thumb| Alfonso XIII junto al general Miguel Primo de Rivera después de su nombramiento como Jefe del Gobierno y Presidente del Directorio militar El Directorio militar de Primo de Rivera constituye la primera etapa de la Dictadura de Primo de Rivera, instaurada en España durante el reinado de Alfonso XIII, tras el triunfo del Golpe de Estado de Primo de Rivera del 13-15 de septiembre de 1923. Directorio militar fue el nombre que se dio a la institución integrada exclusivamente por militares (ocho generales y un contralmirante) que bajo la presidencia del general Miguel Primo de Rivera debía asesorarle en las funciones de gobierno y en la promulgación de los decretos que tendrían fuerza de ley —las Cortes elegidas en abril de 1923 fueron clausuradas—. En diciembre de 1925, el Directorio militar fue sustituido por un gobierno compuesto por militares y civiles y presidido también por Primo de Rivera. Este gobierno será conocido como Directorio civil y constituye la segunda y última etapa de la Dictadura primorriverista, que finalizó en enero de 1930.
El régimen del Directorio Militar, como otros regímenes militares corporativos instaurados en Europa oriental y meridional en el periodo de entreguerras, se diferenció del fascismo —establecido en Italia tras la marcha sobre Roma de octubre de 1922— en que era un sistema de partido único pero tutelado desde el poder y en que el aparato del Estado siguió controlado por las viejas clases dominantes que solo permitían unos cambios limitados. Sin embargo, según el historiador Eduardo González Calleja, «la dictadura primorriverista también guardó algunas semejanzas con el fascismo», como el corporativismo.
Durante esta primera etapa la Dictadura cosechó dos grandes éxitos: la solución del problema de Marruecos (incluido el asunto de las responsabilidades a las que se les dio carpetazo) y el restablecimiento del orden público en Cataluña (dos cuestiones en las que había naufragado la «vieja política» de los partidos del turno). Encarrilados estos dos problemas, la «dictadura con rey», como la ha denominado el historiador Santos Juliá, se planteó su continuidad con la fundación de un régimen político nuevo, de tipo autoritario, basado en un «partido único» —la Unión Patriótica— al modo de la Italia fascista.
El nacimiento del Directorio militar
thumb|280px| De izquierda a derecha (en negrita los generales miembros del Directorio militar y entre paréntesis el número de la región militar a la que representan; en cursiva, los cuatro generales miembros del Cuadrilátero): el general Primo de Rivera, el rey Alfonso XIII, y el general José Cavalcanti de Alburquerque, en primera fila; el general Antonio Mayandía Gómez (5ª), el general Federico Berenguer Fusté y general Leopoldo Saro Marín, en segunda fila; el general Antonio Dabán Vallejo, el general Francisco Ruiz del Portal (7ª) y el general Luis Navarro y Alonso de Celada (3ª), en tercera fila; el general Luis Hermosa y Kith (2ª), el general Dalmiro Rodríguez Pedré (4ª), el general Adolfo Vallespinosa Vior (1ª), el general Mario Muslera y Planes (8ª) y el general Francisco Gómez-Jordana Sousa (6ª), en última fila. Desde el desastre del 98 se produjo en España una creciente interferencia del Ejército en la vida política. Dos momentos claves de esta actitud pretoriana del Ejército fueron la crisis del Cu-Cut! de 1905 —el asalto por oficiales de la guarnición de Barcelona de la redacción y los talleres de esta publicación satírica nacionalista en respuesta a una viñeta sobre el Ejército— y que condujo a la Ley de Jurisdicciones de 1906, y la crisis española de 1917 en la que cobraron un especial protagonismo las autodenominadas Juntas de Defensa, integradas exclusivamente por militares. La culminación de ese proceso fue el golpe de Estado de Primo de Rivera del 13 de septiembre de 1923, que fue, según el historiador Eduardo González Calleja, «la primera intervención corporativa de las Fuerzas Armadas», que a diferencia de los pronunciamientos del , dio nacimiento al «primer régimen auténticamente pretoriano de nuestra historia –el Directorio Militar-, trasladando los valores y las actitudes del Ejército al conjunto de la vida pública».
Cuando el 15 de septiembre de 1923 se reunieron Primo de Rivera y el rey Alfonso XIII en el Palacio de Oriente acordaron una fórmula que guardara las apariencias de la legalidad constitucional. Primo de Rivera sería nombrado «Jefe del Gobierno» y «ministro único», asistido por un Directorio militar, formado por ocho generales de brigada, uno en representación de cada región militar, y un contralmirante, Antonio Magaz y Pers, marqués de Magaz, en representación de la Armada.
La Gaceta de Madrid del día siguiente publicó el Real Decreto, firmado por el rey y refrendado por el ministro de Gracia y Justicia Antonio López Muñoz, de nuevo para guardar la apariencia de legalidad, que decía: «Vengo en nombrar jefe del Gobierno al teniente general D. Miguel Primo de Rivera y Orbaneja, marqués de Estella». En el mismo número de la Gaceta de Madrid del 16 de septiembre aparecía el primer real decreto que Primo de Rivera había presentado a la firma al rey, por el que se creaba un Directorio militar presidido por él y que tendría «todas las facultades, iniciativas y responsabilidades inherentes a un Gobierno en conjunto, pero con una firma única» y que se proponía «constituir un breve paréntesis en la marcha constitucional de España». En su Exposición, que fue difundida por la prensa con el titular Un decreto histórico, se decía:
En el artículo 1º del Real Decreto se confería a Primo de Rivera el cargo de «Presidente del Directorio militar encargado de la Gobernación del Estado, con poderes para proponerme cuantos decretos convengan a la salud pública, los que tendrán fuerza de ley». En el artículo 2º se establecía que el Directorio estaría formado por su presidente y ocho generales de brigada, uno por cada región militar, más un contralmirante de la Armada. En el 3º que quien pasaría a la firma los decretos sería el presidente del Directorio, «con facultades de Ministro único», y «asesorándose previamente del Directorio». En el 4º se suprimían los cargos de Presidente del Consejo de Ministros, Ministros de la Corona y Subsecretarios, excepto los Subsecretarios de Estado y Guerra.
El día 17 la Gaceta de Madrid publicó la disolución del Congreso de los Diputados y de la parte electiva del Senado, de acuerdo con la facultad que le confería al rey el artículo 32 de la Constitución, aunque con la obligación de convocarlos de nuevo antes de tres meses. Cumplido el plazo el 12 de noviembre los presidentes del Congreso y del Senado, Melquiades Álvarez y el conde de Romanones, respectivamente, se presentaron ante el rey para que reuniera las Cortes, recordándole que ese era su deber como monarca constitucional. La respuesta que recibieron fue su destitución inmediata de los dos cargos que ostentaban. Primo de Rivera lo justificó con estas palabras:
El 21 de diciembre de 1923 se llevó a cabo la primera reorganización del Directorio que quedó constituido como una estructura colegiada, por lo que los generales que lo integraban podían asumir la competencia de una cartera ministerial, que hasta entonces había correspondido a Primo de Rivera, como «ministro único». También se restableció el cargo de subsecretario, que hasta entonces solo había ejercido el general Severiano Martínez Anido en el Ministerio de Gobernación, y con la facultad de participar en las reuniones del Directorio. Un nuevo paso hacia la conversión del Directorio en un gobierno de facto se dio en junio de 1924 cuando los miembros del Directorio pudieron firmar los decretos entregados al rey para su aprobación —una facultad que hasta entonces había correspondido en exclusiva a Primo de Rivera—.
El estado de excepción permanente y el restablecimiento de la «paz social»
La militarización del orden público
El restablecimiento del «orden», que los sublevados consideraban quebrantado, fue el objetivo más inmediato. El método expeditivo utilizado fue poner esa tarea en manos del Ejército, que gozó, según Eduardo González Calleja, de «un poder omnímodo, no controlado por ninguna asamblea, libre de la responsabilidad política exigible a un Gobierno parlamentario, y potenciado hasta la arbitrariedad por la suspensión de la Constitución y la virtual desaparición de las normas inherentes a las libertades públicas». De esta forma, concluye González Calleja, la Dictadura transformó «la vida pública española en un estado de excepción permanente».
Tras la declaración en toda España del estado de guerra, que se mantuvo hasta el final del Directorio militar en diciembre de 1925, la siguiente medida que dictó Primo de Rivera para la militarización del «orden público» fue la sustitución de las autoridades provinciales y locales (gobernadores civiles, alcaldes, presidentes de las diputaciones) por militares —a partir de abril de 1924 los gobernadores provinciales serán sustituidos progresivamente por personal civil, aunque algunas de sus funciones más importantes, como la censura o el orden público, permanecieron en manos de autoridades militares—. Después atribuyó a la jurisdicción militar los «delitos políticos» (incluidos el de ostentar banderas no nacionales o utilizar en actos oficiales lenguas no castellanas) y buena parte de los delitos comunes como el robo a mano armada en comercios y bancos, el manejo de explosivos y los de traición y lesa majestad.
Los encargados de aplicar la política de «orden público» fueron los dos máximos responsables del mismo durante los años más oscuros del pistolerismo en Barcelona: el que fuera gobernador civil, general Severiano Martínez Anido, nombrado subsecretario del Ministerio de Gobernación; y el que fuera su jefe de policía, el general Miguel Arlegui que ocupó la restablecida Dirección General de Seguridad, de la que dependían los Cuerpos de Vigilancia y Seguridad. Por otro lado la Guardia Civil recuperó su tradicional autonomía, y los gobernadores civiles no tuvieron mando sobre ella.
La declaración del estado de guerra y el resto de medidas de militarización del orden público y de restricción de los derechos y libertades consiguió reducir el número de atentados —entre 1923 y 1928 hubo 51 atentados, frente a los 1.259 de 1919-1923— y se redujo el número de huelgas, aunque se debió también al crecimiento económico que se vivió en los «felices años veinte».
El Somatén
Otra de las decisiones del Directorio que también tuvo que ver con el orden público, y una de las primeras que acordó, fue un real decreto de 17 de septiembre, por el que se extendió la institución catalana del Somatén a todas las provincias de España. Según el Real Decreto el Somatén Nacional, que fue el nombre oficial que recibió, sería reclutado en el plazo de un mes por los capitanes generales, quedando al mando de un General de Brigada. En el Decreto, Primo de Rivera explicaba que el Somatén no solo era una fuerza auxiliar para el mantenimiento del orden público sino también un «acicate de los espíritus» para estimular la colaboración ciudadana con el nuevo régimen. A pesar de que Primo de Rivera en un discurso pronunciado ante Mussolini el 21 de noviembre de 1923 pretendió equipararlo con los «camisas negras» fascistas, el somatén «era un cuerpo armado de burgueses de orden, creado desde, por y para el poder», aunque también se integraron en él obreros procedentes de los Sindicatos Libres. Como dijo Primo de Rivera, el Somatén «tiene por lema paz, justicia y orden, que son los tres postulados de la verdadera democracia».