El Tribunal Militar Central (TMC) es un órgano de la jurisdicción militar, creado por la Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio, de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar. Tiene competencias en todo el territorio nacional y sede en Madrid, conoce de las materias que afectan a los militares y miembros de la Guardia Civil de más altos empleos, como determina la mencionada ley.
Organización Composición Se compone de una Sala de Justicia y una Sala de Gobierno.
Concretamente el Tribunal -según el artículo 36 de la mencionada Ley Orgánica 4/1987- se compone por los siguientes miembros:
Un Auditor Presidente, que será General Consejero Togado. Cuatro Vocales Togados, Generales Auditores. Los Vocales Militares que se designen, extraídos de una lista confeccionada cada año y compuesta por Generales de Brigada y Contralmirantes del Cuerpo General de las Armas en el Ejército de Tierra, al Cuerpo General o al de Infantería de Marina, en la Armada y al Cuerpo General en el Ejército del Aire, así como Generales de Brigada de la Guardia Civil. Estos actúan solo cuando hay procedimientos en los que se involucran alguno de los miembros de su mismo cuerpo.
Para cada asunto se forma Sala de Justicia dependiendo de la materia del asunto: con el Auditor Presidente o quien le sustituya, un Vocal Togado y un Vocal Militar o con tres miembros entre Auditor Presidente y Vocales Togados.
La Sala de Gobierno está formada por el Auditor Presidente y todos los Vocales Togados.
Auditor Presidente En la actualidad preside el Tribunal la general consejero togado Begoña Aramendía Rodríguez de Austria, nombrada en marzo de 2025. +Auditores Presidentes del TMCNombramientoCeseFernando López-Orozco Rodríguez-Rivas23/04/198813/11/1991Eugenio Sánchez Guzmán13/11/199129/07/1995José Luis Rodriguez-Villasanteprieto29/07/199505/12/1998Antonio Mozo Seoane05/12/199817/03/2001José Carrillo Colmenero24/03/200105/07/2003Ángel García Belda05/07/200316/09/2006Francisco Javier Mata Tejada16/09/200612/06/2010Antonio Gutiérrez de la Peña12/06/201011/10/2014Rafael Eduardo Matamoros Martínez11/10/201414/10/2018Carlos Melón Muñoz14/10/201827/10/2021Begoña Aramendía Rodríguez de Austria13/03/2025 - Cabe destacar que durante el período 2021-2025 las funciones de este tribunal quedaron gravemente mermadas por la falta de capacidad de nombramientos del Consejo General del Poder Judicial -debido a la caducidad de su mandato y el retraso en su renovación- y el pase a retiro de todos los miembros del TMC, comenzando el 27 de octubre del 2021 con el retiro del Auditor Presidente. Por todo lo anterior el propio CGPJ pasó a ejercer de forma extraordinaria las funciones de Gobierno de este TMC. Vocales togados A 18 de marzo de 2026 solo dos de las cuatro plazas de vocales togados están cubiertas debido a la paralización del órgano antes mencionada. Son necesarios al menos dos vocales togados y la presidencia para el funcionamiento del órgano. Estos son:
La general auditor María Eugenia Ruiz Hernández, nombrada el 6 de mayo de 2025. El general auditor Fernando Rosa Bobo, nombrado el 29 de septiembre de 2025.
Competencias Jurisdiccional El Tribunal conocerá de los procedimientos competencia de la jurisdicción militar que afecten a una o varias personas cuando alguno reúna cualquiera de las siguientes condiciones, según el artículo 34 de la Ley Orgánica 4/1987:
Militares con empleo igual o superior a Comandante o Capitán de Corbeta. Poseedores de la Cruz Laureada de San Fernando con carácter individual. Autoridades y funcionarios civiles, de todo orden, que no teniendo fuero personal reservado al Tribunal Supremo gozasen de aforamiento personal especial en la jurisdicción ordinaria. Auditor Presidente y Vocales de los Tribunales Territoriales, Jueces Togados Militares, Fiscales y Secretarios Relatores, todos ellos en el ejercicio de las funciones que esta Ley les confiere. Otras personas respecto de las que así lo establezcan normas con rango de Ley.
Por otro lado conoce de los incidentes de recusación de uno o dos miembros del Tribunal Militar Central, Jueces Togados Centrales y contra todos o la mayor parte de los miembros de los Tribunales Militares Territoriales.
Así como en segunda instancia conoce:
De los recursos que procedan contra las resoluciones dictadas por los Jueces Togados Centrales. De las apelaciones contra las sentencias dictadas por los Jueces Togados Centrales en procedimientos por falta común De los recursos de apelación en materia de conflictos jurisdiccionales que admita su ley reguladora contra las resoluciones en primera instancia de los Tribunales Militares Territoriales. De las cuestiones de competencia suscitadas entre Tribunales Militares Territoriales, entre Juzgados Togados Militares pertenecientes a distinto territorio o entre aquéllos y éstos. De los recursos jurisdiccionales en materia disciplinaria militar que procedan contra las sanciones impuestas o reformadas por el Jefe del Estado Mayor de la Defensa, Jefes de Estado Mayor de cada Ejército, Subsecretario de Defensa, Director General de la Guardia Civil y Oficiales Generales.
Disciplinaria y de Gobierno La Sala de Gobierno del Tribunal Militar Central tiene atribuciones similares a las del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) limitadas al ámbito de la Jurisdicción militar de España, entre las que se incluyen la disciplinaria y las funciones de inspección de los Tribunales Militares Territoriales y de los Juzgados Togados. Todas ellas competencias que ejerce en conjunto con el CGPJ según la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Asimismo se le atribuye la potestad para imponer sanciones disciplinarias militares por faltas muy graves a los miembros del Cuerpo Jurídico Militar que ejerzan funciones judiciales, conforme a la Ley Orgánica de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.
Referencias
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