La colusión de precios en Chile corresponde a una práctica anticompetitiva ilegal,en la que dos o más empresas celebran secretamente acuerdos, convenios o concertaciones para fijar precios, repartirse cuotas o zonas de mercado, limitar la producción o manipular licitaciones, alterando así artificialmente la oferta y demanda. Estos comportamientos, considerados contrarios al marco de la libre competencia, están explícitamente prohibidos por la legislación chilena y son sancionados tanto por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), como otras instancias regulatorias. En Chile, diversos casos de colusión han sido objeto de amplia atención pública y han generado debate social, al evidenciar conductas empresariales que vulneran el funcionamiento competitivo del mercado y la ética de los negocios.

Carteles La colusión implica la coordinación ilícita entre dos o más agentes económicos para alterar las condiciones competitivas del mercado. Cuando estas empresas o actores acuerdan fijar precios, repartirse territorios, limitar la producción u otras prácticas destinadas a restringir la competencia, pasan a constituir un cartel. En el ámbito de la libre competencia, un cartel es considerado una de las formas más graves de atentado contra el mercado, dado que busca reemplazar las fuerzas competitivas por acuerdos secretos que benefician a sus participantes en perjuicio de consumidores y competidores.

Marco legal El régimen de defensa de la libre competencia en Chile está regulado por el Decreto Ley 211, que confiere facultades al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia y a la Fiscalía Nacional Económica (FNE) para investigar y sancionar conductas anticompetitivas, incluida la colusión. Además, la FNE tiene facultades especiales de investigación (incluyendo delación compensada) para recopilar pruebas, y en los casos más graves está obligada a presentar querella penal ante los tribunales correspondientes.

Con la promulgación de la Ley 20.945 en 2016 se reintrodujo la posibilidad de sanción penal para la colusión “dura”, al tipificarla como delito: el Código Penal sanciona con penas de cárcel (presidio de 3 años y 1 día a 10 años) a quienes celebren, implementen u organicen acuerdos colusorios.

Sumado a las competencias de los tribunales económicos y de la FNE, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) cumple un rol complementario en la protección de los consumidores afectados por estas prácticas. Sus facultades, establecidas en la Ley N.º 20.555, le permiten recibir reclamos, mediar con proveedores y exigir el cumplimiento de los deberes de información y transparencia en los mercados financieros. En casos de colusión que impactan a consumidores —por ejemplo, alza coordinada de precios o condiciones abusivas derivadas de prácticas anticompetitivas— el Sernac puede iniciar acciones colectivas, tales como demandas colectivas, requerir compensaciones económicas y representar judicialmente a los consumidores, aunque no tiene atribuciones para investigar o sancionar directamente la colusión. Su intervención se orienta a la reparación y protección de los derechos de consumo derivados de conductas anticompetitivas detectadas por otros organismos especializados.

Perjuicio económico y moral La colusión genera un perjuicio económico significativo en la economía chilena, tanto para los consumidores y su bienestar, como para la eficiencia del mercado. Al manipular precios o restringir la competencia, las empresas involucradas trasladan sobrecostos directos a la población, reducen la calidad de los bienes y servicios e impiden que el mercado funcione de manera competitiva. Estas prácticas también erosionan la confianza pública en las instituciones económicas y regulatorias, reforzando la percepción de que ciertos actores operan con ventajas indebidas, en especial las grandes empresas. Desde un punto de vista de daño moral, el perjuicio es aún mayor cuando la colusión involucra artículos o servicios de primera necesidad, pues afecta de manera desproporcionada a los sectores más vulnerables y vulnera principios básicos de la libertad en la que debe desenvolverse, en teoría, un sistema económico que apuesta por el libremercado. Como consecuencia, la colusión no solo incrementa injustificadamente los precios, sino que también afecta la credibilidad del sistema económico en su conjunto, debilitando la competencia y desincentivando la innovación.

A este fenómeno se suma la estrecha relación entre colusión y abuso de posición dominante, ya que las empresas con mayor poder de mercado suelen estar en condiciones de coordinarse o influir en su sector para obtener beneficios indebidos sin enfrentar competencia real, pudiendo formar un oligopolio con un número reducido de actores. Esta interacción amplifica el daño económico y moral: cuando un actor dominante utiliza su influencia para instalar barreras de entrada, limitar alternativas o fijar precios de manera concertada, no solo distorsiona el funcionamiento del mercado, sino que también consolida estructuras que perpetúan la desigualdad económica. El resultado es un escenario donde el consumidor queda atrapado entre opciones restringidas y precios artificialmente elevados, mientras la concentración del poder económico se profundiza, reforzando prácticas que benefician a unos pocos en detrimento del bienestar colectivo.

Cooperación internacional Chile participa activamente en diversas instancias internacionales dedicadas a la promoción y defensa de la libre competencia. La Fiscalía Nacional Económica es miembro de la International Competition Network (ICN), foro global que reúne a más de un centenar de agencias antimonopolio para coordinar buenas prácticas, desarrollar guías técnicas y fomentar la cooperación entre autoridades. Asimismo, Chile integra el Comité de Competencia de la OCDE, donde participa en evaluaciones de políticas, estudios comparados y mecanismos de revisión entre pares. A nivel regional, el país coopera con organismos como la UNCTAD y mantiene acuerdos bilaterales de intercambio de información y asistencia técnica con agencias de competencia de América y Europa. Un ejemplo de ello es el acuerdo firmado entre la FNE y el Departamento de Justicia junto a la Comisión Federal de Comercio de los Estados Unidos. Esta inserción internacional busca fortalecer la aplicación doméstica del derecho de competencia y alinearla con estándares globales.

Ámbito académico En el ámbito académico, diversas universidades chilenas han desarrollado programas e iniciativas orientadas al estudio y prevención de conductas anticompetitivas. Destaca el Programa de Libre Competencia de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile (PUC), creado en 2006, que se ha consolidado como un espacio de investigación, formación y difusión en la materia, promoviendo el análisis interdisciplinario entre derecho y economía. Asimismo, el Centro de Competencia de la Universidad Adolfo Ibáñez (UAI), creado en 2019 ante la aparición de varios casos relacionados a la prácticas anticompetitivas en el mercado chileno, se ha posicionado como un referente en investigación y divulgación especializada, generando contenido, herramientas y espacios de discusión sobre política de competencia y regulación de mercados, incluyendo temas como colusión y economía digital. Estas iniciativas contribuyen a la formación de profesionales y al fortalecimiento de la institucionalidad en libre competencia en Chile.

Casos notables Caso Farmacias (2008–2012)

En 2008 se descubrió que tres grandes cadenas farmacéuticas (Cruz Verde, Farmacias Ahumada y Salcobrand) habían coordinado alzas de precios en más de 200 medicamentos. Las investigaciones del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia revelaron correos y patrones de comportamiento que confirmaban la colusión. El caso generó amplio debate público y sanciones económicas relevantes.

Caso Pollos (2011–2014)

En este caso, las principales empresas productoras de carne de pollo —Agrosuper, Ariztía y Don Pollo, coordinadas por la Asociación de Productores Avícolas de Chile (APA), disuelta tras la publicación del escándalo — fueron sancionadas por mantener un cartel destinado a fijar cuotas de producción y regular la oferta de carne de ave en el país. A través de acuerdos a largo plazo, las compañías ajustaban su volumen de producción para mantener estables los precios del pollo, afectando directamente a consumidores y al mercado. El TDLC dictaminó que existió colusión estructurada durante varios años, lo que derivó en multas históricas. Este caso es uno de los más emblemáticos de Chile por la magnitud de las empresas involucradas y el impacto en bienes de consumo básico.

Caso Papel Tissue (2015)

Conocido también como “Colusión del Papel Higiénico”, este escándalo reveló un acuerdo entre dos grandes compañías para fijar precios y repartirse el mercado por más de una década. El caso provocó fuerte indignación social y abrió debates sobre la necesidad de penas más estrictas y cárcel para delitos de colusión.

Caso Pañales (2015-2016)

El caso de los pañales en Chile consistió en una colusión entre CMPC Tissue y Kimberly-Clark, que entre 2002 y 2011 coordinaron alzas de precios y compartieron información sensible para manipular el mercado de pañales desechables. La práctica se conoció en 2015 gracias a una delación compensada presentada por CMPC ante la Fiscalía Nacional Económica. En 2016, la FNE cerró la investigación por prescripción, lo que impidió llevar el caso al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia. Como medida de reparación, CMPC distribuyó pañales al sistema público y a programas sociales.

Caso Supermercados (2016–2019) La Fiscalía Nacional Económica acusó a las principales cadenas de supermercados de coordinarse para fijar precios mínimos en la venta de carne de pollo fresca mediante un mecanismo indirecto conocido como “hub and spoke”. El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia confirmó la existencia del acuerdo e impuso sanciones a las empresas. Und fallo de la Corte Suprema de Justicia en 2020 duplicó las multas individuales a cada uno de los involucrados, con un total de 5 766 Unidades Tributarias Anuales (UTA) a Cencosud, 4 743 UTA para Walmart Chile y 3 438 UTA para SMU. La medida fue justificada en virtud de la gravedad del asunto y el impacto que tuvo en el número de consumidores y la cobertura nacional.

Caso Transporte de Valores (2017-2018) Entre 2017 y 2018, las empresas chilenas Brink’s, Prosegur y Loomis habrían coordinado sus precios y estrategias comerciales en el mercado de transporte de valores, afectando la libre competencia. La Fiscalía Nacional Económica (FNE) inició la investigación tras acogerse a su programa de delación compensada uno de los ejecutivos implicados y, en diciembre de 2018, se realizaron allanamientos a las oficinas de las compañías y domicilios de sus ejecutivos para recabar evidencia. En octubre de 2021, la FNE presentó un requerimiento ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) solicitando sanciones por aproximadamente US$ 63 millones tanto para las empresas como para seis de sus ejecutivos. El caso generó gran atención mediática por la magnitud de las multas y sigue en trámite judicial, constituyendo uno de los procesos más relevantes de colusión en Chile.

Caso Gases Industriales (2019-2021)