público de Empleo: (1) Instrumentos internacionales ratificados por Colombia que hasta 1948 no tuvieron una materialización institucional. (2) Entre 1948 y 1966, se asigna una función de intermediación a los inspectores del Ministerio del Trabajo; (3) En 1966 el servicio de empleo adquiere un lugar en la estructura orgánica del Ministerio a través del Servicio Nacional de Empleo – SENALDE; (4) a partir de 1989 el Ministerio es concebido como un “órgano directivo en la fijación de políticas”, por lo cual, se trasladan las funciones de operación del SENALDE al Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, (5) Con la escisión del Ministerio de la Protección Social, el Ministerio del Trabajo tiene como una de sus funciones: “Coordinar los servicios públicos de empleo, intermediación laboral, selección y colocación asistida de trabajadores”; (6) Mediante la ley de protección al cesante se crea la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo. A continuación se presentan en mayor detalle estos desarrollos institucionales:

Instrumentos internacionales Desde la primera Conferencia General de la OIT (Convenio n.º 2 sobre el desempleo) se trató el tema de la organización de agencias públicas no retribuidas de colocación, este convenio fue ratificado por Colombia mediante la Ley 129 de 1931. Posteriormente el Convenio n.º 88 de 1948, ratificado por el Congreso de la República mediante la Ley 37 de 1967, recoge diferentes recomendaciones referidas a la organización de un sistema de Agencias Públicas de Colocación, con lo cual se inicia la organización de institucionalidad responsable del tema en el Estado colombiano.

Primeras experiencias Fue en el mismo año de 1948, cuando a raíz de las consecuencias del 9 de abril, se promovió y adelantó un programa de colocación por parte del Ministerio de Trabajo, a través de los Inspectores de Trabajo, quienes los sábados se dedicaban a visitar empresas con el fin de buscar empleos para el personal que se presentara a las inspecciones y dependencias del Ministerio en busca de colocación. En este trabajo cooperaron las universidades, la Cruz Roja Nacional y otras instituciones.

De esta época datan las primeras agencias de empleo de carácter privado, las cuales después de la experiencia gubernamental con la colaboración del sector privado, procedieron a darles a sus agencias, cariz lucrativo, cobrando una determinada suma por concepto de matrícula o inscripción y un tanto por ciento al aspirante a empleo por concepto de comisión.

Posteriormente en 1950 se creó el Departamento de Investigaciones Científicas del Trabajo, y el Decreto 2489 de julio 25 del mismo año, reglamentó su funcionamiento estableciendo en su artículo 10: "Realizar investigaciones y estudios sobre las condiciones generales del trabajo en Colombia, especialmente sobre las siguientes materias: a) Clasificación de la población activa por regiones, industrias, oficios y profesiones, con especificación de sexo y edad; b) Registro de trabajadores cesantes".

Para 1953, el Decreto-ley 2318, creó las Bolsas Oficiales del Trabajo "para atender y registrar las ofertas y facilitar las soluciones al problema del desempleo". A las Inspecciones de Trabajo se adscribió el funcionamiento de las Bolsas Oficiales en los municipios de sus respectivas jurisdicciones.

SENALDE Durante el periodo de 1966 a 1988 el servicio de empleo, pasó de una función atribuida a las inspecciones del trabajo hasta alcanzar el rango de Dirección General en la estructura orgánica del Ministerio del Trabajo, denominada SENALDE (Dirección General del Servicio Nacional de Empleo), como dependencia operativa especializada en la prestación del servicio público de empleo, que contaba con una red de oficinas localizadas en la mayoría de las capitales de departamentos en el país, prestando un servicio gratuito y cubriendo con cargo al aporte del SENA, los gastos de funcionamiento de estas oficinas.

En cuanto a los servicios de intermediación, en 1971 se regula el funcionamiento de los servicios o agencias lucrativas particulares de colocación o empleo que venían funcionando desde mediados del siglo.

Para la década de 1980 las Oficinas Regionales de Empleo llegaron a ser 22 y tenían como funciones: canalizar la oferta y demanda de trabajo; recopilar datos para elaborar las estadísticas de oferta y demanda de empleo; colaborar con la racionalización de la movilidad geográfica ocupacional de los trabajadores, de acuerdo con las necesidades del mercado de trabajo, y; colaborar con el estudio y planeación de los métodos de orientación, formación y readaptación laboral.

El SENA

En 1984, el ministro de Trabajo y Seguridad Social suscribió con Servicio Nacional de Aprendizaje-SENA, un convenio con el objetivo de implementar una política social en el campo del pleno empleo de la fuerza laboral del país, a través del desarrollo de políticas de empleo, formación profesional, productividad y tecnología; para lo cual, se estableció la ejecución de proyectos tendientes a la Modernización administrativa del servicio y a la Sistematización de la gestión de empleo que estaba a cargo de SENALDE.

Con la Ley 1.ª de 1989 se estableció que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social debería asumir su posición de órgano directivo en la fijación de políticas de fomento al empleo en el orden macroeconómico. En desarrollo de la mencionada Ley se expide el Decreto 1421 de 1989, “por medio del cual se transfiere la función de promoción y ejecución de la gestión e intermediación pública y gratuita de empleo que venía desarrollando el Ministerio a través de la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo al Servicio Nacional de Aprendizaje” con el fin de fortalecer institucionalmente la formación de los recursos humanos acordes con los requerimientos del mercado laboral, utilizando la información a efectos de orientar y dirigir su función de capacitación y formación profesional. Así, el servicio público y gratuito de intermediación sale de la estructura del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para ser ejercido por el SENA.

La Ley 50 de 1990 establece un nuevo marco legal para la actividad de intermediación de empleo ordenando que las agencias o bolsas de empleo deben ser personas naturales, jurídicas o entidades de derecho público autorizado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, quien también ejercerá su vigilancia y control.

A principios de los años 90 el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, asumió la función de “Dirigir y coordinar un sistema de información para el empleo”, esto implicó un cambio en el alcance y orientación del servicio público de servicio de empleo: el paso de un proceso de “gestión de empleo” al desarrollo de un sistema de información para el empleo.

Ministerio del Trabajo (2011- 2013)

En el año 2011, tras la escisión del Ministerio de Protección Social, establecen los objetivos y estructura del Ministerio del Trabajo, determinando entre sus objetivos el “fomento de políticas y estrategias para la generación de empleo estable, la formalización laboral, la protección a los desempleados, la formación de los trabajadores”.

En desarrollo de ese objetivo el Ministerio cuenta con un Viceministerio de Empleo y Pensiones, del cual depende la Dirección de Generación de Empleo y Subsidio Familiar, que a su vez contenía a la Subdirección de Generación de Empleo, que de acuerdo a sus funciones lideraba la implementación, funcionamiento y coordinación de los servicios públicos de empleo, intermediación laboral, selección y colocación asistida de trabajadores.

De esta manera la coordinación del servicio público de empleo quedó nuevamente en cabeza del Ministerio, fortaleciendo la prestación del servicio de cara a la ciudadanía en coordinación con gobiernos municipales y departamentales para que a partir del primero de mayo del año 2013 él se inauguren nuevas oficinas en las principales ciudades del país.

Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo Con el mandato de la Ley 1636 de 2013 se crea el mecanismo de protección al cesante que busca proteger al trabajador cuando no está trabajando. Acorde con este mecanismo se fortalece financiera e institucionalmente el servicio público de empleo y se crea la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo, la cual a finales del mismo año y tras a face de expansión del servicio en el país liderada por el Ministerio, asume la función de consolidar la prestación del servicio bajo un nuevo concepto.

El nuevo Servicio de Empleo está soportado por una red de prestadores en la que se integran agencias públicas, privadas, mixtas, lucrativas o sin ánimo de lucro. A diferencia de visiones anteriores en las que los esfuerzos privados y públicos, aunque trataran de colaborar estaban dispersos, en esta nueva face un sistema de información reúne la oferta y la demanda de trabajo en una misma plataforma y bajo una misma administración, haciendo más eficientes los diferentes avances para la colocación laboral de los colombianos.

Actualmente en la red participan cajas de compensación familiar, alcaldías, gobernaciones, las bolsas de empleo de universidades, agremiaciones y otras entidades, la agencia pública de empleo a cargo del SENA y las diferentes agencias privadas, prestando un servicio gratuito a los trabajadores cesantes e integrando su información en una plataforma disponible vía web, facilitando el acceso de más colombianos acorde a las necesidades de los nuevos tiempos.

Colombia presenta una trayectoria, de poco más de medio siglo, en materia de intermediación laboral de carácter institucional, tanto pública como privada. Aun cuando siempre han actuado de forma no institucional en el mercado de trabajo, agentes que vinculan la oferta y la demanda de empleo en distintos sectores, solo hasta mediados del siglo pasado dicha actividad se institucionaliza y se regula.

La historia de la intermediación laboral con carácter institucional presenta etapas que corresponden a la entidad encargada de la prestación del servicio público de empleo, y a la concepción y grado de desarrollo del mismo.

La primera fase que va desde el inicio del servicio público a mediados del siglo anterior hasta los años ochenta. La segunda que comprende el período de modernización del servicio y estructuración de un modelo de “Gestión de Empleo”. La tercera fase que corresponde a la prestación del Servicio Público de Empleo por el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, y la sustitución por un modelo de un sistema de información de empleo y la última etapa, en que se repotencia el servicio público de empleo adoptando un modelo mixto de prestación del servicio.

El servicio público de empleo a cargo del Ministerio del Trabajo.

La “…historia formal del Servicio Público de Empleo en Colombia se remonta a 1931, año en que se adoptó la ley 129, por medio de la cual se ratificó el Convenio número 2 de 1919 de la Organización Internacional del Trabajo – OIT”, que imponía a los Estados miembros que lo ratificarán, la obligación “de establecer un sistema de agencias públicas no retribuidas de colocación, bajo el control de la autoridad central “. Sin embargo solo hasta finales de la década del cuarenta se dan los primeros antecedentes reales de la organización de la bolsa pública de empleo.