miniaturadeimagen|Adolescentes del estado de Oaxaca, estado de México con altos índices de matrimonio infantil. El matrimonio infantil y adolescente en México o las uniones tempranas se refieren al establecimiento de un vínculo conyugal en el que una de las personas involucradas o ambas, son menores de edad. Este tipo de uniones están relacionadas con desigualdades de género, pobreza y violencia que se agravan en contextos de migración, crisis humanitarias y desplazamientos. De acuerdo a UNICEF y al Sistema Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, el matrimonio infantil y las uniones tempranas son formas de violencia estructural y de género que profundizan la desigualdad, reproducen ciclos de pobreza, limitan el acceso a la educación, y exponen a niñas y adolescentes a embarazos forzados, abandono escolar, violencia física, sexual y emocional, además de impactar en su salud integral y su desarrollo. Las uniones matrimoniales formales o informales antes de los dieciocho años, constituyen una violación fundamental de los derechos humanos, especialmente de niños, niñas y adolescentes.
Antecedentes El matrimonio y las uniones infantiles, tempranas y forzadas afectan a millones de niños, niñas y adolescentes, limitan su desarrollo, el disfrute de la infancia, la adolescencia y en muchos casos se asocian a contextos de precariedad y abusos.
México ocupa el octavo lugar a nivel global en cuanto a adolescentes casadas antes de los dieciocho años. Para el 2018, la Encuesta Nacional de Dinámica Demográfica del Instituto Nacional de Estadística y Geografía reportó que el 20.7% de las mujeres de 20 a 24 años, casadas o alguna vez casadas, tuvieron su primera unión antes de cumplir 18 años y el 3.6% antes de los 15 años. En zonas rurales, esta práctica alcanzó el 31.2% antes de los 18 años y el 6.0% antes de los quince. Para el Censo de Población y Vivienda 2020 se registraron 224,454 adolescentes de 12 a 17 años en situación conyugal de unión y 21,167 no unidas, pero con antecedente de unión conyugal.
Sobre el matrimonio infantil forzado, México informó en 2019 que los impedimentos previstos en la ley para celebrar el contrato de matrimonio incluyen el tener un vínculo de parentesco, fuerza o miedo grave. En caso de rapto, subsiste el impedimento entre el raptor y la persona raptada para contraer matrimonio, mientras esta no sea restituida a un lugar seguro donde libremente pueda manifestar su voluntad. Las personas tutoras tampoco pueden contraer matrimonio con la persona que ha estado bajo su guarda, salvo en el caso de que se obtenga dispensa, la cual puede concederse por el presidente municipal respectivo cuando hayan sido aprobadas las cuentas de la tutela. Esta prohibición comprende también al curador, al tutor y a sus descendientes.
Causas miniaturadeimagen|Condiciones de desigualdad académica infantil en San Luis Potos
Desigualdad social: La falta de oportunidades laborales y educativas. Algunas menores de edad optan por el matrimonio como opción para encontrar estabilidad económica. Pobreza: La precariedad llevan a algunas familias a casar o vender a menores de edad, principalmente mujeres, para reducir la carga económica, obtener ingresos o saldar deudas. Desigualdad de género: La imposición de roles en comunidades machistas genera expectativas diferentes para los niños, niñas y adolescentes Normas sociales y culturales: Establecen que las niñas deben casarse a temprana edad para asegurar estabilidad económica, preservar su honor o cumplir con las tradiciones de su comunidad. Falta de educación: Tener una educación incompleta reduce las posibilidades de oportunidades de desarrollo personal. Crimen organizado: Los conflictos armados y la violencia generan desplazamiento poblacional e inseguridad
Además, en algunas comunidades indígenas se desconocen los derechos humanos individuales y se ha identificado que una de las causas es la falta de difusión y comunicación entre instituciones y comunidades.
Legislación En México las reformas legislativas a la edad mínima para contraer matrimonio se enmarcan en el proceso de adopción de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de 2016, la cual creó el Sistema de Protección Integral de los Derechos de la Niñez y en su artículo 45 prescribió que las leyes federales y estatales debían establecer los dieciocho años como edad mínima para contraer matrimonio. A partir de la adopción de esta ley, organizaciones e instituciones impulsaron reformas legislativas para establecer la prohibición legal del matrimonio infantil a nivel nacional, lo que condujo a la derogación en todas las entidades del país de la figura de las dispensas para quienes no tuvieran la edad establecida en la legislación para contraer matrimonio. Simultáneamente, la organización Save the Children impulsó en 2016 la campaña Niñas no Esposas para respaldar a nivel nacional la prohibición del matrimonio antes de los dieciocho años.
En el marco de esta reforma, en 2019, se modificaron y derogaron diversas disposiciones a nivel nacional del Código Civil para establecer los dieciocho años como edad mínima para contraer matrimonio. Con ello, se eliminó la posibilidad de que autoridades locales y familiares concedieran dispensas o consentimiento para contraer matrimonio antes de esa edad y se derogó la figura de la emancipación por matrimonio del Código Civil Federal.
En febrero de 2021, el Congreso de la Ciudad de México reformó el Código Civil local para sancionar a los y las juezas que autoricen matrimonios donde una o ambas personas sean menores de edad conforme a lo dispuesto en el Código Penal local y la Ley de Responsabilidades Administrativas.
Las Secretarías Ejecutivas estatales son las encargadas de implementar estrategias relacionadas con las uniones infantiles e impulsar la armonización legislativa para su disminución y erradicación, además de impulsar a las instancias que integran los sistemas de protección locales a generar políticas públicas que garanticen que los niños, niñas y adolescentes sean quienes tomen las decisiones sobre sus propios cuerpos.
Controversias La reforma legislativa del 2019 se enfrentó a diversas resistencias a nivel nacional, las cuales fueron resueltas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad 22/2016, donde se confirmó que el establecimiento de los dieciocho años como la edad mínima para contraer matrimonio atendía el interés superior de la niñez. Para junio de 2020, Baja California modificó el artículo 145 de su Código Civil eliminando las excepciones y la figura de la dispensas, con lo cual los Códigos Civiles locales de todos los estados del país prohíben de forma absoluta el matrimonio antes de los dieciocho años.
Estudios realizados en América Latina y un reporte de 2023 del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado demostraron que en México, niñas y adolescentes de entre 12 y 17 años años hablantes de lengua indígena tienen casi un doble de posibilidades de ingresar a una unión o un matrimonio que las niñas y adolescentes no hablantes de lengua indígena, 8.2% contra un 3.4% respectivamente debido a los usos y costumbres que se practican por motivos culturales, económicos o religiosos.
Oaxaca miniaturadeimagen|Calenda de una boda oaxaqueña De acuerdo al Centro de Estudios de la Mujer y Paridad de Género del Congreso, el estado de Oaxaca se encuentra entre las tres entidades federativas con mayor porcentaje de matrimonio infantil en todo el país, con un 39.17% de mujeres que se han casado antes de los 18 años de edad, superado por Chiapas con un 44.82% y Guerrero con 42.41%, ya que la legislación local no plantea ninguna sanción a las personas que inciten estas uniones y prácticas donde las niñas son tratadas como objetos de intercambio y educadas con habilidades domésticas que eleven su valor.
Aunque el artículo 45 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes establece que la edad mínima para contraer matrimonio son los dieciocho años sin excepción y desde 2016 el Código Civil del estado de Oaxaca prohíbe uniones conyugales entre menores, persiste la práctica cultural en un contexto de unión informal y consentimiento social.
Referencias
Categoría:Matrimonio infantil