El Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, conocido en el Perú como Concytec, es una institución creada en 1981 y rectora del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SINACTI).
Tiene como finalidad normar, dirigir, orientar, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones del Estado Peruano en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación tecnológica, así como promover su desarrollo mediante la acción concertada entre los programas y proyectos de las instituciones públicas, académicas, empresariales organizaciones sociales y personas integrantes del SINACTI.
El Concytec, como entidad rectora del SINACTI, administra el Registro Nacional Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica (Renacyt).
Sustento legal Las acciones del CONCYTEC están regidas por la Ley n.° 31250 del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SINACTI) y su reglamento aprobado mediante DS 062-2024-PCM. Se encuentra adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros mediante el Decreto Supremo n.° 067-2012-PCM.
Funciones El artículo 15 de la Ley n.° 31250 establece las funciones del ente rector del Sinacti como sigue:
Conformación del Consejo Directivo El Artículo 17 de la Ley n.° 31250 establece que el Consejo Directivo está conformado por trece miembros:
El presidente del Concytec, quien lo preside. Un representante del Viceministerio de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas. Un representante de los gobiernos regionales. Un representante del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi). Dos representantes del sector empresarial. Un representante de la micro, pequeña y mediana empresa (Mipyme). Un representante de las entidades de soporte al emprendimiento innovador. Dos representantes de las universidades públicas. Dos representantes de las universidades privadas. El presidente de la Academia Nacional de Ciencias. *Los representantes del sector público son designados por el titular del sector correspondiente.
*Los representantes del sector privado, academia y sociedad civil deben poseer experiencia y conocimiento sobre materias vinculadas a la ciencia, tecnología o innovación. Su designación está a cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros. Historia El origen del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (CONCYTEC) se remonta a mediados de la década de 1960, cuando el gobierno del presidente Fernando Belaúnde Terry, a través del Ministerio de Educación liderado por Carlos Cueto Fernandini, solicitó en junio de 1966 la asistencia técnica de la UNESCO para evaluar la creación de un organismo nacional dedicado a la investigación científica. Esta colaboración se concretó mediante una misión encabezada por el profesor Jacques Ruffié, quien visitó el país en varias ocasiones hasta 1968, año en que presentó un informe con un proyecto de ley orientado a estructurar la política científica nacional.
Tras el golpe militar de 1968, la cooperación con la UNESCO fue interrumpida, pero los documentos elaborados por la Misión Ruffié sirvieron de base para la creación del Consejo Nacional de Investigación (CONI), previamente propuesto por el médico y químico Dr. Eleazar Guzmán, y que desplazó a la Academia Nacional de Ciencias como principal ente rector en la materia. La fundación del CONI fue precedida por reuniones clave en Paracas y Ancón, organizadas por miembros de la Academia Nacional de Ciencias -entre ellos, el matemático Dr. José Tola Pasquel, el geofísico Alberto Giesecke Matto y el nutricionista Antonio Bacigalupo-, la Oficina de Investigación y Desarrollo de la Marina y miembros de la Academia Nacional de Ciencias de los Estados Unidos.
La creación del Consejo Nacional de Investigación queda oficialmente establecida el 6 de noviembre de 1968 mediante DL n.º17096. A través del Decreto Ley se estable la misión del CONI: "fomentar, coordinar, y orientar la investigación científica y tecnológica en el Perú", además de su dependendecia de la Presidencia de la República y siendo designado como su primer presidente al ingeniero Alberto Giesecke Matto. El Coni contó con un Fondo Nacional de Investigación. Sin embargo, conflictos políticos internos, particularmente entre el general Ángel Valdivia Morriberón y el general Juan Velasco Alvarado, provocaron el debilitamiento del CONI y su pérdida de respaldo gubernamental. Como consecuencia, el Perú atravesó la década de 1970 en el estancamiento de la ciencia y tecnología, mientras otros países de la región fortalecían sus instituciones científicas y accedían a financiamiento internacional.
Con el retorno a la democracia en 1980, el segundo gobierno de Belaúnde impulsó la reactivación del sector mediante la aprobación de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONCYTEC) el 12 de junio de 1981, a través del Decreto Legislativo n.º 112. Asimismo, dicho decreto estableció al recientemente creado Consejo, como un organismo público descentralizado de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) y asume las funciones del CONI. Bajo la dirección del Dr. Roger Guerra García, el nuevo organismo inició sus funciones con un diagnóstico de la situación científica nacional y la formulación de los Lineamientos de Política Científica y Tecnológica (D.S. n.º 27-83-ED), además de implementar programas de becas de posgrado en ciencias y la aprobación de su reglamento mediante Decreto Supremo n.° 069-84-ED del 26 de diciembre de 1984. El 2 de noviembre de 1985, mediante DL n.° 357 (artículo 4) se establece que el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología pase a pertenecer al ámbito del Ministerio de la Presidencia.
Cinco años después, el 28 de marzo de 1990, mediante DL n.°560 se desactiva el Ministerio de la Presidencia, creandose en su lugar 15 ministerios y, quedando el CONCYTEC adscrito al Ministerio de Educación, pero a poco más de un mes después, el 9 de mayo, mediante DS n.° 038-90-PCM regresa a la adscripción de la Presidencia del Consejo de Ministros con la promulgación del Reglamento de Organización y Funciones de dicho ente y, en el que se señala en su artículo 4° al CONCYTEC como Organismo Público Descentralizado de la Presidencia del Consejo de Ministros. Un año después, mediante el DS n.° 172-91-РСM del 8 de noviembre de 1991 se transfiere al CONCYTEC nuevamente al Ministerio de Educación, quedando adscrito a dicho ente hasta el 24 de julio del 2004 en que se promulga la Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica. En el interín, el 5 de abril de 1990, se dispone que el CONCYTEC asuma las funciones del Instituto Nacional de Becas y Crédito Educativo (INABEC) en todo y en cuanto se relaciona con la ciencia y tecnología (DL n.° 563, artículo 5).
El 14 de abril de 2001, a través del DS n.º 021-2001-ED se autoriza al CONCYTEC a llevar a cabo un proceso de reestructuración institucional con la finalidad de conducir a la redefinición y modificación de sus funciones y estructura para alinearse con la ley marco de modernización de la gestión del Estado. El 4 de abril de 2002 se publica la Ley n.° 27690 que modifica las funciones del CONCYTEC para atender la emergencia en ciencia y tecnología.
Mediante DS n.° 007-2004-ED del 23 de abril del 2004, se declara en reestructuración al CONCYTEC, con la finalidad de conducir a la redefinición de sus funciones y estructura, en concordancia con la Ley n.° 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado. Unos meses después, el 24 de julio del 2004 se promulaga la Ley n.º 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología е Innovación Tecnológica que introduce aspectos importantes y modificaciones a las funciones del ente rector. Entre los aspectos importantes destaca la creación del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (SINACYT) y el establecimiento del CONCYTEC, como órgano rector del SINACYT y responsable de la Política de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica del país.
En 2004, se promulga la Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, Ley n.° 28303 mediante la cual se introducen importantes aspectos y modificaciones como la creación del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (SINACYT), el establecimiento del CONCYTEC como órgano rector del SINACYT y responsable de la Política de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica del país. El 18 de octubre del año siguiente se publica la Ley n.° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica que regula los fines y funciones del CONCYTEC. El 10 de noviembre del 2007 se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC (DS n.° 029-2007-ED), implementandose la nueva estructura orgánica a partir del 2008.
El 18 de diciembre de 2007, mediante DS n.° 032-2007-ED se aprueba el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica. El artículo 16 del TUO dispone la creación del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica (FONDECYT) como una unidad de ejecución presupuestal del CONCYTEC, con el objeto de captar, gestionar, administrar y canalizar recursos de fuente nacional y extranjera para ser destinados a las actividades del SINACYT en el Perú.
En 2008, el CONCYTEC es calificado como un Organismo Público Ejecutor (DS. n.° 034-2008-PCM) de acuerdo a lo dispuesto por la Ley n.º 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo (LOPE) y en el 2010, como Organismo Técnico Especializado (DS n.° 048-2010-PCM) en mérito a sus facultades, funciones y responsabilidades y su calidad de ente rector del SINACYT. Ese mismo año, se aprueba el Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica mediante DS n.° 020-2010-ED del 28 de julio de 2010.
El 15 de junio del 2012, en concordancia con la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley n.° 29158 y en el marco de la Ley n.º 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se adscribe al CONCYTEC a la Presidencia del Consejo de Ministros mediante DS n.° 067-2012-PCM y se establece en su Primera Disposición Complementaria la creación de una Comisión Sectorial de naturaleza temporal que tenga por objeto el estudio, evaluación y análisis sobre la estructura, funcionamiento y reorganización del CONCYTEC a fin de fortalecer su capacidad como ente rector en el desarrollo de la СТІ.
Al año siguiente, el 10 de setiembre de 2013, se aprueba el Primer Manual de Operaciones de la Unidad ejecutora FONDECYT, definiendo objetivos, funciones generales y estructura orgánica a través de la RP n.° 129-2013-CONCYTEC-P.
El 13 de marzo de 2015, se publica la Ley n.º 30309 que promueve la investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica y que otorga mayores beneficios tributarios a las empresas que ejecutan proyectos de investigación.
Para impulsar la competitividad, fomentar la innovación tecnológica y actualizar el marco normativo alineandolo con estándares internacionales y las necesidades del Perú, el 5 de julio de 2018, se publica la Ley n.º 30806 que modifica diversos artículos de las leyes n.° 28303 y n.° 28613.