El Testamento de Diego Ruiz de Castellblanch o Castellblanque, «señor de Torrebaja» (1638), A lo largo de la exposición se utilizarán los apellidos Ruiz de Castellblanque, por ser los que figuran en el testamento de don Diego Ruiz de Castellblanque. Sin embargo, la grafía de este apellido, vinculado al «mayorazgo de Torrebaja» (Valencia) desde el último tercio del siglo XVI, ha variado con el tiempo, siendo distinta según el momento histórico. De esta manera, además de la forma en que viene reseñada en el manuscrito del testamento, se ha escrito como: Castellblanch y Castell-Blanch (Martín de Viciana, R., (1502-1574); Castelblanc (Mares Martínez, V., 1680); Castellblanque (1769) y Castilblanque (1802 y 1856). se refiere a la exposición y comentario de un testamento, documento notarial correspondiente a las últimas voluntades de uno de los primeros señores del lugar de Torrebaja, provincia de Valencia, (Comunidad Valenciana, España).
thumb|300px|Vista general de Torrebaja (Valencia), desde La Dehesa (Ademuz).
Introducción La trascendencia e importancia del manuscrito resulta manifiesta para conocer la historia local, comarcal y provincial, porque constituye uno de los documentos básicos referentes a la constitución del mayorazgo de Torrebaja, territorio de señorío en la jurisdicción de Castielfabib, que marca el origen de la localidad como entidad urbana y futuro municipio.El Mayorazgo fue una típica institución medieval, destinada a preservar ciertos bienes de una familia, especialmente las tierras, heredándolas el hijo mayor. Históricamente, dicho derecho ya lo vemos instituido en Castilla en el siglo XIII, figurando en las Siete Partidas de Alfonso X el Sabio (1221-1284), referido a las familias de la nobleza. A principios del siglo XVI [Leyes de Toro (1505)], la institución se generalizó a otros estamentos sociales, imposibilitando la venta de bienes raíces del Mayorazgo una vez instituido el vínculo. En el siglo XVII ya comienza a admitirse la división de los bienes entre los hermanos mayores, para evitar la acumulación de grandes propiedades; tendencia que se acentuó en siglos posteriores, pero no fue hasta el Trienio Liberal (1820) cuando comenzaron a permitirse las ventas patrimoniales. De nuevo los absolutistas lo implantaron (1824), pero la propia crisis económica y agraria de aquel tiempo propiciaron la abolición definitiva de la institución (1836), con gran alivio de los terratenientes que, pese a sus grandes propiedades y rancio abolengo, se hallaban casi arruinados, sin disponer en la práctica de capital líquido -según recoge Alfredo Sánchez Garzón-.
Además de demostrar los orígenes fundacionales del mayorazgo (-) y su genealogía, define los límites geográficos de aquella antigua propiedad familiar, sobre la que se asentaría el actual municipio de Torrebaja varios siglos después (), ilustrándonos acerca de la forma de vida, mentalidad y preocupaciones de la «pequeña nobleza» en una localidad española del Setecientos. thumb|300px|Vista de la Casa Grande y torreón de Los Picos, solar de los Ruiz de Castellblanque en la plaza del Ayuntamiento, Torrebaja (Valencia).
Para el estudio se parte de una reproducción poco legible del testamento (1638), copia manuscrita tardía del documento original, sacada en Albarracín (1729), y que consta de diez hojas. El registro original es de propiedad particular, aunque existe una copia en el Archivo Histórico Municipal de Torrebaja (Valencia). La letra del manuscrito es clara, basada en trazos firmes y de sugestiva lectura -utilizando tinta negra y plumilla-, sesgada hacia la derecha. La dificultad de su transcripción se cifra en que las líneas de escritura de las páginas vueltas se sobreponen con las rectas, confundiéndose los trazos.
El propósito es el análisis y comentario general del instrumento notarial, habida cuenta su interés para el conocimiento de la historiografía local (Torrebaja), comarcal (Rincón de Ademuz) y provincial (Valencia), completando versiones anteriores.
Comentario general El documento es un típico instrumento notarial de la época (-), cuya comprensión presenta algunas dificultades, nacidas del propio texto manuscrito o de errores de transcrición. Pues se trata de la copia literal de un testamento, realizada casi cien años después de haber sido otorgado por el testador. Para su estudio se ha dividido en tres partes, claramente diferenciadas.
Encabezamiento y descripción del registro El epígrafe se refiere al acto de entrega del testamento por parte del testador al notario de Ademuz -Domingo Pérez-, lo que se hizo en presencia de los testigos que se citan. La inscripción del documento dice claramente que se trata de un testamento y de la fecha de entrega (1638); sin embargo, el notario encabeza el registro de recogida de la plica como «millesimo sescentisimo vigisimo octavo die vero intitulato cuarto mensis octubris», que en la traducción literal correspondería al 4 de octubre de 1628, pensando que dicho «vigisimo» pueda ser realmente un «trigésimo», aviniéndose más con la lógica. Como de la fecha del testamento se dice más adelante, siendo esta coincidente con dicho año, hemos de pensar que la copia o la traducción del encabezamiento no es correcta, sin que tengamos otra explicación que la expuesta (fol.1r-v). La data del testamento lo es «en el Lugar de la Torrebaja del Villar de Orchet», siendo en este epígrafe donde aparece por primera vez el nombre de Torrebaja asociado al del Villar de Orchet. En el registro no se dice el día de la muerte del testador, pero sí que el testamento fue abierto por el notario en Torrebaja, delante de los herederos, el 14 de mayo de 1643, probablemente el mismo día de su fallecimiento (fol.2r). Es de pensar que fuera así porque en el texto se dan precisas instrucciones para el sudario, enterramiento y limosnas a gente necesitada (vestidos y dineros), que debían hacerse el mismo día del óbito, así como de las misas a celebrar, que debían decirse dos días después. thumb|300px|Detalle del torreón de Los Picos, anexo a la Casa Grande, solar de los Ruiz de Castellblanque en la plaza del Ayuntamiento, Torrebaja (Valencia).
Del testamento propiamente De la meticulosa descripción del notario se colige que el testamento se componía de seis hojas [tres folios doblados en cuartilla, haciendo seis hojas]: cinco escritas y una en blanco. El testamento comienza al estilo de la época: «Yn Dei nomine Amen>: en el nombre de Dios Amen. Se identifica el testador con su nombre y título, dándonos razón del nombre de sus padres, «señores que fueron de este dicho mi lugar...», siendo dichos datos de gran utilidad para establecer la cronología y nombres de los señores de Torrebaja. A tenor de lo que se dice, don Diego se halla enfermo y encamado. Nada se dice de su edad y dolencia, pero sí que es un hombre creyente y «temeroso de la muerte que es natural a todo hombre...», aludiendo a sus devociones. Da precisas instrucciones a sus albaceas, para cuando fallezca, indicando cómo quiere ser amortajado e inhumado, «con el hábito de San Francisco y enterrado y sepultado dentro de la Capilla mayor frente del Smo. Sacramento de la iglesia» del Lugar de Torrebaja.
Aunque no se menciona la advocación del templo, tal vez sea esta la primera vez que se alude a la Iglesia Parroquial de Santa Marina en un documento particular. La siguiente mención más próxima la hallamos en la Relación ad limina de fray Diego Serrano de Sotomayor, obispo de Segorbe (1641), «cuius ecclesia parrochialis sub honorifficentia est Sanctae Marinae, quas ecclesias earumque ornamenta ac vasa divino culti dicata visitavi et inveni supradictum rectorem ex fructibus primitialibus in sui sustentationem et reditum plusquam centum libras capere» [=cuya iglesia parroquial está dedicada en honor de santa Marina, las cuales iglesias (la de Torrebaja y Torrealta), ornamentos y vasos divinos dedicados al culto visité y encontré que el rector mencionado recibe de los frutos primiciales para su sustentación y renta más de cien libras].Según recoge Mª Milagros Cárcel Ortí.
Los datos poblacionales más próximos y fiables de Torrebaja concoidos son de 1656, teniendo entonces el Lugar 30 casas (unos 135 habitantes), cifra que se mantendría hasta principios del (1705). Otra mención interesante se refiere al convento de San Guillén de Castielfabib (que en el manuscrito se grafía «Castiel-favi»), en cuyo privilegiado altar sugiere a sus albaceas se celebren parte de las mil misas que ha encargado por su alma.Según recoge Alfredo Sánchez Garzón. El testador manifiesta prisa porque se celebren los servicios encomendados tras su fallecimiento, exhortando que si fuere necesario se traigan sacerdotes de fuera y a su costa, que ayuden a celebrarlos. Entre las donaciones se halla una de «diez libras moneda reales de Valencia» a la cofradía de Nuestra Señora del Rosario, «fundada en mi iglesia de este mi lugar (...), para que con ellas se ayude a un retablo para la imagen de la Virgen». Dicho retablo podría ser uno que hubo del , destruido durante la guerra civil española (1936-1939), donde se mostraban tallados dos escudos de los «Ruiz de Castellblanque», uno con cinco torres y otro con un castillo, del que también dice Badía Marín (1953).Según recoge la Enciclopedia Universal Ilustrada Europeo Americana Espasa-Calpe en la voz Torre Baja.
Por el siguiente Ítem don Diego hace reconocimiento de don Jayme, su hijo mayor y heredero en el vínculo de su mayorazgo y señorío, habido con su legítima mujer, doña Ana María de Cabestani y Caballería; estableciendo al tiempo la línea sucesoria entre los hijos del heredero y el resto de sus hijos varones -don Francisco, don Fernando y don Cristóbal-, si el primero careciere de descendencia. Historiográficamente, uno de los puntos más importantes del testamento es el que hace referencia a la delimitación del término, distrito y jurisdicción del Mayorazgo, «para que se sepa y averigüe, y esté clara la verdad y cese toda la confusión...». De los topónimos que emplea el testador para definir su propiedad reconocemos hoy claramente «la acequia vieja de Castiel-favi», «la Loma», «la hermita de San José», «el molino harinero» (todavía conocido como del Señor), «la rambla Forte-Cardenchal». El término del mayorazgo, sin forzar las lindes, fácilmente se podría superponer con el actual término municipal de Torrebaja. Interesantes conclusiones pueden extraerse del asunto: tales las referencias a la citada Ermita de San José, frente al camino viejo de Ademuz-Teruel por Las Vueltas, que ya existía entonces, datando probablemente del intersiglo XVI-XVII.
thumb|300px|Vita general de la Casa Grande, antiguo solar de los "Ruiz de Castellblanque" en la plaza del Ayuntamiento, Torrebaja (Valencia). thumb|300px|Vita parcial de la Casa Grande, antiguo solar de los "Ruiz de Castellblanque", con detalle del torreón de «Los Picos», Torrebaja (Valencia).