Una campaña política interactiva se basa en el uso de las nuevas tecnologías de la información como herramienta de comunicación e interacción empleadas en procesos electorales.
Los candidatos a puestos políticos en todos los niveles han encontrado en Internet un medio hospitalario y de bajo costo para distribuir mensajes políticos, en lo que también se conoce como campañas políticas a través de Internet.
México y las mejores prácticas de campañas políticas por Internet De acuerdo a la Asociación Mexicana de Internet (AMIPC) en su estudio 2009, el número de internautas en el país fue de 30.6 millones, de los cuales el 45% son usuarios del género masculino y el 55% son usuarias. Dicho estudio también indica que la actividad número uno del usuario en línea es el envío o recepción de correos electrónicos, seguido de la comunicación a través de mensajes instantáneos, como las salas de chat.
Yahoo indica que, de acuerdo a sus estadísticas, en México existe un crecimiento anual del 25% de usuarios de Internet, además de que también ha aumentado el tiempo promedio de conexión, que va de las 3 horas con 21 minutos en 2009 a 4 horas en 2010.
Ante este escenario y la necesidad de que las acciones incluidas en una campaña política cuenten con un marco jurídico, establecer estándares de las mejores prácticas en la materia son sustanciales para cumplir con la normatividad vigente.
Las mejores prácticas para campañas interactivas consisten en un conjunto de experiencias extraídas de casos de éxito de políticos en diversos contextos que, bajo circunstancias similares, pueden brindar resultados positivos para quienes las llevan a cabo.
objetivos principales para una campaña electoral en el consiste en crear una comunidad funcional capaz de transformar las condiciones de la campaña misma, descubriendo con los ciudadanos las herramientas necesarias para comunicar, compartir y levantar la voz.
Los políticos a nivel internacional que más han obtenido los beneficios de las buenas prácticas para realizar una campaña política interactiva, con base en la cantidad de adeptos que poseen en su página de Facebook, son:
# Político País Fanes en Facebook 1 Barack Obama Estados Unidos 13 738 642 2 Michelle Obama Estados Unidos 2 606 881 3 Sarah Palin Estados Unidos 2 244 255 4 Benigno Aquino III Filipinas 2 052 230 5 Manny Villar Filipinas 1 487 009 6 Antanas Mockus Colombia 800 830 7 Kemal Kılıçdaroğlu Turquía 800 556 8 Mahathir bin Mohamad Malasia 716 259 9 John McCain Estados Unidos 685 054 10 Mitt Romney Estados Unidos 585 329
Como se aprecia, las mejores prácticas para una campaña interactiva en Internet comenzaron con el fenómeno del presidente de Estados Unidos Barack Obama en 2008.
Dos meses antes de que Barack Obama ganara la elección del 4 de noviembre de 2008, la revista de difusión del MIT Technology Review entrevistó a Jascha Franklin-Hodge, cofundador y director de tecnología de la empresa BlueStateDigital, encargada de la estrategia de redes sociales de Obama. En el artículo “How Obama Really Did It”, Jascha resume en una frase la clave del e-marketing político: darle las herramientas a la gente para que ella misma construya el éxito de la campaña.
Dentro de su propio análisis sobre el Caso Obama , Blue State Digital resalta que los logros obtenidos se originaron desde el sitio de campaña: http://web.archive.org/web/http://mybarackobama.com/ sitio oficial de las redes sociales de la campaña, conocido desde aquel entonces como MyBO .
En el caso de México hasta la fecha ningún candidato ha desarrollado plenamente una campaña electoral interactiva. Si bien algunos políticos han empleado herramientas tecnológicas, como cuentas en twitter o Facebook , ningún partido político ha generado una estrategia basada en el empoderamiento y enseñanza de los votantes para compartir información y fomentar la capacidad de involucramiento.
Esta situación se reproduce a nivel jurídico, porque desde que entró en vigor en enero de 2008 el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales en México, no existe mención alguna sobre alguna observación que los candidatos y partidos deban considerar con respecto al uso de Internet en las campañas políticas ni con respecto a la participación interactiva de los ciudadanos con respecto a los candidatos y partidos políticos.
Prácticas positivas a través de medios digitales Como en cualquier cetencia en la que el objetivo sea vencer al oponente, en las campañas políticas se definen estrategias para lograr dicho objetivo; estas estrategias las pueden ejecutar una o más personas pero el “plan maestro” no debe ser del dominio de cualquiera, pues se corre el riesgo de que el contrincante, al conocer nuestra estrategia, sepa cómo derrotarnos o como prepararse para evitar que lo derrotemos. Sun Tzu dice: “lo que es de máxima importancia en la guerra es atacar la estrategia del enemigo ”.Sun Tzu, El arte de la guerra En este orden de ideas, aquello que no deseamos que el contrincante conozca es lo que se conoce como información confidencial.
Para evitar la fuga de información, en primer lugar los coordinadores de campaña pueden identificar plenamente cuál es esa información confidencial y con base en ello establecer quiénes serán las personas que la posean y con qué fin. Una vez delimitado lo anterior, se deberá proceder a informar a las personas cuál es esa información confidencial y hacer de su conocimiento la manera en que deberán manejarla y con quién podrán hacerlo. Para que, en caso de que no se respete el manejo cuidadoso de esta información, se puedan ejercer acciones legales, la transmisión de esa información sensible deberá constar en convenios de confidencialidad.Ley de la Propiedad Industrial, Artículos 82-86.
Pero el peligro del uso indebido de la información confidencial no se limita solamente al tiempo que duren las campañas, por lo que también será importante seguir protegiendo la información una vez alcanzados –o no- los objetivos, y para ello es recomendable incluir dentro de los convenios o acuerdos que se firmen entre las partes una cláusula de no competencia.Idem, Artículo 86
Es importante mencionar que la cláusula de no competencia no debe limitarse a quienes estén directamente incluidos en el equipo de campaña pues no son los únicos que pudieran aprovechar la información o el know how que se haya adquirido en el desarrollo de la misma, esta cláusula aplica también para los asesores externos, los diseñadores de la campaña en la parte de marketing , los proveedores de productos promocionales, las personas que proporcionen su imagen o su voz para comerciales, etcétera, aún y cuando no se les proporcione información confidencial.
Consideraciones sobre el Acuerdo Comercial Antifalsificación (ACTA) El Acuerdo Comercial Antifalsificación (ACTA) fue aprobado ya en México este 2010. Se establece que no obstante que el título del tratado sugiere que el acuerdo sólo cubre falsificaciones de bienes físicos, por ejemplo medicinas, este tratado propuesto tendrá un alcance más extenso, como es “la distribución de Internet y de las tecnologías de la información” (Anti-Counterfeiting).
Este Acuerdo tiene como objeto principal “establecer normas internacionales para la observancia de los derechos de propiedad intelectual a fin de combatir de manera más efectiva las actividades de falsificación y piratería, que de acuerdo a sus impulsores afectan significativamente los intereses comerciales y en muchos casos son responsables del financiamiento de actividades ilícitas.” Además, se establece que “es un tratado multi-lateral enfocado a crear un marco legal internacional que legisle a nivel global la piratería de bienes tangibles y digitales, con el objetivo de proteger la economía global, específicamente a la industria del copyright”.
Dentro de las mejores prácticas jurídicas que debe observar un candidato en una campaña política digital es el que debe apegarse a lo que regula el ACTA, en virtud de que debe buscar valores como la ética, honestidad, respeto y legalidad. Entre otros aspectos, un candidato debe observar y apegarse a la normatividad existente sobre el uso de Internet y sus herramientas como lo son las redes sociales.
Regulación y normatividad en México Existen campañas políticas que han utilizado estrategias de comunicación invasivas, spam político y publicidad agresiva. En ocasiones esto ha influido para disminuir la efectividad de los mensajes, ya que éstos no son dirigidos correctamente y existen impactos desperdiciados. Los políticos actuales deben enfocarse en campañas que respeten las garantías individuales de la población mexicana, ofreciendo un valor agregado, a las propuestas de campaña.
Al respecto. el acceso a la información pública es una garantía individual establecida en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El 20 de julio de 2007, se adicionó un segundo párrafo de siete fracciones al artículo sexto de la constitución, en donde se define como garantía pública de todos los ciudadanos el derecho al acceso a la información.
En cuanto a la protección de los datos de los ciudadanos debe contemplarse lo estipulado en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, que tiene como objeto regular el tratamiento legítimo de la información, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de las personas.
Una buena práctica en el momento de la campaña política interactiva consiste en manejar avisos de privacidad, en los cuales se detallen los propósitos del uso de la información recabada.
En campañas políticas interactivas, también es aplicable el Código Federal de Procedimientos Civiles, en el que se reconoce como prueba la información generada o comunicada que conste en medios electrónicos, ópticos o en cualquier tecnología. Dicho Código es útil cuando se presuma algún tipo de violación a bases de datos o a información reservada, usurpación de identidad y otros delitos asociados al uso del internet. En la valoración de la fuerza probatoria de la información referida en el párrafo anterior, es primordial la fiabilidad del método en que haya sido generada, comunicada, recibida o archivada y, en su caso si es posible atribuirla al tercero en cuestión, además de que debe ser accesible para ser consultada posteriormente.
La Ley de la Propiedad Industrial es aplicable para prevenir delitos informáticos, pues establece que una persona que realice una invención, modelo de utilidad o diseño industrial tiene el derecho exclusivo de su explotación en su provecho, por sí o por otros con su consentimiento. Se contempla la posibilidad de que la persona que guarde un secreto industrial pueda transmitirlo o autorizar su uso a un tercero y que dicho usuario autorizado tiene la obligación de no divulgar el secreto industrial por ningún medio.
Aquellos contenidos como bases de datos o mensajes claves también están protegidos dentro de la Ley Federal del Derecho de Autor, que indica que protege las obras de creación original susceptibles de ser divulgadas o reproducidas en cualquier forma o medio. La protección es concedida desde el momento en el que son fijadas en un soporte material, como lo sería en este caso un sitio web o un archivo electrónico, independientemente del mérito, destino o modo de expresión. El reconocimiento de los derechos de autor no requiere registro ni documentación de ninguna especie.
Herramientas para políticas de uso y privacidad En Internet es posible encontrar algunos servicios que sirvan de guía para diseñar las políticas de uso y privacidad adecuadas para cada perfil político. Algunas herramientas sirven de guía y otras más, sobre la base de un cuestionario, generan una forma automática de política de uso de acuerdo con los patrones seleccionados.