miniaturadeimagen|sede de la Corte Electoral en la Ciudad Vieja de Montevideo|317x317px

La Corte Electoral es un organismo público autónomo en la República Oriental del Uruguay, encargado de organizar y fiscalizar los actos electorales: elecciones, referéndums sobre leyes y plebiscitos constitucionales.

Cometidos Su organización y funciones se encuentran reguladas por la sección XVIII de la Constitución de la República y por la Ley 13.882.

Entre sus principales cometidos, la Corte Electoral tiene a su cargo el Registro Cívico Nacional, padrón electoral que incluye a los ciudadanos naturales y legales con derecho a voto, a quienes se les expide la correspondiente Credencial Cívica.

En Uruguay, el voto es obligatorio en las elecciones nacionales y departamentales, así como en el balotaje presidencial, pero no en las elecciones internas de los partidos políticos; para ejercer el derecho al sufragio, toda persona mayor de 18 años debe inscribirse ante la Corte Electoral y obtener su credencial cívica.

Asimismo, la Corte Electoral registra previamente las hojas de votación presentadas por los partidos políticos para cada acto comicial y actúa como tribunal en materia electoral, resolviendo controversias vinculadas a los resultados de las elecciones, la elegibilidad de los ciudadanos para cargos electivos y la procedencia de la convocatoria a plebiscitos. Además, ejerce la superintendencia sobre las Juntas Electorales departamentales.Juntas Electorales Departamentales

Algunas normas le han conferido a la Corte Electoral cometidos de organización y fiscalización de actos electorales a nivel de otros órganos del Estado, como las elecciones de la Universidad de la República,Ley Nº 14.101 del 4 de enero de 1973 las asambleas nacionales de docentes de la Administración Nacional de Educación Pública o el Banco de Previsión Social.

Historia

Antes de 1924, la organización de las elecciones en Uruguay estaba a cargo del Ministerio del Interior, lo que generaba cuestionamientos sobre la imparcialidad del proceso. Para garantizar un sistema electoral independiente, el 9 de enero de 1924 se creó la Corte Electoral mediante la Ley N.º 7.690, tras la labor de la denominada Comisión de los 25, integrada por 25 parlamentarios y presidida por Andrés Martínez Trueba, que redactó las bases del nuevo sistema electoral uruguayo.

Desde su fundación, la Corte se constituyó como un organismo autónomo encargado de organizar elecciones, llevar el registro cívico y proclamar oficialmente los resultados, asegurando la imparcialidad de los comicios. Entre sus hitos históricos, se destaca el 3 de julio de 1927, cuando Uruguay se convirtió en el primer país latinoamericano en permitir que las mujeres votaran, en un plebiscito local en Cerro Chato. En esa ocasión, la Corte Electoral dictó un decreto que habilitaba la inscripción de todas las personas, sin distinción de sexo o nacionalidad, en el registro para participar del plebiscito, y la primera mujer en votar en Latinoamérica fue la inmigrante brasileña Rita Rebeira, de 90 años. Aunque el resultado del plebiscito nunca se aceptó y Cerro Chato permaneció dividido entre Florida, Treinta y Tres y Durazno, este hecho anticipó la aprobación definitiva del voto femenino en Uruguay, que se concretó en las elecciones nacionales de 1938.

En las elecciones generales de 1971, se denunciaron por primera vez, desde la creación de la Corte, diversas teorías y acusaciones de fraude electoral, en un contexto en el que resultó electo Juan María Bordaberry como presidente.

Posteriormente, cuatro años después del golpe de Estado de 1973, el gobierno cívico-militar decretó la intervención de la Corte Electoral, nombrando un directorio de tres miembros presidido por Nicolás Storace,quien se mantuvo como Presidente interventor hasta la designación de nuevos titulares por el Parlamento democrático en 1985. Durante la dictadura, la Corte nunca dejó de funcionar y se realizaron tres comicios: un plebiscito constitucional en 1980, las elecciones internas de los partidos políticos en 1982 y las elecciones nacionales en 1984. Pese a la intervención, en todas estas instancias la transparencia de los procesos fue reconocida tanto a nivel internacional como por los propios participantes.

Tras la restauración de la democracia en 1985, la Corte Electoral fue presidida por Renán Rodríguez y Juan Carlos Furest.

Integración Los miembros de la Corte Electoral son designados por la Asamblea General y permanecen en sus cargos por un período de duración indefinida. El organismo está integrado por nueve ministros, entre los cuales se eligen un presidente y un vicepresidente, responsables de la conducción institucional de la Corte.

Como estructura organizacional, la institución cuenta con 19 Juntas Electorales, una por cada departamento del país, que actúan como autoridades electorales descentralizadas, con competencia en la organización y control de los procesos electorales dentro de sus respectivas jurisdicciones.

Estas juntas están integradas por cinco miembros, designados por los ministros de la Corte Electoral, conforme a los criterios establecidos por la normativa electoral vigente.

Autoridades +TitularPeríodo Nombrado porNombramientoCeseEmilio Barbaroux19241925Asamblea General19771985Consejo de Estado Renán Rodríguez19851990Asamblea General Juan Carlos Furest19901996Asamblea GeneralCarlos Urruty19962010Asamblea GeneralRonald Herbert20102014Asamblea GeneralJosé Arocena 20142017Asamblea GeneralJosé Arocena 20172023Asamblea GeneralWilfredo Penco2023En el cargo Asamblea General

Ministros +Ministros Periodo Presidente1985-1990Renán Rodríguez 1990-1996Juan Carlos Furest 1996 2010Carlos Urruty 2010 - 2017Ronald Herbert José Arocena

Véase también Derecho Electoral Credencial Cívica (Uruguay) Régimen electoral de Uruguay Voto observado (Uruguay) Hoja de votación

Referencias

Enlaces externos Constitución de la República

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