La pornografía infantil es ilegal en la mayoría de los países (187 de 195 países son ilegales), pero existe una variación sustancial en las definiciones, categorías, sanciones e interpretaciones de las leyes. Las diferencias incluyen la definición de "niño" según la ley, que puede variar según la edad de consentimiento sexual; la definición misma de "pornografía infantil", por ejemplo, según el medio o el grado de realidad; y qué acciones son delictivas (por ejemplo, la producción, distribución, posesión, descarga o visualización de material). Las leyes que rodean la pornografía infantil ficticia son una fuente importante de variación entre jurisdicciones; algunas mantienen distinciones en la legalidad entre la pornografía real y ficticia que representa a menores, mientras que otras regulan el material ficticio bajo leyes generales contra la pornografía infantil.

Postura internacional Organizaciones Centro Internacional para Niños Desaparecidos y Explotados (ICMEC)

Esta organización combate la explotación sexual infantil, la pornografía infantil y el secuestro de menores. Para la pornografía infantil, ha establecido una legislación modelo que la define y recomienda sanciones y sentencias. Según una investigación realizada en 2018, la pornografía infantil es ilegal en 118 de los 196 Estados miembros de Interpol. Esta cifra representa a los países que cuentan con legislación suficiente para cumplir 4 o 5 de los 5 criterios definidos por el ICMEC.

ECPAT

ECPAT se centra en frenar la explotación sexual infantil en línea, la trata de menores con fines sexuales y la explotación sexual infantil en el sector turístico. Esta organización realiza un seguimiento de los países que han implementado estándares definidos en acuerdos como el Convenio de Budapest sobre Ciberdelincuencia y el Convenio de Lanzarote a través de sus informes de derechos humanos.

Tratados Existen al menos dos tratados importantes, con un "protocolo facultativo", para combatir la pornografía infantil a nivel mundial. Estos se consideran obligaciones internacionales para aprobar leyes específicas contra la pornografía infantil, que deberían ser castigadas con penas adecuadas que tengan en cuenta su gravedad. El primero de estos tratados se relaciona con el Convenio sobre Ciberdelincuencia del Consejo de Europa, el Convenio del Consejo de Europa para la protección de los niños contra la explotación y el abuso sexual, y la Decisión Marco de la UE, que entró en vigor en 2006. Estos exigían a los Estados signatarios o miembros que penalizaran todos los aspectos de la pornografía infantil. El segundo involucra a las Naciones Unidas, que estableció el Artículo 34 de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN). Este establece que todos los signatarios deberán tomar las medidas apropiadas para prevenir la explotación de niños en espectáculos y materiales pornográficos. También se añadió un protocolo facultativo que exige a los signatarios prohibir la producción, distribución, difusión, importación, exportación, oferta, venta o posesión para los fines antes mencionados de pornografía infantil. Algunas de las negociaciones y revisiones del proceso tuvieron lugar en el Congreso Mundial contra la Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes, celebrado en 1996 y 2001.

Estatus por país +Leyenda de la tabla Legalidad Descripción Pornografía infantil real: Esta etiqueta asume que la venta, producción y distribución de pornografía infantil es ilegal (de jure) por defecto a menos que se indique lo contrario. Pornografía infantil ficticia: Esta etiqueta asume que la venta, producción y distribución de pornografía infantil ficticia es ilegal (de jure) por defecto, a menos que se indique lo contrario. Posesión: La posesión (incluida la posesión simple) es ilegal (de jure) tanto para la pornografía infantil ficticia como para la real, a menos que se indique lo contrario. Pornografía infantil real: Esto puede abarcar una situación parcialmente legal o una en la que la ley no se aplica. Puede encontrar más detalles en la sección "Resumen breve". Pornografía infantil ficticia: Esto se utiliza cuando la pornografía infantil ficticia no está claramente definida por la ley o en países que definen qué partes son legales e ilegales. Posesión: Si solo la pornografía infantil ficticia es legal, entonces, por defecto, su posesión también lo es. Esto también abarca situaciones parcialmente legales y no aplicadas. Pornografía infantil real o ficticia: No existen restricciones. Posesión: No existen restricciones. Sin datos Se desconoce el estado de la ley, esto puede cambiar con fuentes adicionales.

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