Teleolesa es un medio de comunicación digital, canal de televisión local y revista impresa con sede en el municipio de Olesa de Montserrat (Barcelona). El medio se centra en la actualidad municipal, política, sucesos, sociedad y cultura de la localidad.

El medio forma parte de la Associació de Mitjans d'Informació i Comunicació (AMIC), que agrupa a diversas cabeceras periodísticas de proximidad en el ámbito catalanoparlante. Su línea editorial aborda la fiscalización del poder político, publicando con frecuencia informaciones críticas con la gestión del gobierno local de Olesa de Montserrat.

Cobertura informativa

A principios de 2025, el medio informó sobre el fallecimiento de una paciente en el Centro de Atención Primaria (CAP) de Olesa de Montserrat. Este suceso motivó la publicación de comunicados por parte del sindicato médico SATSE y fue referenciado en la cobertura de medios de alcance nacional y autonómico como Antena 3, Telecinco, el diario Ara y El Nacional.

En otro ámbito, el portal de noticias OKDiario citó una entrevista realizada por Teleolesa a los propietarios del restaurante local «El Italiano», con motivo de su participación en el programa de televisión Pesadilla en la cocina, presentado por Alberto Chicote.

Asimismo, en la cobertura de la actualidad política municipal, cabeceras comarcales como Vilapress han utilizado grabaciones audiovisuales publicadas por Teleolesa para documentar los debates y la tensión en los plenos del Ayuntamiento de Olesa de Montserrat.

Revista impresa

En abril de 2026, el medio comenzó a editar una publicación mensual de distribución gratuita en formato físico bajo la misma cabecera, Teleolesa, que se reparte en el municipio de Olesa de Montserrat.

El primer número de la revista centró parte de su contenido en la actualidad política municipal, recogiendo las críticas a la gestión del gobierno local por parte del grupo municipal de la oposición, el PSC. En esta misma edición se incluyeron declaraciones del alcalde del municipio, así como diferentes artículos y apartados dedicados a la cultura local.

Conflicto con el Ayuntamiento de Olesa

A lo largo de su trayectoria, Teleolesa ha mantenido un conflicto institucional público con el Ayuntamiento de Olesa de Montserrat, originado por la cobertura periodística de la gestión municipal.

Resoluciones de la GAIP En enero de 2026, la Comissió de Garantia del Dret d'Accés a la Informació Pública (GAIP) de la Generalitat de Catalunya emitió la resolución 80/2026, en la que dio la razón a Teleolesa tras una reclamación presentada por el medio en julio de 2025. El organismo constató una "falta de colaboración" por parte del Ayuntamiento de Olesa al no entregar la documentación completa sobre el pago del "Premi de Recerca Vila de Olesa" del año 2014.

La GAIP determinó que el consistorio había infringido la Ley de Transparencia al omitir los comprobantes de pago del primer premio en el expediente facilitado al medio. Como consecuencia, obligó al Ayuntamiento a entregar dicha documentación en un plazo de 15 días o, en su defecto, a certificar formalmente su inexistencia, advirtiendo de que el incumplimiento sería publicado en el portal oficial de infracciones de la Generalitat.

En mayo de 2026, la GAIP publicó cuatro nuevas resoluciones —las números 868, 869, 870 y 871— contra el Ayuntamiento de Olesa, todas ellas favorables a Teleolesa.

Las cuatro reclamaciones nuevas abarcaban bloques de información pública solicitados por Teleolesa entre enero y febrero de 2026, incluyendo documentación sobre contrataciones menores, presupuesto de comunicación, publicidad institucional y el uso de herramientas de inteligencia artificial. En todos los expedientes, la GAIP constató que el Ayuntamiento no había respondido en los plazos legales ni había enviado ningún informe al organismo cuando este abrió los procedimientos, lo que el regulador calificó de «falta de colaboración» constitutiva de potencial «infracción muy grave» en materia de transparencia si las resoluciones no eran atendidas.

Las resoluciones recogieron además que, cuando quien solicita información es periodista, el Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional han establecido la necesidad de extremar las cautelas para no interferir en la libertad de prensa, citando la sentencia STS 1256/2021 y la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso Szurovecz contra Hungría (2019).

Como respuesta a la resolución de enero de 2026 y a la acumulación de expedientes abiertos por la GAIP, el grupo municipal del PSC-CP presentó una moción en el pleno del Ayuntamiento de Olesa de Montserrat del 18 de junio de 2026, con el objeto de garantizar la transparencia y el acceso a la información municipal en tiempo real (Exp. 2026/000068).

Investigación sobre publicidad institucional irregular: el caso «08640» En mayo de 2026, Teleolesa destapó que el Ayuntamiento de Olesa de Montserrat llevaba catorce años abonando publicidad institucional a la publicación local «08640: Periòdic mensual d'Olesa de Montserrat», cuyo depósito legal figuraba como «cesado» en el registro oficial de la Biblioteca de Catalunya desde 2012. Según la documentación contable municipal obtenida al amparo de la Ley de Transparencia, entre 2015 y 2025 el consistorio había abonado un total de 85.752,70 euros por inserciones publicitarias en dicha publicación.

La investigación reveló asimismo que, tras la publicación de la información, el editor de la publicación contactó con la Oficina del Depósito Legal de Barcelona para intentar regularizar los ejemplares no entregados durante más de una década, en una maniobra que el medio calificó de reactiva.

En junio de 2026, la Oficina Antifrau de Catalunya incoó un expediente al Ayuntamiento y le concedió treinta días para que explicara los pagos a dicha publicación. El organismo anticorrupción identificó dos presuntas irregularidades: el uso de fondos públicos municipales entre 2015 y 2026 mediante adjudicación continuada de publicidad a un proveedor con depósito legal en estado «cesado», y los pagos sostenidos durante más de una década a su editor. La investigación abrió también la posibilidad de que, si se confirmaba que el editor había suscrito declaraciones responsables afirmando estar al corriente de sus obligaciones legales mientras operaba con un depósito legal inactivo, los hechos pudieran ser constitutivos de falsedad documental.

Procedimiento sancionador de la APDCAT contra Olesa Ràdio El 26 de junio de 2026, la Autoritat Catalana de Protecció de Dades (APDCAT) notificó al Ayuntamiento de Olesa de Montserrat el acuerdo de inicio del procedimiento sancionador núm. PS-0058/2026, por la presunta vulneración del deber de información recogido en el artículo 83.5.b del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La imputación traía causa de una denuncia presentada por Teleolesa en junio de 2025 contra Olesa Ràdio, la emisora municipal dependiente del Ayuntamiento, tras detectar múltiples incumplimientos en su sitio web: ausencia de política de privacidad, inexistencia de aviso legal, política de cookies no conforme a la normativa europea y recogida de datos personales a través del formulario de contacto sin información para el usuario.

El procedimiento fue instruido tras doce meses de investigación administrativa por parte de la APDCAT. El acuerdo de inicio, firmado el 25 de junio de 2026 por la jefa del Área de Inspección y Técnica del organismo, fue registrado de salida el 26 de junio con el número S/003147-2026.

Queja y resolución del CIC En abril de 2025, el equipo de gobierno del Ayuntamiento presentó una queja formal ante el Consell de la Informació de Catalunya (CIC) contra el portal digital, alegando presuntas vulneraciones deontológicas en una serie de artículos específicos.

En octubre de 2025, el CIC emitió una resolución (Expediente núm. 9/2025) en la que dio la razón al consistorio sobre los cinco casos analizados. En su dictamen, el órgano regulador consideró que, en dichos textos, el medio vulneraba varios criterios del Código Deontológico y practicaba un periodismo sensacionalista con «tendencia al espectáculo».

Tras la resolución, Teleolesa emitió un comunicado, publicado también por medios comarcales como El Llobregat. El medio argumentó que el Ayuntamiento había descontextualizado un dictamen referido a cinco artículos puntuales —de un total de casi doscientos publicados— para desacreditar la totalidad del medio.

En su defensa, los responsables de Teleolesa señalaron que la investigación del CIC había sido deficiente. Además, acusaron al gobierno local de ejercer un bloqueo informativo institucional contra ellos y de financiar con fondos públicos a otros medios locales que, según afirmaron, publicaban difamaciones contra Teleolesa.

La situación derivó en un debate en la localidad. A nivel político, en espacios como la tertulia de la emisora municipal, concejales del gobierno (Bloc Olesà, Junts, ERC) defendieron la actuación del consistorio apelando a la veracidad, mientras que representantes de grupos de la oposición como Olesa Oberta criticaron la dureza institucional y el uso de recursos para atacar a un medio joven, además el PSC instó al Ayuntamiento a encontrar una solución junto al medio. A nivel social, el conflicto generó reacciones en redes sociales y grupos vecinales, donde diversos ciudadanos manifestaron su apoyo al medio digital y criticaron las acciones del Ayuntamiento, calificándolas de intentos de censura.

Referencias

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