Clara Eugenia Bayarri García (Tetuán, Marruecos, 1960) es una jurista española, magistrada de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional desde 2006.

Biografía Licenciada en Filología Hispánica (1982) y Derecho (1983) por la Universidad de Valencia, ingresa en la carrera judicial en 1986. Su primer destino fue en Chiva (Valencia), pasando después al juzgado nº 13 de Valencia. Ya como magistrada pasó al juzgado de Instrucción número 17 de Valencia. Tras seis años en el Juzgado de lo Penal nº 6 de Valencia, se trasladó a la Audiencia Provincial de Barcelona en calidad de magistrada de la Sección Sexta (penal) durante cuatro años. Desde 2006 es magistrada en la Sección Tercera de la Sala Penal de la Audiencia Nacional, en Madrid.

Caso Garzón Fue una de las jueces que reconoció la competencia de Garzón al instruir el procedimiento por los crímenes del franquismo en noviembre de 2008, y publicó en un artículo en el diario El País el 22 de abril de 2010 en el que decía:

Caso Mobutu En la condena por la Audiencia Nacional del terrorista etarra Félix Alberto López de Lacalle Gauna, Mobutu, a 81 años de prisión por el asesinato de tres guardias civiles en una prueba ciclista en octubre de 1980 en Salvatierra (Álava), formuló un voto particular discrepante pidiendo su libre absolución.

Caso Gürtel

El 30 de octubre de 2015, se aceptó la recusación de los magistrados de la Audiencia Nacional Concepción Espejel y Enrique López como miembros del tribunal que debería juzgar el caso Gürtel, por su cercanía al Partido Popular. En el caso de la recusación de Concepción Espejel, Clara Bayarri fue la ponente y votó a favor de la recusación. En el caso de la recusación de Enrique López, Bayarri también votó a favor.

Caso Pitufeo En el archivo (2021) del presunto pitufeo cometido por el Partido Popular de Valencia -causa que trataba sobre el dinero que manejaba el PP en 2015 y que se cerró considerándose que no estaba probado que los importes fueran «bienes de origen delictivo»; se les consideraba «dinero negro» (ilícito), pero no «dinero sucio» (delictivo)- en su condición de magistrada de la sección cuarta de la Audiencia de Valencia, Bayarri defendió con un voto particular que los cincuenta investigados debían ir a juicio porque «todos los hechos de 2007, 2011 y 2015 están relacionados» y el presunto blanqueo de capitales se cometió «desde el momento en el que las cincuenta personas ingresan los mil euros en la cuenta extrainstitucional y opaca abierta desde 1995». En opinión de Bayarri, era «irrelevante que se produzca la devolución o no de los mil euros», porque el blanqueo se producía con «el efectivo pago a proveedores por el grupo municipal del PP con dinero sucio, una vez mezclado éste con el dinero ilícito obtenido mediante las transferencias lícitas».

Publicaciones La prueba ilícita y sus efectos (Madrid) Delito y falta de lesiones (Valencia).

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Referencias

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