San Juan Ostuncalco («San Juan»: en honor a su santo patrono Juan el Bautista) catalogado cómo Villa del departamento de Quetzaltenango, localizado a 14 km de la ciudad de Quetzaltenango y a 212 km de la Ciudad de Guatemala en la República de Guatemala.
Durante la época colonial fue una doctrina a cargo de los frailes mercedarios, hasta que estos cedieron todas sus doctrinas al clero secular en 1754, lo que lo convirtió en un curato.
Tras la Independencia de Centroamérica en 1821, Ostuncalco fue parte del departamento Quezaltenango/Soconusco, y en 1838 pasó al Estado de Los Altos, el cual fue aprobado por el Congreso de la República Federal de Centro América en ese mismo año. En el nuevo estado hubo constantes revueltas campesinas y tensión con Guatemala, hasta que las hostilidades estallaron en 1840, y el general conservador mestizo Rafael Carrera recuperó la región para Guatemala.
En el siglo el municipio se incorporó a la Mancomunidad Metrópoli de los Altos, una entidad que involucra a varios municipios de los departamentos de Quetzaltenango y Totonicapán y que promueve el desarrollo sostenible de los mismos a mediano y largo plazo.
Demografía
Según el censo de 2018 el total de la Población de la Villa de Ostuncalco era de 60,118 habitantes, de los cuales el 60% está localizada en el área rural y el 40% en el área urbana. De esta población el 45% son hombres y el 55% son mujeres y en relación con el grupo étnico al que pertenecen, el 85% es Indígena y el 14% es ladino o mestizo. La mayoría de la población indígena está localizada en el área rural, distribuidos en los 47 centros poblados, mientras que la población No Indígena se encuentra concentrada en su mayoría en el área urbana del municipio.
Geografía física
San Juan Ostuncalco está localizado a 215 km de la Ciudad de Guatemala y a 14 km de la cabecera departamental, Quetzaltenango con la que se comunica por medio de la Ruta Interamericana N.º. CA 1 carretera asfaltada transitable todo el año, que de Guatemala conduce a la frontera con México.
La extensión del término municipal es de 109 km², con una densidad poblacional de 288 habitantes por kilómetro cuadrado. Se encuentra a una altura que va desde 1.800 hasta 3.200 msnm. El municipio cuenta con: una villa con cuatro zonas urbanas, diecinueve aldeas, veintiséis caseríos, una Parcela y diez Fincas.
Clima Con un clima que varía según la región, el municipio cuenta con tres regiones climáticas que son: la parte de la zona altiplanica de 2,000 a 2,500 msnm está dentro de la región CWBg, mayor de 2,500 msnm corresponde a la región CWBgn y la zona bocacosta menor de 2,000 msnm que pertenece a la región AW"I. Y se manifiestan dos estaciones claramente definidas, seca y lluviosa. El municipio tiene elevaciones que oscilan entre 2,257 y 2,750 msnm.Dato tomado de PDM San Juan Ostuncalco.
La cabecera municipal de San Juan Ostuncalco tiene clima templado (Köppen: Cwb).
Ubicación geográfica La Villa de Ostuncalco, está rodeada por municipios del departamento de Quetzaltenango, excepto al oeste en que colinda con municipios del departamento de San Marcos:
Sus colindancias son:
Norte: Cajolá, Palestina de los Altos, San Miguel Sigüilá y San Carlos Sija Sur: Concepción Chiquirichapa y San Martín Sacatepéquez Este: San Mateo Oeste: San Pedro Sacatepéquez, El Quetzal y San Cristóbal Cucho del departamento de San Marcos
Gobierno municipal
Los municipios se encuentran regulados en diversas leyes de la República, que establecen su forma de organización, lo relativo a la conformación de sus órganos administrativos y los tributos destinados para los mismos. Aunque se trata de entidades autónomas, se encuentran sujetos a la legislación nacional y las principales leyes que los rigen desde 1985 son:
+Principales leyes que rigen a los municipios de GuatemalaN.ºLeyDescripción1Constitución Política de la República de GuatemalaTiene una regulación legal específica para los municipios en los artículos 253 al 262.2Ley Electoral y de Partidos PolíticosLey de carácter constitucional aplicable a los municipios en el tema de la conformación de sus autoridades electas. 3Código MunicipalDecreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala. Tiene la categoría de ley ordinaria y contiene preceptos generales aplicables a todos los municipios, e inclusive contiene legislación referente a la creación de los municipios. 4Ley de Servicio MunicipalDecreto 1-87 del Congreso de la República de Guatemala. Regula las relaciones entra la municipalidad y los servidores públicos en materia laboral. Tiene su base constitucional en el artículo 262 de la constitución que ordena la emisión de la misma. 5Ley General de DescentralizaciónDecreto 14-2002 del Congreso de la República de Guatemala. Regula el deber constitucional del Estado, y por ende del municipio, de promover y aplicar la descentralización y desconcentración económica y administrativa.
El gobierno de los municipios está a cargo de un Concejo Municipal mientras que el código municipal —ley ordinaria que contiene disposiciones que se aplican a todos los municipios— establece que «el concejo municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales […] y tiene su sede en la circunscripción de la cabecera municipal»; el artículo 33 del mencionado código establece que «[le] corresponde con exclusividad al concejo municipal el ejercicio del gobierno del municipio».
El concejo municipal se integra con el alcalde, los síndicos y concejales, electos directamente por sufragio universal y secreto para un período de cuatro años, pudiendo ser reelectos.
Existen también las Alcaldías Auxiliares, los Comités Comunitarios de Desarrollo (COCODE), el Comité Municipal del Desarrollo (COMUDE), las asociaciones culturales y las comisiones de trabajo. Los alcaldes auxiliares son elegidos por las comunidades de acuerdo a sus principios y tradiciones, y se reúnen con el alcalde municipal el primer domingo de cada mes, mientras que los Comités Comunitarios de Desarrollo y el Comité Municipal de Desarrollo organizan y facilitan la participación de las comunidades priorizando necesidades y problemas.
Los alcaldes que ha habido en el municipio son:
2016-2020: Juan Aguilar Luis
Historia
Leyenda sobre la fundación del poblado
Existe una leyenda sobre el origen del poblado, que se ha transmido por generaciones como parte de memoria colectiva de los indígenas y ladinos de Ostuncalco. Incluso, una variante de la misma leyenda se conoce en Concepción Chiquirichapa. La versión más detallada fue recopilada y traducida del idioma mam al castellano por el investigador Benjamín Cush Chan en 1953, quien relata lo siguiente:
La campana que dejaron en la loma, que hoy se llama Twi campani [sobre la campana], se oye en la actualidad en los días festivos como el día de San Juan, Semana Santa y el día de los Santos.
Tras la Independencia de Centroamérica
El Estado de Guatemala fue definido de la siguiente forma por la Asamblea Constituyente de dicho estado que emitió la constitución del mismo el 11 de octubre de 1825: «el estado conservará la denominación de Estado de Guatemala y lo forman los pueblos de Guatemala, reunidos en un solo cuerpo. El estado de Guatemala es soberano, independiente y libre en su gobierno y administración interior.»
Ostuncalco fue uno de los municipios originales del Estado de Guatemala fundado en 1825; estaba en el departamento de Quetzaltenango/Soconusco, cuya cabecera era Quetzaltenango, y tenía los municipios de Quetzaltenango, Ostuncalco, San Marcos, Tejutla y Soconusco.
La constitución del Estado de Guatemala promulgada el 11 de octubre de 1825 —y no el 11 de abril de 1836, como numerosos historiadores han reportado incorrectamente — creó los distritos y sus circuitos correspondientes para la administración de justicia según el Código de Lívingston traducido al español por José Francisco Barrundia y Cepeda; Ostuncalco era la sede del distrito del mismo nombre.
El efímero Estado de Los Altos
miniaturadeimagen|200px|Escudo del Estado de los Altos
A partir dl 3 de abril de 1838, San Juan Ostuncalco fue parte de la región que formó el efímero Estado de Los Altos, el cual fue autorizado por el Congreso de la República Federal de Centro América el 25 de diciembre de ese año forzando a que el Estado de Guatemala se reorganizara en siete departamentos y dos distritos independientes el 12 de septiembre de 1839:
Departamentos: Chimaltenango, Chiquimula, Escuintla, Guatemala, Mita, Sacatepéquez, y Verapaz Distritos: Izabal y Petén
Las revueltas indígenas en el Estado de Los Altos fueron constantes y alcanzaron su punto crítico el 1.º de octubre de 1839, en Santa Catarina Ixtahuacán cuando tropas altenses reprimieron una sublevación y mataron a cuarenta vecinos. Encolerizados, los indígenas acudieron al caudillo conservador Rafael Carrera, en busca de protección. Por otra parte, en octubre de 1839 la tensión comercial entre Guatemala y Los Altos dio paso a movimientos militares; hubo rumores de que el general Agustín Guzmán, un militar mexicano que estaba al mando de las Fuerzas Armadas de Los Altos, estaba organizando un ejército en Sololá con la intención de invadir Guatemala, lo que puso en máxima alerta.
Tras algunas escaramuzas, los ejércitos se enfrentaron en Sololá el 25 de enero de 1840; Carrera venció a las fuerzas del general Agustín Guzmán e incluso lo apresó mientras que el general Doroteo Monterrosa venció a las fuerzas altenses del coronel Antonio Corzo el 28 de enero. El gobierno quetzalteco colapsó entonces, pues aparte de las derrotas militares, los poblados indígenas abrazaron la causa conservadora de inmediato; al entrar a Quetzaltenango al frente de dos mil hombres, Carrera fue recibido por una gran multitud que lo saludaba como su «libertador».
Carrera impuso un régimen duro y hostil para los liberales altenses, pero bondadoso para los indígenas de la región —derogando el impuesto personal— y para los eclesiásticos restituyendo los privilegios de la religión católica. El 26 de febrero de 1840 el gobierno de Guatemala colocó a Los Altos bajo su autoridad y el 13 de agosto de nombró al corregidor de la región, el cual servía también como comandante general del ejército y superintendente.
: Mancomunidad Metrópoli de Los Altos
Esta entidad se formó en el siglo , cuenta con una extensión territorial de 871.06 km² y está compuesta por una población total de 364,258 habitantes. La Mancomunidad está conformada por los municipios de San Andrés Xecul y Totonicapán en el departamento de Totonicapán y por los municipios de San Carlos Sija, Sibilia, La Esperanza, San Juan Ostuncalco, Quetzaltenango, Zunil y Salcajá en el departamento de Quetzaltenango, los cuales se adhirieron a la entidad voluntariamente. Los municipios son representados a través de sus Consejos Municipales y «promueve el desarrollo local, integral y sostenible de los municipios integrantes mediante la formulación de políticas públicas municipales, planes, programas y proyectos, la ejecución de obras y la prestación eficiente de los servicios de su competencia, en forma individual y conjunta».
Educación