El Vere Nullius (de ninguna diócesis en castellano) de San Ildefonso o La Granja fue una jurisdicción eclesiástica cuasi-episcopal existente dentro de la provincia de Segovia entre 1725 hasta 1874. Su prelado era el Abad de la Real Colegiata de la Santísima Trinidad situada en el Real Sitio de San Ildefonso y que dependía directamente del rey de España.

Con su origen en un desmembramiento de la Diócesis de Segovia creada por la monarquía para un mejor control de las posesiones reales en el Real Sitio de San Ildefonso, su territorio retornó tras su extinción a ese obispado, integrándose en el Arciprestazgo de La Granja-San Medel.

Historia El Real Sitio de San Ildefonso fue desde antiguo residencia real, ya desde tiempos medievales se asentaba en su término el Palacio de Balsaín. Sin embargo, no sería hasta después de la compra por parte de Felipe V de una granja a los monjes jerónimos del monasterio del Parral en Segovia para construir el Palacio Real de La Granja de San Ildefonso cuando estos pusieran la condición de que la capilla del palacio estuviese abierta al público.

La construcción del palacio comienza en 1720 y el 20 de diciembre de 1724, a petición de Felipe V, el papa Benedicto XIII emitió la bula Dum infatigabilem. Esta bula prescribía:

la constitución concesión de jurisdicción exenta “vere nullius”, como abadía territorial, teniendo como prelado a un abad. Su territorio incluía: San Ildefonso, Valsaín, Revenga y Navas de Riofrío junto con Palazuelos, Tabanera, Sonsoto y Trescasas.

la erección de la capilla en parroquia e iglesia matriz de todos los templos dentro de su jurisdicción.

la formación de un cabildo con al frente del cual estaba un abad, doce canónigos, seis racioneros y cuatro capellanes.

La bula sería hecha pública el 6 de julio de 1725. alt=Iglesia de la Concepción, levantada por la Vere Nullis entre Trescasas y Sonsoto, para dejar los antiguos templos de estas como cementerios en el proyecto pilóto de los primeros cementerios civiles de España|miniaturadeimagen|Iglesia de la Concepción, levantada por la Vere Nullis entre Trescasas y Sonsoto para dejar los antiguos templos de estas como camposantos en el proyecto piloto de los primeros cementerios civiles de España Gracias a esta autonomía religiosa, Carlos III construyó en la vere nullis los primeros cementerios civiles de España con el objetivo de alejar los cadáveres de los poblaciones por motivos de salubridad (antes los enterramientos eran en las iglesias). Primero con el experimento de reconvertir en 1777 en cementerios las antiguas iglesias de Trescasas y Sonsoto, en las afueras de estos, tras la construcción de una nueva iglesia parroquial para ambos y finalmente en 1785 levantándose un nuevo cementerio en La Granja lejos del pueblo.

Carlos IV fijó los sueldos del cabildo, siendo el del abad de 30.840 reales de vellón. Posteriormente, por real orden emitida por Isabel II en 1846 su sueldo se fijo en 12.000 reales anuales

Según el Concordato de 1851, la jurisdicción del abad se mantuvo, pero se subyugó desde el 16 de marzo de 1851 a la diócesis de Segovia. El 1 de enero de 1874, sin ya presente la influencia de ka monarquía, se eliminó la jurisdicción vere nullius, tras la emisión de la bula Qua Diversas otorgada por Pío IX el 14 de julio de 1873.

Descripción Su abad tenía asignado el uso de la mitra y las insignias pontificales, además de forma tradicional era nombrados arzobispo titular in partibus infidelium. Tenía su residencia en la Casa de Canónigos, cercana a la colegiata y al palacio de La Granja.

Véase también

Abad de la Real Colegiata de la Santísima Trinidad

Real Colegiata de la Santísima Trinidad

Anexo:Abades de la Real Colegiata de la Santísima Trinidad

Referencias

Individuales

Bibliografía

Categoría:Real Sitio de San Ildefonso Categoría:Trescasas Categoría:Palazuelos de Eresma Categoría:Valsaín Categoría:Diócesis de Segovia Categoría:Abadías territoriales desaparecidas