San Juan Ermita («San Juan» en honor a Juan el Bautista; «Ermita», por una ermita católica que había en la localidad) es un municipio del departamento de Chiquimula de la región nor-oriente de la República de Guatemala.
Los primeros pobladores del área eran chortí y luego de la conquista de Guatemala el poblado fue fundado en 1530; hasta finales del Quezaltepeque fue cabecera de curato para el clero secular, y bajo su jurisdicción estaba la parroquia de La Ermita, entre otras; posteriormente los curas decidieron trasladar su residencia a Esquipulas.
La constitución del Estado de Guatemala promulgada el 11 de octubre de 1825 asignó a «Hermita» —como se le llamaba entonces— al Circuito de Chiquimula en el Distrito N.º4 (Chiquimula) para la impartición de justicia.
Celebra su fiesta titular el 20 de diciembre de cada año en honor a su patrón San Juan el Bautista.
Toponimia
Muchos de los nombres de los municipios y poblados de Guatemala constan de dos partes: el nombre del santo católico que se venera el día en que fueron fundados y una descripción con raíz Maya; esto se debe a que las tropas que invadieron la región en la década de 1520 al mando de Pedro de Alvarado estaban compuestas por soldados españoles y por indígenas. Así pues, el nombre de «San Juan» es en honor a San Juan el Bautista, mientras que con respecto al topónimo «ermita» hay dos hipótesis: Antes de construir la iglesia se encontraron una pequeña ermita y los pobladores decidieron llamar así al lugar. El territorio habría sido poblado por unos ermitaños y debido a eso decidieron llamar así al municipio.
División política
El municipio de San Juan Ermita es el segundo municipio más pequeño que tiene le departamento de Chiquimula. Tiene un total de veintidós Aldeas y veinte caseríos que son:
+División política de San Juan ErmitaDivisiónListadoAldeas Buena Vista Carrizal Caulotes Corral de Piedra Chancó Chispán Jaral Churrischán Encuentros Lagunetas La Ceibita Los Planes Minas Abajo Minas Arriba Quequexque Río Arriba Salitrón San Antonio Lajas Taxarjá Ticanlú VeguitasCaseríos Peñasco Zarzal Pavas La Ceiba Piletas Coyotes Matasano Mojón, La Montaña Miramundo El Coco Vuelta El Roble Vivienda Nueva
Geografía física
Clima
La cabecera municipal de San Juan Ermita tiene clima tropical (Clasificación de Köppen: Aw).
Ubicación geográfica Se encuentra a una distancia de 22 kilómetros de la cabecera departamental Chiquimula; está rodeado por municipios del departamento de Chiquimula, y sus colindancias son:
Norte y noreste: Jocotán Sur: San Jacinto y Quezaltepeque Suroeste: San Jacinto Este y sureste: Olopa Oeste: Chiquimula
Gobierno municipal
Los municipios se encuentran regulados en diversas leyes de la República, que establecen su forma de organización, lo relativo a la conformación de sus órganos administrativos y los tributos destinados para los mismos. Aunque se trata de entidades autónomas, se encuentran sujetos a la legislación nacional y las principales leyes que los rigen desde 1985 son:
+Principales leyes que rigen a los municipios de GuatemalaN.ºLeyDescripción1Constitución Política de la República de GuatemalaTiene una regulación legal específica para los municipios en los artículos 253 al 262.2Ley Electoral y de Partidos PolíticosLey de carácter constitucional aplicable a los municipios en el tema de la conformación de sus autoridades electas. 3Código MunicipalDecreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala. Tiene la categoría de ley ordinaria y contiene preceptos generales aplicables a todos los municipios, e inclusive contiene legislación referente a la creación de los municipios. 4Ley de Servicio MunicipalDecreto 1-87 del Congreso de la República de Guatemala. Regula las relaciones entra la municipalidad y los servidores públicos en materia laboral. Tiene su base constitucional en el artículo 262 de la constitución que ordena la emisión de la misma. 5Ley General de DescentralizaciónDecreto 14-2002 del Congreso de la República de Guatemala. Regula el deber constitucional del Estado, y por ende del municipio, de promover y aplicar la descentralización y desconcentración económica y administrativa.
El gobierno de los municipios está a cargo de un Concejo Municipal mientras que el código municipal —ley ordinaria que contiene disposiciones que se aplican a todos los municipios— establece que «el concejo municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales […] y tiene su sede en la circunscripción de la cabecera municipal»; el artículo 33 del mencionado código establece que «[le] corresponde con exclusividad al concejo municipal el ejercicio del gobierno del municipio».
El concejo municipal se integra con el alcalde, los síndicos y concejales, electos directamente por sufragio universal y secreto para un período de cuatro años, pudiendo ser reelectos.
Existen también las Alcaldías Auxiliares, los Comités Comunitarios de Desarrollo (COCODE), el Comité Municipal del Desarrollo (COMUDE), las asociaciones culturales y las comisiones de trabajo. Los alcaldes auxiliares son elegidos por las comunidades de acuerdo a sus principios y tradiciones, y se reúnen con el alcalde municipal el primer domingo de cada mes, mientras que los Comités Comunitarios de Desarrollo y el Comité Municipal de Desarrollo organizan y facilitan la participación de las comunidades priorizando necesidades y problemas.
Los alcaldes que ha habido en el municipio son:
2012-2016: Mario Lemus Martínez
2016-2020: Mario Lemus Martínez
2020-2024: Miguel Ángel López Gutiérrez
Historia
Época colonial
Los primeros pobladores que habitaron en el área fueron personas de la raza chortí; la región fue invadida por los españoles e indígenas tlaxcaltecas y cholultecas a principios del siglo , dando inicio a la época colonial. El poblado fue fundado en 1530, con lo que da inicio el proceso de colonización. Este proceso se dio en una forma lenta y tímida, dada la hostilidad de los indígenas; hasta finales del Quezaltepeque fue cabecera de curato para el clero secular, y bajo su jurisdicción estaban las parroquias de Santiago Esquipulas, San Jacinto, Los Valles de la Concepción, La Ermita, Languiatuya, San Antonio Las Cañas, Los Limones y algunas otras; aunque posteriormente los curas decidieron trasladar su residencia a Esquipulas.
Tras la Independencia de Centroamérica
La constitución del Estado de Guatemala promulgada el 11 de octubre de 1825 —y no el 11 de abril de 1836, como numerosos historiadores han reportado incorrectamente — creó los distritos y sus circuitos correspondientes para la administración de justicia según el Código de Lívingston traducido al español por José Francisco Barrundia y Cepeda; el poblado de Hermita —como se le llamaba entonces— era parte del Circuito de Chiquimula en el Distrito N.º4 (Chiquimula). A este circuito pertenecían también: San José, Ipala, Orégano, Cubiletes, Quezaltepeque, Alotepeque, San Isidro, Concepción, Esquipulas, Atulapa, Jagua, Olopa, Piedra de Amolar, Orcones, Jupilingo, Camotán, San Jacinto, San Juan Hermita, Chancó, San Nicolás, Jocotán, Santa Elena y San Esteban.
Véase también
Elecciones municipales de Guatemala de 2023 Historia Territorial de Guatemala Organización territorial de Guatemala
Notas y referencias
Referencias
Bibliografía
Categoría:Municipios de Chiquimula Ermita Ermita Categoría:Nueva España en 1530