miniaturadeimagen|300px|Establecimientos del Imperio español en la Patagonia atlántica. miniaturadeimagen|300px|right|La Patagonia bajo la jurisdicción teórica del Imperio español, con los poblados fundados en sus costas. thumb|300px|Carta esférica de las costas de la America Meridional hecha por Juan de Lángara en 1798 incluyendo las costas patagónicas y los asentamientos.
Los establecimientos coloniales de la Patagonia atlántica son las poblaciones que la Corona española fundó en la costa patagónica, bañada por el océano Atlántico en los territorios nominales del Imperio español habitados principalmente por tehuelches.
Dichas fundaciones se habrían motivado ante el peligro de que se fundasen allí establecimientos franceses o ingleses, países que habrían considerado a esa región como res nullius. Con posterioridad a la independencia de Chile y de Argentina se generaría una controversia entre ambas naciones sobre la aplicación del principio uti possidetis iuris de 1810 en la región, relacionado en gran medida con estos establecimientos.
Antecedentes históricos de la costa patagónica oriental
Erección del efímero Puerto de los Leones en la bahía Camarones
thumb|277px|right|Gobernaciones sudamericanas desde 1534 hasta 1539, aparece la gobernación de Nueva León después de su ampliación hasta el estrecho de Magallanes en 1536, estando al mando de Francisco de Camargo.
El 9 de marzo de 1535, el navegante Simón de Alcazaba y Sotomayor quien fuera nombrado adelantado de la gobernación de Nueva León en las capitulaciones de 1534 por el rey Carlos V, La gobernación abarcaba 200 leguas de norte a sur y fundó en la caleta Hornos de la bahía Gil —a 29 kilómetros al sur de la actual localidad argentina de Camarones, en la actual provincia del Chubut— el efímero «Puerto de los Leones» o «Nueva León».
Dicha efímera localidad duraría hasta el 17 de junio del citado año, cuando fuera abandonado después de ser asesinado el adelantado Simón de Alcazaba.
Posteriormente al ser concedida la gobernación a Francisco de Camargo el 8 de diciembre de 1536, el territorio es extendido hasta el estrecho de Magallanes.
Ampliación de la gobernación de Chile miniaturadeimagen|Retrato del rey Carlos I de España y V del Sacro Imperio Romano Germánico. En 1548, Pedro de Valdivia obtuvo de Pedro de la Gasca, presidente de la Real Audiencia de Lima
En 1544 Pedro de Valdivia, ya asentado en Chile, envió dos barcos al estrecho de Magallanes al mando de Juan Bautista Pastene, pero no lograron encontrarlo.
En 1552 Jerónimo de Alderete cruzó desde Chile la cordillera de los Andes por el paso de Mamuil Malal (Neuquén), internándose 30 leguas en una expedición enviada por Valdivia. En 1553, Valdivia envió a explorar por mar a Francisco de Ulloa, quien desembarca en Chiloé, y por tierra a Francisco de Villagrán, quien cruza los Andes por el paso de Tromén.
Valdivia seguía sus expediciones en dirección sur para poder fundar un asentamiento en el lugar, algo que no concretó al encontrarse con los araucanos.
El emperador Carlos I, al confirmar en 1552 el nombramiento de Pedro de Valdivia hecho por de La Gasca, fijó el territorio de la Gobernación de Nueva Extremadura como una franja de 100 leguas de oeste a este desde el Mar del Sur delimitada por los paralelos 27° y 41° de latitud sur (aproximadamente entre Copiapó y Osorno). miniaturadeimagen|350px|Jerónimo de Alderete ante el emperador Carlos V en Arrás, argumentando en favor de ampliar la gobernación de Chile hasta el estrecho de Magallanes. A finales de 1554, el rey Carlos I manda una carta al Consejo de Indias expresando:
El 15 de diciembre de 1554, el Consejo de Indias responde al rey aconsejando que no es conveniente entrar ni conquistar las tierras de la otra parte del Estrecho:
El 29 de mayo de 1555, la princesa Juana de Austria, por medio de una real cédula, nombró gobernador de las tierras hasta el estrecho de Magallanes, sin perjuicio de los límites de otra gobernación, a Jerónimo de Alderete, el cual tras la muerte de Valdivia asumió como gobernador de Chile, pero muere sin llevar adelante su misión. Por otra real cédula de igual fecha, cumpliendo lo manifestado por el rey en su carta al Consejo de Indias y la cual lleva por dirección "al gobernador de Chile para que, llegado que sea, envíe a tomar razón de la tierra de la otra parte del Estrecho", la princesa dispuso que:
Otra real cédula de la misma fecha estipuló:
Como consecuencia de no haber sido nombrado gobernador del otro lado del Estrecho por real cédula, Jerónimo de Aldrete dirigió al rey una carta, de fecha 30 de mayo de 1555, en la cual expresa que una de las reales cédulas solamente le ordena que envíe relación de las tierras que hay del otro lado del estrecho y que después de esto se mandará a proveer lo que más convenga. Alderete dice que es inútil que él vaya únicamente para enviar una relación o informe y por esa razón pide que el rey le haga merced de la gobernación del otro lado del estrecho.
Jerónimo, quien fue nombrado sucesor de Valdivia el 17 de octubre de 1554, falleció mientras volvía a Chile desde España en Panamá debido a la fiebre amarilla. Posteriormente, en una real comisión dictada por el gobernador García Hurtado de Mendoza a Pedro del Castillo, el 20 de noviembre de 1560 señaló: En esta real comisión, la distancia de 150 leguas de este a oeste conforma evidentemente un error, ya que la real cédula del 29 de mayo de 1555 otorgada a Gerónimo de Alderete señala expresamente que se le daba la gobernación como la tenía Pedro de Valdivia, es decir, 100 leguas de ancho.miniaturadeimagen|350px|Juan Ladrillero toma posesión del estrecho de Magallanes para la gobernación de Chile y el rey de España en 1558. En 1557 el gobernador de Chile, García Hurtado de Mendoza, envió a Juan Ladrillero a tomar posesión de ambas riberas del estrecho de Magallanes. a bordo de la San Luis y a Francisco Cortés de Ojea al mando de la San Sebastián, este naufraga y logra regresar llegar a la ciudad de Valdivia en un lanchón en octubre de 1558. Ladrillero es el primero en recorrer el estrecho de Magallanes de oeste a este, explorando también el seno de Reloncaví. Cuando se designa a Francisco de Villagra también se le solicita tomar posesión de las tierras al sur del estrecho en la Real Cédula que lo nombró, pero sin haber sido nombrado gobernador de dichas tierras.
En la real cédula de Bruselas de 1558, el rey da las siguientes instrucciones a Villagra:
Expansión de la gobernación del Río de la Plata miniaturadeimagen|350px|Superposición de jurisdicciones de la gobernación del Plata y la gobernación de Chile entre 1570 y 1661 según Manuel Ravest Mora. El 1 de junio de 1570, el rey Felipe II, por medio de una real cédula, otorga a Juan Ortiz de Zárate una expansión de la gobernación del Río de la Plata, ampliándola hasta el estrecho de Magallanes. Previamente el 10 de julio de 1569 el rey había otorgado la gobernación del Río de la Plata a Juan Ortiz, sucediendo a Pedro de Mendoza, Álvar Núñez Cabeza de Vaca y Domingo Martínez de Irala. La incorporación de los territorios previamente asignados a Jaime Rasquin fue pedido por Juan Ortiz el 27 de abril de 1570 ante el Consejo de Indias y el rey. Previamente a esto sus dominios abarcaban, según la historiografía chilena y parte de la argentina, desde el paralelo 25 sur hasta el 36° sur aproximadamente. Además, anteriormente se le habían otorgado a Jaime Rasquín, más 200 leguas de costa en el Mar del Sur (océano Pacífico), las cuales el rey deja sin efecto. La jurisdicción de 1570 comprendía los territorios de la gobernación del Río de la Plata desde 1534 hasta 1569 en conjunto con la ampliación hasta el estrecho de Magallanes, que antes había otorgado a Jaime Rasquín, y según Manuel Ravest Mora, habiendo una superposición de jurisdicciones con la gobernación de Chile y la provincia del Plata entre el paralelo , cerca del Puerto Deseado, hasta el estrecho de Magallanes por el sur y el ambos mares en el oeste y este respectivamente, entre 1661 y 1570, con la expansión de la gobernación de Ortiz de Zarate. La real cédula del 1 de junio de 1570 dispone que:
El diplomático chileno Carlos Morla Vicuña sostuvo que la concesión había caducado por falta de cumplimiento de la obligación de poblar, al igual que ocurrió con la capitulación anterior otorgada a Jaime Rasquín, que fue rescindida por ese motivo.
No obstante, la nulidad por incumplimiento no operaba automáticamente, ya que las Capitulaciones eran contratos bilaterales que requerían revocación expresa por parte del Rey. En el caso de Rasquín, pese a haber vencido el plazo en 1563, su Capitulación de 1557 seguía vigente en 1570, lo que demuestra que no bastaba el incumplimiento para extinguirla, y tuvo que ser abolida explícitamente por el rey.
Asimismo, Morla argumentó que ni Ortiz de Zárate ni su sucesor Torres de Vera y Aragón fundaron asentamientos en las 200 leguas costeras concedidas hacia el sur del Río de la Plata, lo que según él, habría sido condición esencial para ejercer jurisdicción y la capitulación no habría tenido efectos reales sobre el territorio, por lo que interpretó que la real cédula de 1570 no pudo menoscabar los límites tradicionales de la gobernación de Chile hasta el estrecho de Magallanes.
Morla también argumentó que el nombramiento de Rodrigo de Quiroga como gobernador de Chile en 1573, cuatro años después de la capitulación de Ortiz de Zárate, se hizo "en los mismos términos que a Valdivia, Alderete, Hurtado de Mendoza y Villagra", es decir, con jurisdicción hasta el Estrecho, Además, destacó que Martín García Óñez de Loyola, sucesor de Ortiz y luego gobernador de Chile, planificaba una expedición hacia la Patagonia y el Estrecho en su calidad de gobernador chileno, reconociendo así los límites australes de dicha gobernación. Al respecto, el jurista argentino Pablo Lacoste sostiene que en el nombramiento de Rodrigo de Quiroga de 1573 no se reiteró explícitamente la jurisdicción de 100 leguas de ancho tal como figuraba textualmente en las capitulaciones de 1554, 1555 y 1558 y esto resultó coherente con los desprendimientos que la Corona española había dispuesto, es decir, la separación de Tucumán en 1563 y la ampliación de la Gobernación del Río de la Plata sobre la Patagonia en 1570. El mencionado jurista argentino expresa que cuando el rey señaló que Quiroga tenía que desempeñar su cargo de gobernador de la misma manera que sus antecesores no se refirió al aspecto jurisdiccional, porque en tal caso la real cédula de 1573 hubiera tenido efectos evidentes. Es decir, la gobernación del Tucumán debería haber regresado a la jurisdicción de la Gobernación de Chile, pero ello no sucedió.
A aquello el historiador chileno Manuel Ravest Mora responde que la real cédula de 1573 es la última ocasión en que el rey menciona los deslindes territoriales de la gobernación, haciendo mención a tales son sin modificar a otras gobernaciones, como el caso de Tucumán y la superposición cercana al estrecho, explicada por Ravest diciendo que «los Consejeros debieron creer que el deslinde oriental de Chile -resultante de sus 100 leguas de ancho- tocaba el Estrecho, y que, por lo mismo, dejaba vacante hasta alcanzarlo la franja vertical intermedia entre la capitanía general y el Mar del Norte, en donde ubicaron la Provincia patagónica de Rasquin, después otorgada a Ortiz». El historiador discrepa que «deslinde oriental de Chile» haya sido eliminado, y cita el documento de 1744 de los oficiales reales de Santiago, quienes describe al territorio de la gobernación diciendo: «incluye toda la Pampa hasta el Mar del Norte rematando en la Bahía sin Fondo o junto al Río de Los Leones a los 44° de latitud», lo que coincide con el cálculo de las 100 leguas, el cual deja de mencionarse explícitamente, con excepción del «Coronicón sacro-imperial de Chile» de 1805 del fray Francisco Xavier Ramírez que hace mención aproximada de aquellas.