El Caso Camila es un referente en la defensa de derechos humanos en el Perú que evidenció la vulneración de los derechos de una niña indígena a quien se le negó el acceso al aborto terapéutico. Este procedimiento es legal y un derecho desde 1924 en el país cuando la vida o salud de la persona gestante corre peligro.

"Camila" es el seudónimo utilizado para proteger la identidad de la menor quien fue víctima de violación sexual por parte de su padre en la región de Apurímac. Producto del abuso, tuvo un embarazo infantil a los 13 años en el 2017. Sin embargo, a pesar del riesgo para su salud y vida, el personal médico del Hospital Regional de Abancay negó el procedimiento de aborto terapéutico. Finalmente, la menor sufrió un aborto espontáneo.

En 2023, el Comité de la ONU sobre los Derechos de los Niños, determinó que el Estado peruano violó los derechos de Camila por negarle el acceso al aborto terapéutico. También sostuvo que la menor sufrió discriminación por razones de edad, género, origen étnico y condición social, además de ser criminalizada luego de sufrir un aborto espontáneo. En ese sentido, el fallo concluyó que la menor fue revictimizada por el personal de salud, fiscales y policías, al sufrir una persecución judicial por el delito de autoaborto.

El Comité emitió una serie de medidas que exigen al Estado peruano mejorar sus políticas públicas y legilslación para despenalizar el aborto para todos los casos de embarazo infantil, así como adaptar el protocolo de embarazo terapéutico a los casos de niñas víctimas de violación sexual.

En 2019, se presentaron ante Naciones Unidas otros cuatro casos de menores -Fátima, Lucía, Norma y Susana- que fueron forzadas a llevar adelante embarazos en América Latina.

Contexto

Antecedentes El caso Camila es el tercer caso que se resuelve en el marco del Sistema Universal de Derechos Humanos por aborto contra el Estado peruano. Los otros dos casos resueltos por la justicia internacional son:

En 2005, K.L. una adolescente de 17 años fue obligada a continuar con un embarazo a pesar de que el feto padecía anencefalia, una malformación que impide el desarrollo del cerebro y hace imposible la supervivencia del recién nacido fuera del útero. Demus, Cladem y Centro de Derechos Reproductivos (CDR) demandaron al Estado peruano ante el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas. Tres años después, en el 2011, el Comité de la ONU resolvió que el gobierno peruano indemnizara a K.L.

En 2007, L.C. quedó embarazada tras las violaciones que sufría por parte de un vecino. La menor atentó contra su vida lanzándose del techo de su casa, por lo que fue trasladada de a un hospital para ser operada de emergencia; sin embargo el procedimiento no pudo realizarse debido al embarazo. La madre solicitó el aborto terapéutico, pero los médicos rechazaron su solicitud. L.C. tuvo un aborto espontáneo y finalmente fue intervenida, pero debido a la demora, no volvió a caminar. En 2011, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) falló a favor de L.C y exigió al Estado Peruano, revisar su legislación para despenalizar el aborto en caso de una violación sexual

Recomendaciones de la ONU En 2023, el Comité de los Derechos Del Niño de las Naciones Unidas ordenó el Estado peruano implementar 10 recomendaciones para reparar a Camila y fijó un plazo de 180 días para que cumpla con las obligaciones. Cuando el período se venció, el Ministerio de Justicia solicitó una prórroga para atender el fallo. Sin embargo, hasta la fecha siguen sin cumplirse en su totalidad.

En 2024, el Ministerio de Salud se negó a entregar una indemnización económica a Camila bajo la figura de "no le corresponde" y tampoco le ha otorgado atención integral gratuita en salud mental. Por su parte, el Ministerio de Educación rechazó otorgarle una beca integral de estudios universitarios como parte de la reparación para que pueda continuar con su proyecto de vida.

En cuanto a la publicación del fallo como parte de las obligaciones, el Gobierno ha cumplido con difundir la versión completa en castellano, pero queda pendiente su traducción al quechua, que es la lengua indígena de Camila. +RecomendaciónCumplimientoEntregar una indemnización económica para reparar los daños.NoOtorgar una beca integral de estudios y facilitar el acceso gratuito a servicios de salud mental.NoDespenalizar el aborto en todos los casos de embarazo infantil.NoFacilitar el acceso a un aborto seguro a las niñas embarazadas y cuidados después del procedimiento.NoActualizar y modificar la guía técnica de aborto terapéutico para su aplicación en niñas.NoCapacitar al personal de salud, fiscales y jueces sobre el aborto terapéutico.ParcialmenteGarantizar que la educación sexual integral se imparta en las escuelas.NoAsegurar el acceso de niños, niñas y adolescentes a la información y a los servicios de salud sexual y reproductiva.ParcialmenteEvitar la revictiminzación de un niña, niño o adolescente que sufrió abuso sexual y asegurar atención oportuna.NoPublicar el dictamen del Comité de los Derechos del Niño, traducirlo al quechua y darle amplia difusión.Parcialmente Referencias

Enlaces externos

Presentación del dictamen sobre el caso Camila vs. Perú (2023) La valentía de Camila, a quien el Estado peruano le dio la espalda (2020)

Categoría:Aborto Categoría:Derechos humanos en Perú