Institución pública autónoma del Gobierno de Ecuador, cuya función principal es el control del comercio exterior, vigilancia, supervisión y ejecución de controles para el ingreso y salida de mercancía por aeropuertos, puertos marítimos y pasos fronterizos terrestres.

Es la entidad a cargo de la planificación y ejecución de la política aduanera del Ecuador, determinar la política tributaria por improtación y exportación aduanera y sus sanciones.

Funciones, atribuciones y obligaciones Las funciones del SENAE están dirigidas a facilitar el comercio exterior y ejercer el control de la entrada y salida de mercancías, medios de transporte y quienes efectúen actividades relacionadas con el tráfico internacional de mercancías, así como determinar y recaudar las obligaciones tributarias causadas por efecto de la importación y exportación de mercancías, conforme los sistemas previstos en el código tributario; y también resolver los reclamos, recursos, peticiones y consultas de los interesados, así como sancionar las infracciones aduaneras.

Actualmente tiene direcciones distritales en estos sectores: Guayaquil Quito Huaquillas Tulcán Esmeraldas Salinas Manta Puerto Bolívar Loja Cuenca Latacunga Ref:

Cuerpo de Vigilancia Aduanero El Cuerpo de Vigilancia Aduanera ejecutará operaciones relacionadas con la prevención, detección, investigación, aprehensión de materiales y personas, en razón de los delitos contra la administración aduanera, de conformidad con la ley que regula la materia. Para la investigación pre procesal y procesal penal estará bajo la dirección de la Fiscalía General del Estado y se articulará con la entidad nacional encargada de la investigación; y, en los casos que se requiera coordinarán con la Policía Nacional y Fuerzas Armadas.

En tal virtud, podrá realizar aprehensiones, incautaciones y retenciones provisionales, a través de sus unidades operativas, cumpliendo las siguientes Funciones Específicas:

Ejecutar operaciones relacionadas con la prevención de los delitos contra la Administración Aduanera en las Zonas Primaria y Secundaria del territorio nacional Ejercer vigilancia y labores de inteligencia sobre las personas, mercancías y medios de transporte en las Zonas Primaria y Secundaria del territorio nacional Realizar las investigaciones técnicas científicas conducentes a la comprobación de la existencia del delito aduanero, en coordinación con la Fiscalía General Aprehender y retener provisionalmente las mercancías abandonadas, rezagadas o que ingresen al país por lugares no habitados y entregarlas al Director Distrital que corresponda, en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas Aprehender y retener provisionalmente mercancías y objetos que puedan constituir elementos de convicción o evidencia del cometimiento de una infracción aduanera tributaria y ponerlas a disposición de la Dirección Distrital en el plazo máximo de 48 horas, y, en los casos de delitos flagrantes, acorde a lo que dispone la Constitución de la República y el Código Orgánico Integral Penal (COIP) Inspeccionar y capturar a los presuntos responsables y ponerlos a disposición de las autoridades competentes acorde a lo establecido en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) para los delitos flagrantes Inspeccionar y aprehender mercancías, bienes y medios de transporte en las Zonas Primaria y Secundaria del territorio nacional; Realizar allanamientos de domicilios particulares o empresariales para aprehender mercancías y capturar a los presuntos responsables por delitos contra la Administración Aduanera, por lo que solicitará a la Fiscalía el trámite y solicitud de la orden escrita por el Juez competente Planificar y coordinar con la Fuerza Armadas y Policía Nacional operativos de control en las Zonas Primaria y Secundaria del territorio nacional Coordinar las actividades operativas con otras entidades u organismos del Estado o del exterior, requerir de ellas información y proporcionársela, con relación al ingreso o salida de personas, mercancías y medios de transporte en las Zonas Primaria y Secundaria del territorio nacional Requerir permanentemente el listado de personas, con relación a su ingreso o salida del territorio nacional, a la autoridad competente, la misma que estará obligada a concederlo Colaborar y capturar a personas, mercancías y medios de transporte, en el control del tráfico ilícito de sustancias estupefacientes, psicotrópicas, precursores, armas, municiones y explosivos Colaborar y capturar a personas, mercancías y medios de transporte, en el control de lavado de activos, de conformidad con lo establecido en la Ley para reprimir el Lavado de Activos Ejercer el control en la Zona Marítima Ecuatoriana, con el fin de realizar aprehensiones de mercancías, así como capturar a los presuntos responsables por delitos contra la Administración Aduanera y ponerlos a órdenes de la autoridad competente Evitar la salida no autorizada de obras consideradas patrimonio artístico, cultural y arqueológico; y, de mercancía de la flora y fauna silvestres en las Zonas Primaria y Secundaria del territorio nacional; Las demás que establezcan las leyes y reglamentos.

Ref:

Historia Mediante Registro Auténtico del 23 de septiembre de 1830, se establecen aduanas en los Departamento de Quito y Azuay y se ordena cobrar los derechos de importación.

El 18 de octubre de 1833, mediante Registro Auténtico se deroga la disposición en que se concedió el privilegio de importar manufacturas extranjeras en la Provincia de Loja para la feria llamada Del Cisne sin pagar derechos. Y se ordena que el Ejecutivo establezca en esa provincia una Aduanilla con el resguardo necesario para vigilar el comercio clandestino, y que los frutos y manufacturas del Ecuador que se exporten por tierra de la Provincia de Loja a la de Piura sean libres de todo gravamen.

Luego, en 1837 se dispone que se reformen anualmente los aranceles o tarifas sobre cuyos precios se hacen los aforos por las aduanas marítimas y terrestres y oficinas de alcabalas para recaudar los derechos de importación, de exportación y de consumo en los frutos y manufacturas que no tengan impuestos específicos.

Mediante Decreto Ejecutivo s/n, publicado en folleto 1843 el 1 de abril, se organiza el Resguardo de Aduana de Guayaquil y en 1849 se determina las atribuciones del Guarda Almacén de la Aduana de Guayaquil.

Con la Ley 1, publicada en el Registro Oficial 1260 de 9 de noviembre de 1900, se publica la Ley Orgánica de Aduanas y Arancelaria.

La organización de la Aduana de Guayaquil se da en 1906, y en 1936 se autoriza a las Gerencias de Estancos la imposición de multas a los contrabandistas y fija un tanto por ciento para los denunciantes. Hasta 1976, la dirección de Aduana formaba parte de la estructura de la Policía Nacional, posterior se convierte en una dirección nacional del Ministerio de Finanzas, a cargo de la subsecretaría de renteas. A partir de 1995, en el gobierno de Sixto Durán Ballén, se inicia el proceso de independencia administrativa con la creación de la Subsecretaría Nacional de Aduanas, adscrito al Ministerio de Finanzas, como entidad operativa autónoma.

En 1998 nace la Corporación Aduanera Ecuatoriana como empresa pública, otorgándole por primera vez al servicio de Aduana autonomía administrativa y financiera que tuvo su vigencia hasta el 2010, naciendo en dicho año el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador como institución pública de la función ejecutiva.

Ref:

Incentivos Fiscales en Ecuador Ecuador permite una deducción total del 100% de los gastos en I+D de la renta imponible, según lo estipulado en su Código Orgánico de Producción, Comercio e Inversiones. Esta medida tiene como objetivo estimular la inversión productiva y el desarrollo tecnológico dentro del país.

Estructura Orgánica

Dirección General Dirección Nacional Jurídica Aduanera Subdirección de Apoyo Regional Dirección de Relaciones Aduaneras Internacionales Subdirección General de Gestión Institucional Dirección de Secretaría General Subdirección General de Operaciones Dirección de Autorizaciones y Expedientes de Operadores de Comercio Exterior Dirección Nacional de Capitales y Servicios Administrativos Dirección Nacional de Intervención Jefatura de Atención al Usuario Direcciones distritales Subdirección General de Normativa Aduanera Dirección Política Aduanera Dirección Nacional de Gestión de Riesgos y Técnica Aduanera

Fuente:

Autoridades del Servicio Nacional de Aduanas de Ecuador

+NombrePeríodoDesignanteRefPresidente del Directorio de la Corporación Aduanera Ecuatoriana - CAEJosé Estrada Guzmán1998 - 1999Jamil MahuadRamiro Pita García1999 - 2000Rubén Landázuri Zambrano2000 - 2000Gustavo NoboaVíctor Hugo Almeida Amat2000 - 2000Elsa Romoleroux Chávez de Mena2000 - 2004Vicente Saavedra Alberca2004 - 2005Lucio GutiérrezElsa Romoleroux Chávez de Mena 2005 - 2006Alfredo PalacioAlberto Cárdenas Dávalos2006 - 200785x85pxCarlos Marx Carrasco Vicuña2007 - 2008Rafael CorreaAndrés Martínez Landívar2008 - 2009Carlos Marx Carrasco69x69pxSantiago León Abad2009 - 2011Rafael CorreaDirectores Generales del Servicio Nacional de AduanasMario Pinto SalazarMarzo de 2011 - 21 de abril de 2011Santiago León69x69pxSantiago León Abad21 de abril de 2011 - 10 de noviembre de 2011Rafael Correa84x84pxXavier Cárdenas Moncayo10 de noviembre de 2011 - 1 de febrero de 2017Miguel Ruiz Martínez1 de febrero de 2017 - 24 de mayo de 201772x72pxMauro Andino Alarcón24 de mayo de 2017 - 23 de mayo de 2018Lenín Moreno88x88pxCarlos Andretta Schumacher23 de mayo de 2018 - 20 de septiembre de 201875x75pxMaría Alejandra Muñoz Seminario20 de septiembre de 2018 - 21 de julio de 202060pxAndrea Colombo Cordero21 de julio de 2020 - 24 de mayo de 2021sinmarco|80x80pxCarola Ríos Michaud24 de mayo de 2021 - 17 de mayo de 2023Guillermo Lassosinmarco|80x80pxRalph Suástegui Brborich17 de mayo de 2023 - 23 de noviembre de 202360pxMaría Gabriela Ochoa Ochoa23 de noviembre de 2023 - 22 de abril de 2024Daniel Noboa60pxLuis Alberto Jaramillo Granja22 de abril de 2024 - 19 de octubre de 2024Director Nacional Jurídico de Aduanas(Fernando Rosero Rodríguez)19 de octubre de 2024 - 28 de mayo de 2025Sandro Fortunato Castillo Merizalde28 de mayo de 2025 - 26 de agosto de 2026 Luis Eduardo Vascones Boloña26 de agosto de 2026-presente

Referencias

Categoría:Impuestos de Ecuador Aduanas