DeLima v. Bidwell, 182 U.S. 1 (1901), fue uno de los primeros casos de un grupo conocido como los Casos Insulares, decididos por la Corte Suprema de los Estados Unidos.
El caso fue argumentado del 8 al 11 de enero de 1901 y fue decidido el 27 de mayo de 1901.
Antecedentes La DeLima Sugar Importing Company demandó a George R. Bidwell, Recaudador del Puerto de Nueva York, para recuperar los aranceles cobrados sobre azúcar importada desde Puerto Rico después de 1899, cuando Puerto Rico fue cedido a los Estados Unidos. DeLima argumentó que el Recaudador no tenía autoridad para cobrar esos aranceles, ya que Puerto Rico había sido anexado por los Estados Unidos.
El corte inferior de apelaciones sostuvo lo siguiente:
Aunque el Recaudador tenía derecho a cuestionar la suficiencia de los hechos, estaba impedido de cuestionar la jurisdicción federal sobre la base de una remoción indebida, ya que el caso fue trasladado a dicha jurisdicción a petición suya. La Ley Administrativa de Aduanas no resolvía la cuestión de si el azúcar había sido importado desde un país extranjero, por lo que la demanda judicial constituía una acción legal procedente. Puerto Rico no era un país extranjero para efectos arancelarios, sino un territorio de los Estados Unidos, porque mediante el Tratado de París dicho territorio había sido cedido a los Estados Unidos y se encontraba bajo su posesión. No era necesario que una ley del Congreso incorporara el territorio para los fines de las leyes arancelarias. Por lo tanto, los aranceles sobre el azúcar eran ilegales, y la DeLima Sugar Importing Company tenía derecho al reembolso de los aranceles pagados sobre el azúcar.
Decisión La Corte Suprema resolvió, por una votación de 5 a 4, que Puerto Rico, desde su cesión a los Estados Unidos mediante el Tratado de París (1898), no era un país extranjero para los fines de las leyes arancelarias estadounidenses, las cuales exigían el pago de derechos aduaneros sobre las mercancías que ingresaban a los Estados Unidos desde un país extranjero. En ausencia de legislación del Congreso, el gobierno de los Estados Unidos no podía recaudar derechos aduaneros sobre el azúcar procedente de Puerto Rico y enviado a otras partes de los Estados Unidos clasificando a Puerto Rico como un país extranjero.
La opinión mayoritaria fue redactada por el juez Henry Billings Brown y contó con la adhesión de los jueces Melville Fuller, John Marshall Harlan, Rufus Wheeler Peckham y David Josiah Brewer.
El juez Joseph McKenna redactó una opinión disidente, a la que se sumaron los jueces George Shiras Jr. y Edward Douglass White. El juez Horace Gray redactó una opinión disidente por separado.
La decisión es similar a la de Downes v. Bidwell, 182 U.S. 244 (1901), que fue resuelta en la misma fecha.
Reacción contemporánea En 2023, la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles (ACLU) condenó la descripción contenida en el caso que calificaba a los habitantes de Guam, Puerto Rico y Filipinas como "tribus salvajes".
Afirmaron que estos fallos "siguen impidiendo que millones de personas —abrumadoramente personas de color— accedan a ciertos derechos y protecciones constitucionales. Estos fallos continúan sosteniendo el racismo sistémico en la actualidad".
Véase también Casos insulares Ley Foraker Tratado de París (1898) Referencias
Enlaces externos De Lima v. Bidwell (texto completo en inglés)
Categoría:Historia de Puerto Rico