El Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (MPD) es un organismo que forma parte del Poder Judicial de la Ciudad. Tiene plena independencia funcional del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo de la Ciudad, y es una de las tres ramas que compone el Ministerio Público de la Ciudad, junto con el Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público Tutelar.

Promueve el acceso igualitario y gratuito a la justicia. Actúa en los dos fueros que conforman el Poder Judicial de la Ciudad: el Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo (CATyRC), y el Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas (PPJCyF).

Misión y funciones La misión del organismo es promover el acceso igualitario y gratuito a la justicia y la debida defensa en juicio, en el marco del estricto respeto de los derechos humanos.

Ante el fuero Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo (CATyRC), asiste y patrocina a los habitantes de la ciudad en sus reclamos contra la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en la tutela de sus derechos como consumidoras/es, cuando sus derechos se ven vulnerados y en tanto no cuenten con los medios económicos para contratar a un/a abogado/a, y actúa asimismo en defensa de los intereses generales de la sociedad.

En el fuero Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas (PPJCyF), defiende a las personas detenidas, imputadas o sancionadas por delitos, contravenciones o faltas en aquellas causas en las que intervenga un juez de la Ciudad, en caso de que no cuenten con un defensor particular. Las y los defensores acompañan a las personas desde el primer momento de la detención y durante todo el proceso –incluso durante la ejecución de la pena-, apoyándose en el trabajo de profesionales de distintas disciplinas (peritos, psicólogos, asistentes sociales, etc). Asimismo desarrolla una tarea de prevención y asistencia en casos de violencia institucional e integra el Mecanismo Local de Prevención contra la Tortura.

Entre sus funciones, según lo establece la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la Ley N° 1903 se destaca:

promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad; velar por la observancia de los derechos humanos en los establecimientos y lugares de detención de las personas; velar por la observancia de la Constitución Nacional, los tratados internacionales, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y las leyes nacionales y locales; velar por el efectivo cumplimiento del debido proceso legal; ejercer la defensa de la persona y los derechos de los justiciables en las causas que tramitan ante los fueros mencionados.

Autoridades La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el art. 126, establece que la máxima autoridad del Ministerio Público de la Defensa es el/a Defensor/a General. Según la Ley Orgánica del Ministerio Público es designado/a por el Jefe de Gobierno de la Ciudad con acuerdo de los dos tercios del total de los miembros de la Legislatura, en sesión pública, y solo puede ser removido/a por juicio político. Su mandato es de siete años y puede ser reelegido por un intervalo de un período completo.

Desde 2021, la Defensora General de la Ciudad es la Dra. Marcela Millán. Con anterioridad, se desempeñaron como defensores generales el Dr. Horacio Corti (2014-2021), la Dra. Graciela E. Christe (junio de 2006 - marzo de 2007, de manera interina), el Dr. Mario J. Kestelboim (2007-2014), y el Dr. Víctor E. Hortel (1999-2006).

Creación En el art.124 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se crea el Ministerio Público como un organismo integrante del Poder Judicial de la Ciudad, con jerarquía constitucional, independencia, autonomía funcional y autarquía financiera. La Ley Orgánica del Ministerio Público Nº 1903 organiza su estructura y funciones.

Referencias

Categoría:Organización política de la ciudad de Buenos Aires Categoría:Poder Judicial de Argentina