El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Es la máxima autoridad fiscal responsable del cobro de impuestos en México.

Administra el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) en la que cada persona moral o física mayor de dieciocho años tiene la obligación de registrarse para contribuir de forma equitativa al presupuesto público. Asimismo, genera y proporciona la información necesaria para la planificación, evaluación y ejecución de las políticas públicas en materia tributaria.

El SAT se creó el 1 de julio de 1997 por decreto del entonces presidente Ernesto Zedillo. Fue parte de una reforma tributaria en 1995 que reorganizó el organigrama de la SHCP para tener una dependencia exclusivamente tributaria.

Historia Creación del SAT El 15 de diciembre de 1995 se publicó la Ley del Servicio de Administración Tributaria, mediante la cual se creó el nuevo órgano desconcentrado como máxima autoridad fiscal. En marzo de 1996 se autorizó y registró una nueva estructura orgánica de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. En el ámbito de la Subsecretaría de Ingresos, se cambió la denominación de la Administración General de Interventoría, Desarrollo y Evaluación por Administración General de Información, Desarrollo y Evaluación; y de la Dirección General de Política de Ingresos y Asuntos Fiscales Internacionales por Dirección General de Política de Ingresos, se crearon las direcciones generales de Interventoría y de Asuntos Fiscales Internacionales.

Inicio de funciones El 1 de julio de 1997 entró en funciones el órgano desconcentrado denominado Servicio de Administración Tributaria, cuyo Reglamento Interior se publicó el 30 de junio del mismo año. Este órgano sustituyó en sus funciones a la Subsecretaría de Ingresos y con su creación surgieron diferentes unidades administrativas:

Presidencia del SAT: Unidad de Comunicación Social. Secretariado Técnico de la Comisión del Servicio Fiscal de Carrera. Dirección General de Interventoría. Dirección General de Planeación Tributaria. Dirección General de Asuntos Fiscales Internacionales. Dirección General de Coordinación con Entidades Federativas. Dirección General de Tecnologías de la Información. Administración General de Recaudación Administración General de Auditoría Fiscal Administración General Jurídica de Recaudacion. Administración General de Aduanas. Coordinación General de Recursos.

Así como las administraciones regionales y locales dependientes de las administraciones generales de Recaudación, Auditoría Fiscal Federal, Jurídica de Ingresos y Aduanas; y las coordinaciones regionales y locales de Recursos, dependientes de la Coordinación General de Recursos.

Reasignación de facultades La dinámica operativa y funcional del SAT motivó la necesidad de reasignar las facultades en materia de política de ingresos, incluidas la política fiscal y aduanera y la de estímulos fiscales, que ya tenía conferidas en su reglamento interior, con el fin de mantener congruencia con la política hacendaria, económica y social del país.

Con tal medida, este órgano desconcentrado redujo su estructura orgánica al desaparecer la Dirección General de Interventoría, cuyas funciones y recursos se redistribuyeron a la Contraloría Interna.

Se transfirieron a la SHCP los recursos y funciones de las direcciones generales de Coordinación con Entidades Federativas, Asuntos Fiscales Internacionales y Planeación Tributaria, para integrarlas a la estructura orgánica que conformaría la nueva Subsecretaría de Ingresos. Dichos cambios fueron formalizados mediante decreto publicado el 10 de junio de 1998.

Cambios estructurales El 3 de diciembre de 1999 se publicó un nuevo Reglamento Interior del SAT, con los siguientes cambios en su estructura orgánica: Desapareció la Unidad de Comunicación Social, las administraciones regionales de Recaudación, de Auditoría Fiscal, Jurídica de Ingresos y de Aduanas y las coordinaciones regionales de Recursos. Se crearon las Administraciones Generales de Grandes Contribuyentes y de Coordinación y Evaluación Tributaria, las administraciones estatales y metropolitanas y las administraciones locales de Grandes Contribuyentes.

El 22 de marzo de 2001 un nuevo Reglamento Interior, en el cual se presentaron los siguientes cambios de denominación dentro de su estructura orgánica: La Administración General Jurídica de Ingresos cambió por Administración General Jurídica. La Administración General de Recursos cambió a Administración General de Innovación y Calidad. La Administración General de Coordinación y Evaluación Tributaria por Administración General de Evaluación. Se crearon las administraciones generales de: Asistencia al Contribuyente. Destino de Bienes de Comercio Exterior propiedad del Fisco Federal. La Administración Central de Investigación de Operaciones. Las administraciones regionales de Evaluación. Las subadministraciones de Innovación y Calidad para las administraciones locales y Aduanas.

El 30 de abril de 2001 se publicó el decreto mediante el cual se reformó el artículo segundo del RISAT, que transfiere la Administración Central de Investigación de Operaciones a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

El 12 de junio de 2003 se publicó el Decreto que reforma la Ley del SAT, con los siguientes cambios: La Presidencia del SAT modificó su denominación por Jefatura del SAT.

En materia de recaudación estableció el pago de contribuciones mediante la entrega de obras plásticas que realizaran los autores.

Revisión del plan estratégico El SAT revisó su plan estratégico y elaboró un programa de acciones de corto plazo, así como los programas operativos de cada una de las unidades administrativas, incluidos los indicadores de cumplimiento respectivo. Asimismo, estableció un sistema de evaluación del desempeño de dichas unidades hasta el ámbito de administración local, tanto de impuestos internos como de aduanas. El 17 de junio de 2003 se reformó el RISAT, por el cual se transfirieron los recursos materiales y financieros con que contaba la Administración General del Destino de Bienes de Comercio Exterior, propiedad del Fisco Federal, al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, para realizar las actividades de administración, enajenación y destrucción de mercancías de procedencia extranjera que hayan pasado a propiedad del fisco federal.

El 13 de julio de 2012 se publicaron modificaciones al Reglamento Interior, donde se presentaron los siguientes cambios en la estructura orgánica:

A. Jefatura. B. Unidades Administrativas Centrales: I. Administración General de Aduanas. II. Administración General de Servicios al Contribuyente. III. Administración General de Auditoría Fiscal Federal. IV. Administración General de Grandes Contribuyentes: V. Administración General Jurídica. VI. Administración General de Recaudación. VII. Administración General de Recursos y Servicios. VIII. Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información. IX. Administración General de Evaluación. X. Administración General de Planeación. XI. Administración General de Auditoría de Comercio Exterior. C. Unidades Administrativas Regionales. I. Administraciones Regionales. II. Administraciones Locales. III. Aduanas. Órgano Interno de Control.

Cambios en la Administración General de Innovación y Calidad miniaturadeimagen|Oficinas del SAT ubicadas en la Torre del Caballito. El 12 de mayo de 2006 se publicó el decreto en el que destacan las modificaciones de la Administración General de Innovación y Calidad, donde cambian las denominaciones de la Administración Central de Recursos Humanos por Administración Central de Capital humano y de la Administración Central de Recursos Materiales y Servicios por Administración Central de Recursos Materiales.

Por otra parte, desaparecen las subadministraciones locales de Innovación y Calidad y surgen la Administración Central de Operaciones Administrativas, las administraciones de Servicios y las subadministraciones de los Centros de Servicios Administrativos. Asimismo, se crea la Aduana de Guanajuato, dentro de la estructura de la Administración General de Aduanas, con la que se tienen en todo el país.

El desarrollo tecnológico aplicado en el campo fiscal en México ha traído beneficios para los contribuyentes, gracias a las actualizaciones que han facilitado el pago de las obligaciones, simplificando y mejorando los procesos para agilizar el cumplimiento de conformidad con las disposiciones legales.

A partir de 2006, se han dado muchas innovaciones y cambios de mejora en el Servicio de Administración Tributaria. Entre estas innovaciones se encuentran una mayor capacitación de todos sus servidores públicos, así como la inclusión generalizada de sistemas de control de accesos de todos sus servidores públicos al edificio en el que se encuentra la Administración de que se trate, lo que los obliga a registrarse tanto cuando ingresan a realizar sus labores, como cuando salen de dicho inmueble, ya que, cuando no se contaba con estos controles, existían quejas de que en múltiples ocasiones, los servidores públicos salían indiscriminadamente del edificio sin registrar su entrada o salida, cosa que llevaba a las Administraciones Locales, que ahora llevan el nombre de Administraciones Desconcentradas, a tener un deficiente funcionamiento y control interno. Este problema no se presentaba, por ejemplo, en las Administraciones Centrales del Servicio de Administración Tributaria, debido a que en estas, ya se contaba con la puesta en marcha de sistemas de control de acceso más avanzados, en comparación a las ahora llamadas Administraciones Desconcentradas, generando así que el Servicio de Administración Tributaria se encuentre a la vanguardia a nivel internacional, colocando a México como uno de los mejores sistemas de recaudación de América Latina, según la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal).

Con toda esta modernización, se ha dotado de mayor transparencia, rapidez, seguridad y personalización al sistema de cumplimiento tributario en México, favoreciendo tanto a personas físicas como a micro, pequeños y medianos empresarios.

Entre las innovaciones a favor de un mejor cumplimiento fiscal, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha puesto a disposición de los usuarios la herramienta "Mi Contabilidad", además de novedades en la factura electrónica y el esquema de atención a los usuarios.

Aunque el cambio tecnológico ha representado importantes beneficios para el sistema en general, Osvaldo Santín Quiroz, Jefe del Servicio de Administración Tributaria, durante el evento "Innovación SAT 2017", reconoció que todavía existían grandes retos relacionados con el proceso de pagos de impuestos y el cumplimiento de obligaciones. Sin embargo, la recaudación en los últimos cinco años ha aumentado en más del 60%, a razón de un promedio de 16% anual, representando el 13.9% del Producto interno bruto (PIB).

Funciones Conforme a la Ley del SAT, el organismo cuenta con, entre otras, las siguientes atribuciones: Recaudar los impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos federales y sus accesorios de acuerdo a la legislación aplicable. Dirigir los servicios aduanales y de inspección. Representar el interés de la Federación en controversias fiscales. Determinar, liquidar y recaudar las contribuciones, aprovechamientos federales y sus accesorios cuando, conforme a los tratados internacionales de los que México sea parte, estas atribuciones deban ser ejercidas por las autoridades fiscales y aduaneras del orden federal. Solicitar y proporcionar a otras instancias e instituciones públicas, nacionales o del extranjero, el acceso a la información necesaria para evitar la evasión o elusión fiscales, de conformidad con las leyes y tratados internacionales en materia fiscal y aduanera.