La Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) de España es el órgano gubernamental de control interno que asume una doble faceta, de gestión económico-financiera del sector público estatal y de centro directivo y gestor de la contabilidad pública.

Historia Época temprana La historia de fiscalización de las actuaciones administrativas en España no es una novedad, pues ya antes de la instauración del Estado liberal existieron diversos organismos que poseían entre sus competencias las mencionadas, tales como la Contaduría Mayor de Cuentas de Castilla que data de 1437 y 1442, los Contadores Mayores de los Reyes Católicos, el Consejo de Hacienda y el Tribunal de Oidores de Felipe II y los Superintendentes Generales de Hacienda en los primeros reinados de la dinastía borbónica.

Con las reformas administrativas de los Borbones, en el , la contabilidad fue encomendada a dos grandes organismos, en los que se refundieron las diferentes contadurías generales preexistentes y a las que se dio el nombre de Contaduría General de Valores y Contaduría General de Distribución. La Contaduría General de Valores fue creada por Real Decreto de 1 de enero de 1717 junto con las de Distribución y Millones, que sustituían a las antiguas contadurías de la época austríaca. La Contaduría General de Valores era la autoridad superior en todo lo relativo a la contabilidad, fiscalización e intervención de la administración y recaudación de los diferentes productos por contribuciones e impuestos.

Desarrollo administrativo del Estas contadurías se mantuvieron durante gran parte de la historia española, siendo mencionadas y ratificando sus funciones interventoras en la Constitución de 1812 (arts. 348-350). Precisamente, fue con esta constitución que se establecieron cuatro tipos de control:

Control político-parlamentario, atribuido a las Cortes. Control administrativo, a cargo de las Contadurías de Valores y de Distribución (antecedente directo de la IGAE). Control jurisdiccional, de la competencia de la Contaduría Mayor de Cuentas Control publicitario. Consistía en dar publicidad a las cuentas del Reino para que fuesen de conocimiento general.

Las Contadurías de Valores y de Distribución se refunden brevemente en 1819 y, a partir de 1842, en la Contaduría General del Reino. En 1850 la Contaduría General se renombra como Dirección General de Contabilidad y en 1871 como Dirección General de Contabilidad e Intervención General de la Administración del Estado, hasta la definitiva creación de la IGAE en 1874.

La DGC concentraba bajo sí todas las funciones de contabilidad, intervención y fiscalización, de forma que se sacaban del órgano gestor la fiscalización que pasaba a la DGC, como órgano fiscalizador independiente del gestor. Igualmente, con la creación de este órgano se va vislumbrando la extensión de la contabilidad y del control a la fase de reconocimiento de los derechos y obligaciones de la Hacienda Pública.

El proyecto de Ardanaz y la Ley Figuerola Promulgada la Constitución de 1869 el 6 de junio, el 29 de octubre del mismo año el ministro de Hacienda, Constantino Ardanaz, presentó a las Cortes un proyecto de Ley de Administración y Contabilidad de la Hacienda Pública. Este proyecto supuso importantes innovaciones con respecto a la entonces vigente Ley de Administración y Contabilidad de 1850. El proyecto de ley de 1869 incluye entre sus títulos a la intervención. La necesidad de regular mediante ley una intervención administrativa de las cuentas se debe a que con la Constitución de 1869, el Tribunal de Cuentas dejó de estar vinculado al poder ejecutivo, y se vinculó al poder legislativo, por lo que existía la absoluta necesidad para el Gobierno de verificar las operaciones de intervención y examen con el fin de que el resultado de su gestión económica llegase al Tribunal tan depurado como fuere posible.

Este innovador proyecto, visto con buen agrado por las Cortes no prosperó por avatares de la política, quedando en suspenso por más de seis meses. Ante esto, y ya con Laureano Figuerola como ministro de Hacienda, este solicitó a las cámaras la retirada del proyecto para sustituirlo por otro, la llamada Ley Figuerola. En mayo de 1870 el ministro Figuerola presentó a las cámaras un nuevo proyecto, basado en el Proyecto de Ardanaz, con ligeras modificaciones en lo relativo a las cuentas provinciales y municipales. De los 75 artículos que poseía la ley, 49 eran una reproducción de los del proyecto del anterior ministro. Esto fue así porque, en palabras del propio Figuerola, este se había limitado a «estudiarlos e introducir en ellos las modificaciones que creyese oportunas». La ley fue aprobada en junio.

Esta ley recogía en su Capítulo V a la Intervención. Confería el carácter de interventor general de la Administración del Estado al director general de Contabilidad y otorgaba a la dirección general la responsabilidad de fiscalizar «todos los actos de la Administración Pública que produzcan ingresos o gastos, intervendrá la ordenación y ejecución de los ingresos y pagos y llevará toda la Contabilidad del Estado». También desplegaba al personal de la intervención, llamados «agentes interventores» (actuales interventores delegados) en todos y cada uno de los organismos y departamentos de la Administración estatal. Complementando estas reformas, la Ley de Presupuestos de 1870 creó el Cuerpo especial de Contabilidad y Tesorería del Estado para crear un cuerpo unificado de expertos en contabilidad e intervención.

La importancia de las funciones fiscalizadoras conferidas a la Dirección General de Contabilidad fueron tales que en 1871 se renombró como Dirección General de Contabilidad e Intervención de la Administración del Estado.

El 7 de enero de 1874, se aprobó a propuesta de Echegaray, quien entonces era ministro de Hacienda en los últimos días de la Primera República, el Decreto que otorgaba oficialmente a la Intervención General de la Administración del Estado, que dejaba de llamarse Dirección General de Contabilidad, un papel fiscalizador, interventor y contable, siendo su titular, el Interventor General, al que se le consideraba con categoría máxima dentro de la Administración, asumiendo de nuevo las funciones que le atribuía la Ley de 1870, excepto el fallo de cuentas y la persecución de reintegros y alcances, que pasaban al Tribunal de Cuentas. Afirmaba el citado Decreto que la Intervención General se configuraba para «la alta y noble misión de velar por la exacta aplicación de las leyes y por la guarda y legítima inversión de los caudales, de las rentas y de toda clase de pertenencias del país». José Ramón de Oya fue nombrado primer interventor general, aunque desde 1870 los directores generales de Contabilidad ya contaban con esta distinción.

Profesionalización Durante los años siguientes será regulada por diversos reglamentos; los de 1878, 1893 y 1895. Posteriormente, también sería regulada por la Ley de Administración y Contabilidad de 1911. Sin muchas variaciones, estos reglamentos mantuvieron la Intervención como un organismo dual —órgano fiscal y centro contable— y con una estructura alrededor de tres secciones: Contaduría de Examen de Cuentas, Teneduría de Libros y Secretaría (1878) primero; y Contabilidad Legislativa, Secretaría e Intervención y Cuentas Atrasadas (1893) después. Es también relevante de este periodo el Proyecto de Ley de Administración y Contabilidad de 1893 presentado por Germán Gamazo. En lo relevante a la IGAE, cabe resaltar que el proyecto preveía la supresión del Tribunal de Cuentas y su integración en la IGAE, puesto que Gamazo los consideraba órganos idénticos. También el hecho de que preveía la inamovilidad tanto del Interventor General como del Subinterventor General. Sin embargo, este proyecto no llegó a prosperar.

El sistema de rendición de cuentas era ineficaz y con numerosos retrasos, por ello en 1884 el ministro de Hacienda Fernando Cos-Gayón designó una comisión para que investigara e informara sobre las causas de éstos retrasos y sus posibles soluciones. La comisión la formaban el presidente del Tribunal de Cuentas, un consejero de Estado, el subsecretario de Hacienda, el interventor general y el director general de Aduanas. Entre las recomendaciones de la comisión estaba la creación de un Cuerpo Especial de Contabilidad, pero quedaron en suspenso hasta ser recuperadas por el ministro Gamazo en 1893, que creó dicho cuerpo bajo el nombre de Cuerpo Pericial de Contabilidad del Estado. La creación de este cuerpo se completó en 1894 con Amós Salvador Rodrigáñez como ministro, y unificó bajo este todo el personal de intervención y contabilidad. Tal fue el éxito de este cuerpo, que durante décadas recibió los halagos del Tribunal de Cuentas.

Sin embargo, a pesar de la buena labor, el hecho de que fueran de los pocos funcionarios que entraban a la Administración por oposición —en una época donde predominaba la dedocracia— provocó el recelo del resto de funcionarios de la Hacienda Pública provocó una continua disminución de sus miembros. No fue hasta la Ley de 1911 que se autorizó al Gobierno a solventar este problema, y así lo hizo, en 1913, reorganizando el Cuerpo Pericial. Esta reforma del Cuerpo duraría más de setenta años, pues desapareció en 1984, aunque desde 1964 se denominó Cuerpo de Intervención y Contabilidad de la Administración Civil del Estado. La mencionada reforma supuso su despliegue por todos los órganos del Estado —incluidos militares— y tuvo gran influencia en el protectorado de Marruecos.

Dictadura de Primo de Rivera Durante la dictadura de Miguel Primo de Rivera se solucionó una de las grandes fuentes de polémica en el ámbito de la contabilidad, y era la existencia de dos órganos —Tribunal de Cuentas e Intervención General— con similares o iguales competencias. La dictadura lo solucionó suprimiendo ambos y creando el Tribunal Supremo de la Hacienda Pública en 1924. Esta, sin duda, fue la más radical de las opciones propuestas hasta ahora, porque incluso en la propuesta de Germán Gamazo, si bien suprimía el Tribunal de Cuentas, las funciones jurisdiccionales de este no se las traspasaba a la IGAE, sino a un centro administrativo independiente. La dictadura traspasó todo al nuevo TSHP, según algunos autores, a inspiración de la estructura contable de Mussolini.

La creación de este Tribunal supuso una reforma administrativa central de gran calado. La Dirección General del Tesoro, que se renombró como Dirección General de Tesorería y Contabilidad, asumió las funciones presupuestarias, de revisión de la contabilidad provincial y de formación de la contabilidad general que antes tenía la IGAE. Los servicios a cargo de las intervenciones provinciales se desdoblaron en dos: un servicio de Contabilidad que asumían las Tesorerías de Hacienda y un servicio propiamente interventor y fiscal, atribuido a las Intervenciones provinciales del Tribunal.

Regreso de la intervención Una vez finalizada la dictadura en 1930, uno de los primeros actos del gobierno de Dámaso Berenguer fue la supresión del citado Tribunal y de la denominación de Dirección General de Tesorería y Contabilidad, que volvía a ser «del Tesoro» y el restablecimiento del Tribunal de Cuentas y de la Intervención General, todos ellos con las funciones tradicionales previas a 1924. El gobierno lo justificó por considerarlo ineficaz y que rompía con la unidad de criterio de la administración contable.

Segunda República Para algunos autores, la Segunda República fue la época dorada de la Intervención General de la Administración del Estado. A juicio del interventor Augusto Gutiérrez Robles (1920-2002), interventor general entre 1976 y 1980, esta afirmación se apoyaba en varios hechos:

Se establecen las Intervenciones civiles de Guerra y Marina integradas en la IGAE, con lo que el ámbito de sus competencias se extiende a toda la Administración del Estado.