miniatura|derecha|Mapa de la provincia de Entre Ríos
Los límites territoriales de la provincia de Entre Ríos en la República Argentina están definidos por leyes nacionales y tratados internacionales y se apoyan en cauces fluviales, excepto un tramo de 2.5 km de línea divisoria de límite seco con la provincia de Corrientes.
Descripción de los límites territoriales La provincia de Entre Ríos tiene límites internacionales con la República Oriental del Uruguay en los departamentos Federación, Concordia, Colón, Uruguay, Gualeguaychú e Islas del Ibicuy; y límites interprovinciales con la provincia de Corrientes en los departamentos La Paz, Feliciano y Federación; la provincia de Santa Fe en los departamentos: La Paz, Paraná, Diamante, Victoria y Gualeguay; y la provincia de Buenos Aires en los departamentos Gualeguay e Islas del Ibicuy.
El límite con las provincias de Santa Fe y Buenos Aires se apoya en la línea de navegación del río Paraná —denominado río Paraná Guazú a partir de la separación del río Paraná de las Palmas— comenzando al norte en la boca de separación del riacho Espinillo y finalizando en la confluencia del canal de acceso al Paraná Guazú con el canal Principal del Río de la Plata. El límite con la provincia de Corrientes se apoya al oeste en el arroyo Basualdo, continuando por el río Guayquiraró, el brazo del Paraná denominado riacho Ingacito y remontando luego el riacho Espinillo hasta sus nacientes en el Paraná. Por el este se apoya en el arroyo Tunas y el río Mocoretá hasta su desembocadura en el embalse de Salto Grande. Entre ambos límites existe una línea divisoria de 2,5 km. La ley no ha establecido si los límites corren por la línea media o por el thalweg de estos cursos de agua o si rige la comunidad de aguas denominada álveo. El límite con Uruguay se apoya en la línea media que tenía el río Uruguay antes de llenarse el embalse de Salto Grande, desde la isla Brasilera hasta la represa de Salto Grande. Sigue luego por la vaguada del río Uruguay hasta el paralelo de punta Gorda, con excepción de la bifurcación del canal de la Filomena.
Antecedentes a la definición de los límites Creación de la provincia de Entre Ríos El 10 de septiembre de 1814 el director supremo de las Provincias Unidas del Río de la Plata, Gervasio Antonio de Posadas, dispuso por decreto separar de la gobernación intendencia de Buenos Aires a la provincia de Entre Ríos y a la provincia de Corrientes, erigiéndolas en gobernaciones intendencias con sus propios titulares y fijando sus jurisdicciones territoriales.
Sin embargo, el cabildo de la ciudad de Corrientes manifestó oposición reclamando mantener su jurisdicción hasta el río Guayquiraró, y el estado de guerra impidió la plena constitución de la nueva provincia.Historia de la provincia de Corrientes, Volumen 2, p. 76. Autor: Hernán Félix Gómez. Editor: Amerindia Ediciones Correntinas, 1997 El 3 de noviembre de 1814 el cabildo gobernador escribió al director supremo:Coleccion de datos y documentos referentes á Misiones como parte integrante del territorio de la provincia de Corrientes, partes 1-3, pp. 18-19. Autor: Comisión para coleccionar los documentos que comprueban los derechos de la provincia de Corrientes al territorio de las Misiones. Editor: La Verdad, 1877
El arroyo Aguarachi, Aguarachí o Aguarachay es desconocido en la toponimia actual, siendo el arroyo María Grande el afluente del río Corriente o Corrientes más cercano a las fuentes del arroyo Curuzú Cuatiá, y el único geográficamente accesible desde él.
La ciudad de Santa Fe continuó reclamando como parte de su jurisdicción los límites fijados en su acta de fundación:
El 10 de enero de 1974 la provincia de Buenos Aires promulgó la ley N.° 8153 que dispuso la derogación de la ley 7260 de 1966, pero no llevó adelante acciones de desconocimiento del límite.Teoría general y derecho de los tratados interjurisdiccionales internos: su desenvolvimiento en la estructura institucional Argentina. Pág. 373. Autor: Horacio Daniel Piombo. Editor: Depalma, 1994 Finalmente, el decreto-ley n.° 18000 fue confirmado por el Congreso Nacional al sancionarse el Digesto Jurídico Argentino el 21 de mayo de 2014 como ley DJA W-0738.LEY DJA: W-0738. Digesto Jurídico Argentino
El límite con Uruguay El 7 de abril de 1961 fue firmado con la República Oriental del Uruguay el Tratado de Límites del Río Uruguay, precisando el límite en el río Uruguay. El tratado fue ratificado por el Congreso Nacional Argentino mediante la ley N.° 15868 sancionada el 13 de septiembre de 1961.Ley N.° 15868 Uruguay lo ratificó el 30 de diciembre de 1965 por medio de la ley Nº 13462, por lo que se hizo efectivo con el canje de ratificaciones el 19 de enero de 1966.Cisneros, Andrés & Carlos Escudé (2000). Historia general de las relaciones exteriores de la República Argentina. Tomo XIII: Las relaciones políticas, 1943-1966. Capítulo 63: La política exterior al servicio de una estrategia de desarrollo económico (1958-1962). “Algunas cuestiones con los países vecinos”. Centro de Estudios de Política Exterior. Grupo Editor Latinoamericano. La ley N.° 15868 fue confirmada por el Congreso Nacional al sancionarse el Digesto Jurídico Argentino el 21 de mayo de 2014 como ley DJA O-0545.LEY DJA: O-0545. Digesto Jurídico Argentino
Desde la isla Brasilera, localizada en la desembocadura del río Cuareim en el río Uruguay, hasta la represa de Salto Grande, el límite se apoya en la línea media del cauce que tenía el río antes de la formación del embalse de Salto Grande. Esta línea hacía las inflexiones necesarias para dejar bajo una y otra jurisdicción las islas e islotes, pero las inflexiones fueron suprimidas al llenarse el embalse en 1979.
Aguas abajo de la presa hasta el paralelo de punta Gorda, el límite internacional se apoya en el eje del canal principal del río. Sin embargo en el sector de las islas Filomenas se dispuso la vigencia de dos líneas límites: una de ellas, que corre por el canal del Medio; de este modo las islas Filomena Grande, Filomena Chica, Bassi, Palma Chica, Tres Cruces y los islotes Alba, Chingolo y dos más sin nombre, fueron reconocidas como uruguayas a pesar de encontrarse al oeste del límite y en aguas jurisdiccionales argentinas. La otra corre por la vaguada o canal de la Filomena, sirve para dividir las aguas. De esta forma, Uruguay mantuvo bajo su soberanía a las islas pobladas desde mucho tiempo atrás por orientales. Ambos países se reconocieron la más amplia libertad de navegación en el río Uruguay, incluyendo sus buques de guerra, y reafirmaron la libertad de navegación para los buques de todas las banderas (artículo 5).
Debido al litigio que Uruguay mantiene con el Brasil por la isla Brasilera, aquel país considera indefinido el punto tripartito de la frontera.
El 19 de noviembre de 1973 Argentina y Uruguay firmaron el Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo que fijó el límite en el Río de la Plata. El tratado fue ratificado por Argentina por la ley N.° 20645 sancionada el 31 de enero de 1974,Infoleg. Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo por Uruguay por decreto ley N° 14145 del 25 de enero de 1974Decreto Ley N° 14145 y entró en vigencia con el canje de ratificaciones el 12 de febrero de 1974. La ley 20645 fue confirmada por el Congreso Nacional Argentino al sancionarse el Digesto Jurídico Argentino el 21 de mayo de 2014 como ley DJA O-1006.LEY DJA: O-1006. Digesto Jurídico Argentino
En el área correspondiente a Entre Ríos el límite del lecho y del subsuelo Río de la Plata quedó fijado por la línea que desde el punto de coordenadas 33° 55,0’ S-58° 25,3’ O situado en el paralelo de Punta Gorda une los puntos: 33° 57,3’ S-58° 24,3’ O, 34° 00,0’-S 58° 22,6’ O y 34° 02,3’ S-58° 20,7’ O (carta H-118 2° edición de 1972 del Instituto Geográfico Militar de Argentina), dejando bajo soberanía de Uruguay a la isla Juncal y a la isla Juncalito. De acuerdo al artículo 2 del tratado, el canal de acceso al río Uruguay -canal Principal- corresponde a aguas de uso común a ambos países, finalizando la jurisdicción exclusiva de las aguas argentinas a 500 m al oeste del veril occidental del canal.
El límite con Santa Fe Tras el acuerdo celebrado entre representantes de Entre Ríos y de Santa Fe el 17 de marzo de 1969 en la ciudad de Santa Fe, con la anuencia de la Comisión Nacional de Límites Interprovinciales, ratificado por la ley provincial de Entre Ríos n.º 8855, el 5 de septiembre de 1979 fue sancionado y promulgado el decreto ley nacional n.° 22067 que dispuso que el límite oeste se apoye en el canal de navegación del río Paraná. Debido a ello numerosas islas pasaron a la jurisdicción de Santa Fe, entre ellas: isla de los Pájaros, isla Pelada, isla Larga, isla La Paciencia, etc. El decreto-ley n.º 22067 fue confirmado por el Congreso Nacional al sancionarse el Digesto Jurídico Argentino el 21 de mayo de 2014 como ley DJA W-1200.LEY DJA: W-1200. Digesto Jurídico ArgentinoLEY Nº 22067
La formación de nuevas islas hizo que se suscitaran diferencias sobre la jurisdicción del grupo de islas formado por la isla de los Mástiles y por la isla La Carlota (hoy unidas), e islotes adyacentes,La Isla de los Mástiles ubicadas al oeste del canal Destilería y que son reclamadas por las localidades santafesinas de Capitán Bermúdez (parte norte) y de Granadero Baigorria (parte sur), pero que administró Entre Ríos (al menos hasta 2005) como parte del ejido municipal de Victoria.La Capital. Entre Ríos ratifica su soberanía sobre dos islas Santa Fe sostiene que el límite corre allí por el canal Destilería, como correspondía al momento de la sanción de la ley n.º 22067, que menciona en el área como pertenecientes a Santa Fe a las islas sin nombre n° 4 y sin nombre n° 5 (frente a Capitán Bermúdez). Para Entre Ríos el límite debe ser el cauce principal actual del río Paraná (paso Borghi), teniendo en cuenta que la costa entrerriana sufrió una fuerte erosión frente a las islas que hizo que el canal Destilería se desplazara hacia el este, lo cual se acentuó como consecuencia de la construcción del puente Rosario-Victoria y sucesivos dragados la línea de navegación del río Paraná.Universidad Nacional de La Plata Facultad de Ciencias Naturales y Museo “El Río Paraná: geomorfología y morfodinámica de barras e islas en un gran río anabranching”, pp. 158
También existe la disputa sobre un grupo de islas situadas frente al puerto de Rosario a una distancia de 1.5 km, en donde se halla el balneario El Banquito y otros paradores turísticos.Islas disputadas con Santa Fe Este grupo comprende la isla Ingeniero Sabino Corsi Norte (21,5 ha), Ingeniero Sabino Corsi Sur (18 ha) (ambas casi unidas), y General Juan Pistarini (5 ha), todas reclamadas por el municipio de Rosario, y que no existían al momento de establecerse el límite en 1979.Diario La Capital. Los concejales desembarcaron en el Banquito y reclamaron la soberaníaMapa del municipio de Rosario mostrando las islas reclamadas Estas islas fueron empadronadas como dominio fiscal por la provincia de Santa Fe en 1994, pero son administradas por el municipio entrerriano de Victoria.La Capital. El Banquito está en poder de Entre Ríos pero es santafesino
Referencias
Categoría:Historia de la provincia de Entre Ríos