thumb|200px|Paquio Próculo y su esposa. Acuarela de Pompeya del siglo I. Actualmente se exhibe en el Museo de Capodimonte, Nápoles. El matrimonio en la Antigua Roma era una de las principales instituciones de la sociedad y tenía como principal objetivo generar hijos legítimos que heredasen la propiedad y la situación de sus padres.
Entre los patricios también servía para sellar alianzas políticas o económicas. Un ejemplo era el de Julia, hija de Julio César y Cornelia, quien inicialmente se había comprometido con Marco Junio Bruto y que terminó casándose con Pompeyo debido al deseo de su padre de establecer una alianza con este, lo que condujo al Primer Triunvirato. Otro ejemplo fue el tratado de Tarento, el cual dio lugar al matrimonio entre Octavia la Menor y Marco Antonio.
En principio, no era necesario un acto jurídico o religioso para que el matrimonio fuera reconocido como tal, bastando la convivencia entre un hombre y una mujer. La estructura del matrimonio se desarrolló en la época de la República, pero fue modificada durante el Imperio.
Varios ritos del matrimonio en la Antigua Roma fueron heredados por el mundo occidental contemporáneo, como la existencia de un anillo de compromiso, el consentimiento de los padres, el uso de velo por parte de la novia, la unión de las manos de los contrayentes o el acto del beso con la novia después de que quien dirigía la boda le pusiera término a la ceremonia, lo que demuestra la de esta civilización.
Perspectiva histórica
thumb|200px|Estatua de Augusto con la toga del pontifex maximus, la más alta magistratura religiosa de la Antigua Roma. Museo Nacional Romano, Roma. En principio, no era necesario un acto jurídico o religioso para que el matrimonio fuera reconocido socialmente en la Antigua Roma, bastaba la convivencia entre un hombre y una mujer para que estos fueran considerados casados. La estructura jurídica del matrimonio se desarrolló en la época de la República, pero fue modificada durante el Imperio.
Hasta el , los únicos que tenían derecho a contraer matrimonio eran los patricios. En ese mismo año, a través de la lex Canuleia, el matrimonio les fue permitido a todos los ciudadanos, así como la unión entre los patricios y los plebeyos.
En la época de Augusto, primer emperador romano, la legislación relativa al matrimonio sufrió cambios. En ese momento había en Roma un declive demográfico que sintieron particularmente las grupos aristocráticos. Por un lado, se debió a que la fecundidad de las parejas había descendido, hecho causado por la presencia de plomo en las tuberías de los acueductos que llevaban el agua potable y porque las mujeres usaban maquillaje, que también contenía dicho elemento químico. Además, las parejas evitaron procrear más de dos hijos para evitarles el perjuicio de la devaluación social que les causaría el reparto de los bienes, dado que la posición social dependía de la riqueza personal. Por otro lado, muchas patricias optaban por no casarse, puesto que preferían seguir bajo la potestad de un padre o un hermano, que podían ser relativamente flexibles, antes de someterse a la voluntad de un marido. Para fomentar el matrimonio, Augusto promulgó dos leyes, la lex Iulia de maritandis ordinibus () y la lex Papia Poppaea (). Estas leyes determinaron que todos los hombres con una edad comprendida entre los veinticinco y los sesenta años y todas las mujeres entre los veinte y los cincuenta años pertenecientes al Senado y al orden ecuestre (que constituían la clase dirigente del Estado romano) tendrían que casarse obligatoriamente, siendo penalizados en caso de no hacerlo. La penalización consistía en impedir que recibiesen legados o herencias de personas ajenas a su familia. También se estableció el ius trium liberorum a través de la cual los padres con tres o más hijos legítimos gozaban de determinados privilegios, como la reducción de la edad mínima para el acceso a las magistraturas. Para las mujeres, la concesión del ius trium liberorum permitía la gestión propia de sus bienes (sin la interferencia del marido o del padre), pudiendo legalmente heredar y legar. Las medidas tuvieron poco efecto y el propio ius trium liberorum fue muchas veces atribuido como recompensa para los hombres que no querían tener hijos, como ocurrió en los casos de Marcial, Plinio el Viejo, Plinio el Joven o Suetonio.
Requisitos
thumb|200px|Representación de la prostitución. Tapiz del Apocalipsis de Angers. Para que un matrimonio fuera válido en la Antigua Roma (en latín, iustae nuptiae), era necesario que se respetaran los siguientes requisitos: edad mínima de catorce años para los hombres y doce años para las mujeres, capacidad jurídica y consentimiento de los respectivos pater familia.
Connubium
La capacidad jurídica matrimonial recibía el nombre de connubium y de ella gozaban únicamente los ciudadanos romanos. Los extranjeros, los esclavos, los actores y los que se dedicaban a la prostitución tenían prohibido contraer matrimonio, aunque el connubium podía concederse en casos excepcionales.
No era lícito el connubium entre padre e hija, madre e hijo, incluso si el hijo o hija era adoptado, ni entre hermanos, incluso si solamente eran medio hermanos. Tampoco estaba permitido el matrimonio de un hombre con la hija de su hermano, prohibición que fue modificada por el Senado Romano para permitir el matrimonio del emperador Claudio con su sobrina Agripina la Menor en el año , exponiéndole las razones al estado romano.
Edad legal
La edad mínima que debían tener las personas para casarse estaba relacionada con la pubertad (pubertas). Se entiende por ella la edad en la cual las facultades físicas de ambos cónyuges estén suficientemente desarrolladas como para que les permita realizar el fin del matromonio; esto es, la proceación de hijos. La pubertad se fija en los 12 años para la mujer y 14 para el varón. En el hombre, el hecho de llegar a la pubertad constituía todo un acontecimiento familiar y era un acto social de gran importancia, que acarreaba consigo la celebración de una serie de ceremonias en la época del año en que se realizaban las fiestas en honor del dios Baco, permitiéndole por primera vez vestirse con la toga viril.
Casarse cuando aún no se había completado el proceso del desarrollo físico implicó para muchas jóvenes romanas la muerte prematura durante el parto así como otras complicaciones asociadas. Las mujeres menos acomodadas se casaban a una edad más madura ya que para ellas no era tan fácil obtener la dote. Los padres podían realizar una promesa matrimonial para sus hijos cuando estos ya tenían siete años de edad.
Consentimiento
El consentimiento requerido para contraer matrimonio era el de los contrayentes y el de sus paterfamilias.
Las personas que van a contraer matrimonio deben expresar libremente su consentimiento para llegar a realizarlo. En una primera época, y como es lógico suponer, este consentimiento era secundario, ya que la autoridad paterna era absoluta; inclusive se podía obligar al hijo a contraer matrimonio. Pero posteriormente y ya en la época imperial, este fue un requisito indispensable con independencia de la voluntad paterna. La persona que se casa siendo sui juris, no tiene necesidad del consentimiento de nadie. No ocurre así con los hijos bajo autoridad paternal, los cuales deben contar con el consentimiento del paterfamilias. Este consentimiento de los padres no estaba fundado en el interés de los futuros cónyuges, sino única y exclusivamente en la autoridad familiar.
Noviazgo
La celebración del noviazgo de los contrayentes se realizaba en una ceremonia (sponsalia) en la que se reunían ambas familias. El novio ofrecía regalos a la novia, entre ellos un anillo de hierro, cambiado más tarde por uno de oro, el cual era colocado en el dedo anular de la mano izquierda debido a que en la antigüedad se creía que este dedo se comunicaba con el corazón a través de un nervio. También se firmaba el contrato nupcial en el que se establecía el monto de la dote (dos). Realizados estos trámites, se celebraba un banquete. El matrimonio se celebraba en un período comprendido entre algunos meses y dos años después del noviazgo.
Tipos de matrimonio
Existían dos formas jurídicas para contraer matrimonio: el cum manu, o también llamado in manum, y el sine manu.
A través del matrimonio cum manu, la mujer romana pasaba de la autoridad de su padre a la del marido. Se trataba de una forma patrilineal y patrifocal de matrimonio. Quedaban por tanto bajo la potestad de sus maridos, aunque en menor medida que su progenie, quienes quedaban bajo la patria potestas.
El matrimonio cum manu cayó en desuso, incluso antes del final de la República, lo que dio lugar a una nueva forma, el sine manu, bajo lo cual la mujer permanecía bajo la tutela de su padre, quien decidía la persona que sería tutor en caso de que el padre muriera, disponía de sus bienes y recibía sus herencias; en caso de producirse el divorcio, la dote no sería solo para el marido. El matrimonio cum manu se manifestaba en tres formas: el confarreatio, el coemptio y el usus.
Cum manu Confarreatio
thumb|200px|Busto de un sacerdote flamen La confarreatio era la más antigua y solemne forma de matrimonio en la Roma Antigua, siendo practicada por los patricios durante esos tiempos. Era práctica obligatoria entre los Rex sacrorum, los Flamen Dialis, los Flamen Martialis y los Flamen Quirinalis, además solo podían casarse de esta forma, estos sacerdotes tenían que ser hijos de las parejas casadas en un confarreatio.
La confarreatio también era la única forma de matrimonio en la que los sacerdotes podían estar presentes, y eran los Flamen, en representación de Júpiter, y al igual los Pontifices Maximi. La ceremonia se celebraba en presencia de diez testigos, ya que los novios estaban con la cabeza cubierta uno al lado del otro en bancos cubiertos con piel de oveja ofrecida en un sacrificio. Después continuaba con un acto solemne en el que el novio daba una vuelta a la derecha del altar, tomaba un poco de sal y una bola de espelta, el panis farreus, lo que daba lugar al nombre confarreatio, con lo cual juraba amar a su esposa, quedando ambos elementos depositados en las manos de los contrayentes.
Octavio y Livia decidieron casarse en esta forma de matrimonio.
Coemptio
La coemptio sí fue una restauración simbólica de los tiempos remotos en los que los hombres compraban a las mujeres para poder casarse. Requería únicamente cinco testigos, ante los cuales el novio pagaba al padre de la novia una moneda de plata y una de bronce, lo que colocaba al hombre en un equilibrio seguro, el libripens.
Usus
El matrimonio por usum o usus era una de las tres formas de matrimonio, junto a la confarreatio y la coemptio admitidas en el Derecho Romano para la celebración del matrimonio. Para poder llevar a cabo esta forma de matrimonio la novia debía haber estado un año con su novio. Para disolver el matrimonio era necesario que la novia durmiera durante tres noches seguidas fuera de su casa, conocido como trinoctio.
Ritos Elección de la fecha
Debido a su importancia en la vida de los hombres y las mujeres, el matrimonio debía realizarse en fechas consideradas como favorables. El período considerado como el más adecuado era la segunda mitad del mes de junio, porque estaba relacionado con el solsticio de verano, momento del apogeo del mundo natural.