thumb|200px|Manifestación indígena en Canadá. miniaturadeimagen|Marcha de mujeres indígenas en Brasil alt=En el Ecuador habitan 14 nacionalidades y 18 pueblos indígenas. De estas, once nacionalidades y pueblos están en zonas fronterizas y siete son transfronterizas: Shuar, Achuar, Shiwiar, Andwa, Siekopa’i, Sápara y Kichwas, en la región amazónica. Además de la región oriental o amazónica, las nacionalidades y los pueblos indígenas están en la región sierra norte y centro, en las provincias de Imbabura, Cotopaxi, Tungurahua, Bolívar, Chimborazo y Cañar. Estos Pueblos y Nacionalidades, hablan diferentes lenguas y usan vestimentas confeccionadas por sus propios artesanos quienes usan materiales y diseños propios desde la época prehispánica. Estos son elementos diferenciadores de cada etnia.|miniaturadeimagen|Indígenas en Ecuador Los derechos de los pueblos indígenas son derechos colectivos que reconocen la condición particular de los pueblos indígenas. Estos derechos incluyen, además de los derechos colectivos sobre el territorio, el idioma, la cultura, la religión, también derechos humanos individuales, como el derecho a la vida, la integridad, y la no discriminación. El término puede utilizarse tanto como una demanda por parte de organizaciones sociales, como una disposición en leyes nacionales que regulan la relación entre los gobiernos y el derecho a la autodeterminación de estos pueblos autóctonos. En el derecho internacional, los derechos de los pueblos indígenas buscan proteger a estas comunidades frente a posibles vulneraciones por parte de los Estados o actores privados.

Definición y antecedentes históricos Para comenzar a hablar de estos pueblos, es importante entender el concepto de "originarios del lugar" que han sido invadidos y luego colonizados por foráneos. Estos pueblos ya habitaban la tierra, mucho antes que los colonos invasores, y que estos últimos los han despojado de todo aquello que integraba sus grupos de creencias, su lengua, sus tradiciones, y la cosmovisión que poseían en relación con la tierra que habitaban y su equilibrio con la naturaleza. Tal así, que en algunos casos, arrasaron con culturas ancestrales completas, llevándolas al total exterminio, y en otros, los han perseguido y violentado en el proceso de colonización, esclavizándolos y utilizándolos como mano de obra barata.

Estos derechos de los pueblos originarios, son aquellos que pertenecen a estos pobladores que habitaban un territorio que ha sido invadido y colonizado por forasteros. Es discutible exactamente quien hace parte de la población original, pero puede ser ampliamente entendido en relación con el colonialismo, y este último como dominación-dominado.

Se habla de los pueblos originarios en relación con las sociedades precoloniales que se enfrentaron a la amenaza específica del fenómeno de la ocupación, y la relación que tuvieron estas sociedades con las potencias coloniales. Ha sido difícil formular una definición que abarque todos pueblos que se autoidentifican como autóctonos y son aceptados como tales por los demás pueblos, así, la definición exacta de quiénes son los pueblos originarios, y el consiguiente estado de los titulares de derechos, puede resultar demasiado amplia o muy restringida y excluyente.

Adicionalmente, se ha llegado a distinguir entre nacionalidades, pueblos y comunidades indígenas, siendo que el más amplio lo constituyen las nacionalidades y dentro de éstas encontraremos pueblos que comparten una identidad cultural (por ejemplo, en Ecuador se pueden citar a los pueblos Chibuleo, Kisapincha, Saraguro).Corte Constitucional del Ecuador. Sentencia del 13 de octubre de 2021. Sentencia No. 1-15-EI/21 y acumulado. En lo que se refiere a las comunidades, éstas son entidades colectivas constitudas bajo la forma de ayllus o familias, que pertenecen a un determinado pueblo y nacionalidad. A esta distinción, podemos sumar la de pueblos tribales definidos como pueblos no indígenas que fueron llevados durante la época de la colonización a un territorio en concreto, no obstante, comparten carcaterísticas de los pueblos originarios en tanto ellos también poseen sus propias tradiciones y costumbres, junto con ¡ territorios ancestrales; algunos ejemplos son la población Maroon en Surinam y el pueblo tribal afrodescendiente chileno.Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso del Pueblo Saramaka vs. Surinam. Sentencia del 28 de noviembre de 2007 Serie C, Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas.

Ahora bien, en el contexto de los modernos pueblos originarios de los poderes coloniales europeos, el reconocimiento de los derechos indígenas se remonta a por lo menos al período del Renacimiento. Junto con la justificación del colonialismo con un propósito más elevado, tanto para los colonos y colonizados, algunas voces expresaron su preocupación por la forma en que los pueblos autóctonos han sido tratados y el efecto que tuvo sobre su sociedad.

En general, se constata que los pueblos originarios, han sufrido injusticias históricas por haber sido desposeídos de sus territorios, tierras y recursos y que en muchas partes del mundo no pueden gozar de los derechos humanos fundamentales en el mismo grado que el resto de la población de los Estados en que viven y que sus leyes, valores, costumbres y perspectivas han sufrido a menudo una erosión y son discriminados por su idioma, por su color de piel, por su situación económica o por sus formas de pensar diferentes.

La cuestión de los derechos de los autóctonos se asocia también con otros niveles de la lucha humana. Debido a la estrecha relación entre la situación de los pueblos originarios, culturales, económicas y sus valores ambientales, las cuestiones de derechos de los pueblos originarios se vinculan con la preocupación por el daño ambiental, el cambio climático y el desarrollo sostenible.http://www.ciesin.columbia.edu/TG/PI/RIGHTS/indig.html De acuerdo con científicos y con organizaciones ambientalistas, como la Fundación Selva, la lucha de los pueblos indígenas es fundamental para resolver el problema de la reducción de emisiones de carbono, y enfrentar las amenazas a la diversidad cultural y a la biodiversidad.http://www.treehugger.com/files/2008/10/indigenous-rights-reduced-emissions-deforestation.php United Nations, State of The World's Indigenous Peoples – UNPFII report, First Issue, 2009

Representación Los derechos, reivindicaciones e incluso la identidad de los pueblos originarios son comprendidos, reconocidos y respetados de manera muy diferente por los gobiernos. Varias organizaciones con características diferentes, de una u otra manera promueven las aspiraciones ancestrales y de los pueblos originarios que a menudo se han unido para formar organizaciones propias, y buscan promover en conjunto sus intereses comunes. La mayor representatividad ha sido conseguida por las organizaciones que agrupan a las comunidades y a sus instituciones y autoridades propias.

Entre las organizaciones indígenas pueden citarse a la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONAIE); el Consejo Saami que articula comunidades de Noruega, Suecia, Finlandia, Rusia y Centroamérica; la Organización de pueblos indígenas en Argentina (ONPIA) entre muchos otros.

Organizaciones Internacionales

Existen varias organizaciones no gubernamentales, tales como IWGIAel Grupo Internacional de Trabajo sobre Asuntos Indígenas y Survival International que tienen como objetivo central defender los derechos indígenas. Se ocupan de cuestiones relacionadas con derechos sobre la tierra, la preservación de la cultura y tratan de detener las diferentes formas de persecución y abuso contra los indígenas. Estas organizaciones subrayan que los problemas que enfrentan los pueblos originarios no se encuentran en cualquier deficiencia en su cultura o forma de vivir, sino en la falta de reconocimiento de que tienen del derecho a vivir en la forma que elijan, y de que están unidos al territorio donde viven. Consideran que su misión es ayudarles a defender el derecho a decidir su futuro, sin que las sociedades "occidentales" les impongan sus criterios de "desarrollo" y sus prioridades.friends of Peoples close to Nature website – Our Ethos and statement of principlesSurvival International website – About Us Estas organizaciones subrayan que las culturas indígenas han probado que pueden vivir por sí mismas en una forma sustentable y la raíz de sus problemas actuales es una injerencia en su forma de vida, en nombre del consumismo colonizador que agota de los recursos naturales.

Actualmente es crucial el debate de los derechos de los Pueblos Originarios frente a la voluntad de las Empresas y Estados de saquear con respecto a sus recursos naturales.Martí Puig, Salvador ENTRE EL DESARROLLO Y EL BUEN VIVIR. Recursos naturales y conflictos en territorios indígenas.

Naciones Unidas

Los pueblos indígenas del mundo estuvieron representados y sus asuntos estuvieron presentes por primera vez en las Naciones unidas en el Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas (WGIP). En abril de 2000, la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas adoptó una resolución para el establecimiento del Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas de la ONU (PFII) como cuerpo asesor del Consejo Económico y Social, con el mandato de examinar cuestiones indígenas.

A finales de diciembre de 2004, la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó la Segunda Década Internacional de los Pueblos Indígenas del Mundo, de 2005 a 2014. El principal objetivo de tal década fue la de fortalecer la cooperación internacional en torno a la resolución de los problemas que enfrentan los pueblos indígenas en esferas tales como la cultura, la educación, la salud, los derechos humanos, el medio ambiente, y desarrollo social y económico.

Existen varios mecanismos internacionales para salvaguardar los derechos de los pueblos originarios, que reconoce en más de 70 países.

El 13 de septiembre de 2007, después de un proceso de preparación, debates y negociaciones que se remontaba hasta 1982, la Asamblea General adoptó la Declaración sobre los derechos de los pueblos indígenas. La declaración no vinculante establece los derechos individuales y colectivos de los pueblos indígenas, así como sus derechos a la identidad, cultura, idioma, empleo, salud, educación y otras cuestiones. Cuatro naciones que tienen importantes poblaciones indígenas votaron en contra de la declaración: los Estados Unidos, Canadá, Nueva Zelanda y Australia. Once naciones se abstuvieron: Azerbaiyán, Bangladés, Bhután, Burundi, Colombia, Georgia, Kenia, Nigeria, Rusia, Samoa y Ucrania. Treinta y cuatro naciones no votaron y los restantes 143 naciones votaron a favor.

Convenio 169 de la OIT

El Convenio 169 fue aprobado en 1989 por la Organización Internacional del Trabajo. Hasta ahora 24 países lo han ratificado y adoptado: Argentina, Alemania, Bolivia, Brasil, República Centro Africana, Chile, Colombia, Costa Rica, Dinamarca, Dominica, El Salvador , Ecuador, España, Fiyi, Guatemala, Holanda, Honduras, Luxemburgo, México, Nepal, Nicaragua, Noruega, Paraguay, Perú y Venezuela. Reconoce los derechos a la propiedad de la tierra, la igualdad y la libertad y la autonomía en las decisiones sobre los asuntos de los pueblos indígenas y establece la consulta previa, libre e informada de cualquier medida administrativa o legislativa que les afecte directamente y de la explotación de recursos naturales en su territorio.UNPO – ILO 169: 20 years laterSurvival International – ILO 169Jones, Peris: When the lights go out. Struggles over hydroelectric power and indigenous rights in Nepal NIBR International Blog 11.03.10

Organización de Estados Americanos