thumb|Libro I de las Constituciones de Cataluña, Capítulo de corte XXXVI:«XXIII EL MISMO [en referencia a Felipe IV (V de Castilla)], en la dicha Corte [de 1701-1702]. Capítulo XXXVI. Como la experiencia haya enseñado que la principal causa, entre otras, de la inobservancia de los Usajes de Barcelona, Constituciones, capítulos y actos de Corte, usos, prácticas, observancias y costumbres, privilegios, exenciones, libertades de comunes y particulares del Principado, y demás leyes y derechos de la Patria, se acostumbra a originar de haberlas cometido, y dejado la declaración de las contrafacciones o contra Constituciones, en los mismos doctores de la Real Audiencia y Real Consejo, contra los cuales de ordinario se oponen y acusan las contrafacciones, y así por lo que recíprocamente interesan por razón de su oficio vienen a ser jueces casi en causa propia. [...] Y sea tan razonable, como justa cosa, que los que concurren y tienen la potestad en estatuir y ordenar la tengan también e intervengan en interpretar y hacer observar lo ordenado; y la más verdadera interpretación y puntual observanza se asegure en las personas de mayor autoridad y maduro consejo, y con el congreso, examen y censura de los presidentes de la Real Audiencia y tres brazos se considere una legal representación de Vuestra Majestad y de la Corte [...].» El Tribunal de Contrafacciones (en catalán: Tribunal de Contrafaccions) era la institución del Principado de Cataluña que garantizaba la aplicación de las Constituciones catalanas y resolvía de manera suprema (1702-1705, desde 1706 con posibilidad de recurso ante el Tribunal de Agravios de la Corte General) ante cualquier acción por parte del rey, o de los oficiales del rey, contraria al ordenamiento constitucional catalán. Fue acordado con la Corte de Barcelona (1701-1702) por el rey Felipe IV, el primer rey de la casa de Borbón, y nuevamente establecida con algunas mejoras por la Corte de Barcelona (1705-1706) presidida por Carlos III el Archiduque. Posteriormernte, en plena Guerra de Sucesión, fue abolido en 1714 ante la rebelión armada de Cataluña, marcando así un nuevo paso hacia la imposición del absolutismo en España.

Tribunal de Contrafacciones Ansiosamente deseado, los catalanes pugnaron durante doscientos años hasta conseguir su creación. En la Corte de Monzón (1533) los brazos catalanes propusieron al rey Carlos I de España su aprobación, para asegurar que la Corona Española cumplía con la Constitución de la Observancia, que determinaba el principio que el rey estaba sometido a las constituciones catalanas. Pero no fue hasta dos siglos después, en la Corte de Barcelona (1701-1702), cuando el rey Felipe IV aprobó la creación del tribunal.Albareda (2010:83) La ocasión para conseguirlo apareció con la entronización de la nueva dinastía, la casa de Borbón, a la cual los «defensores de la observancia de las leyes» pusieron a prueba; la nueva dinastía necesitaba consolidarse, y el inicio de su reinado era la coyuntura en la que la monarquía se encontraba en su máxima debilidad, deseosa de reconocimiento y aprobación. El Tribunal de Contrafacciones quedó configurado como un tribunal de garantías "constitucionales", formado de manera paritaria entre los representantes del rey y los representantes de los Tres Comunes de Cataluña. Permitía así garantizar el ordenamiento jurídico catalán con la coparticipación de las instituciones del Principado y los oficiales reales. Asumió la atribución que hasta entonces había pertenecido en exclusiva a la Real Audiencia de Cataluña, la cual había fallado casi inexorablemente en favor de la Corona.

Con la creación de Tribunal de Contrafacciones el rey Felipe IV permitió la existencia de un tribunal que difícilmente podía controlar y que le exigía la observancia de las constituciones aprobadas en las cortes generales de Cataluña, tanto por él como por sus oficiales así como por los barones y los suyos. Era una prueba de que el mismo rey reconocía las leyes tradicionales catalanas y se mostraba dispuesto a someterse a las mismas, de tal modo que sus decisiones podían ser revisadas por este Tribunal. La amenaza absolutista quedaba así neutralizada, pues las pragmáticas y los reales decretos del rey o sus virreyes quedaban supeditados al cumplimiento del ordenamiento constitucional catalán; además, si cualquier oficial real vulneraba una constitución catalana (ley), debía ser sometido a un proceso judicial de contrafacción.

El Tribunal de Contrafacciones entró en funcionamiento en 1703, a raíz del decreto de expulsión que Felipe V ordenó contra el comerciante holandés Arnald Jäger, una expulsión que vulneraba las constituciones catalanas, lo que supuso que automáticamente la conferencia de los Tres Comunes de Cataluña solicitara que se cursara causa de contrafacción.Albareda (2010:85) El mismo Felipe V reconocía las limitaciones que el Tribunal de Contrafacciones suponía para su «real voluntad», y afirmaba que tras la Corte de 1701-1702 los catalanes «habían quedado más Repúblicos que el parlamento alusivo a ingleses».Los Borbones: Dinastía y memoria de nación en la España del siglo XVIII, p.308

Finalmente en 1705 estalló la rebelión armada en Cataluña que supondría el inicio a la Guerra de Sucesión en suelo español. A finales de 1705, y tras la proclamación del Carlos III el Archiduque como nuevo conde de Barcelona, el Tribunal de Contrafacciones fue nuevamente establecido con algunas mejoras por éste en la Corte de Barcelona (1705-1706).Albareda (2010:181)

Hacia el final de la Guerra de Sucesión, ante la victoria del rey borbón, se produjo un proceso de reorganización administrativa del Estado, que se plasmó principalmente en los Decretos de Nueva Planta y que supusieron también la desaparición del Tribunal de Contrafacciones.

Véase también Constitución de la Observancia Constituciones de Cataluña Real Audiencia de Cataluña Tres Comunes de Cataluña

Referencias

Bibliografía

Categoría:Derecho del Principado de Cataluña Categoría:Instituciones del Principado de Cataluña Categoría:Guerra de sucesión española en Cataluña