La Corte de Barcelona (1251) —también denominada en la historiografía como Cortes de Barcelona (1251)— fue una convocatoria de la Corte General de Cataluña celebrada en Barcelona bajo el reinado de Jaime I el Conquistador. El acta de la Corte es datada el 30 de marzo de 1251. La reunión es especialmente conocida por las disposiciones relativas a las fuentes del derecho catalán, que consolidaron la preeminencia de los Usatges de Barcelona y de las costumbres locales en las causas seculares.
La Corte se produjo en un momento de creciente recepción en Cataluña del derecho común, basado sobre todo en el derecho romano y el derecho canónico, y de tensiones entre esta nueva cultura jurídica y las prácticas feudales y consuetudinarias tradicionales. Jaime I ya había dictado en 1243 una disposición que limitaba el uso de otras leyes cuando los Usajes y las costumbres fueran suficientes, pero la cuestión volvió a ser tratada de forma más explícita en la Corte de 1251.
La disposición más trascendente fue el capítulo tercero, que prohibía en las causas seculares alegar las leyes romanas y góticas, el Decreto de Graciano y las decretales canónicas. También restringía la actuación de los abogados formados en estos derechos. En sustitución de estas fuentes se establecía que los juicios debían resolverse de acuerdo con los Usatges de Barcelona y las costumbres aprobadas del lugar y, en defecto de unos y otros, según el seny natural (la cordura natural). Esta disposición dio a los Usajes una vigencia oficial general y contribuyó a convertirlos en una de las bases fundamentales del ordenamiento jurídico catalán medieval.
La Corte aprobó también diversas disposiciones de carácter procesal encaminadas a agilizar la resolución de las causas judiciales. En el marco de la convocatoria, varios magnates catalanes prestaron igualmente homenaje al infante Pedro, futuro Pedro el Grande, como "heredero de Cataluña"; entre ellos estaba Ponce IV de Ampurias.
A pesar de la prohibición formal de 1251, el derecho romano y canónico continuaron influyendo en la práctica jurídica catalana, entre otras vías a través de la interpretación del "seny natural". La Corte de 1251 es considerada, por eso, un hito en la definición del derecho propio catalán y forma parte del proceso de institucionalización de las cortes medievales que culminaría, durante el mismo siglo, en la Corte de Barcelona de 1283.
Referencias
Notas
Barcelona (1251) 1251 Categoría:Cataluña en el siglo XIII Categoría:Historia de Barcelona