La cédula de identidad, también conocida como carnet de identidad, es un documento identificatorio de Bolivia que según normativa debe estar en posesión de toda persona residente en el país. Fue creada por primera vez el 10 de diciembre de 1927, y desde entonces la legislación, criterios de emisión, información, medidas de seguridad y diseño han sido modificados de acuerdo a los avances técnicos y sociales del Estado boliviano

Le emisión de cédulas de identidad es atribución del Servicio General de Identificación Personal, dependiente del Ministerio de Gobierno de Bolivia de acuerdo a norma establecida en 2011.

Historia alt=Muestra de una cédula de identidad boliviana del año 1927|miniaturadeimagen|318x318px|Cédula de Identidad Primera Categoría (1927) La cédula de identidad boliviana (CI) fue creada mediante la Ley de 10 de diciembre de 1927, durante el gobierno de Hernando Siles, y su implementación entró en vigencia el 1 de enero de 1928. En aquel entonces la cédula era obligatoria para todos los residentes de Bolivia, a excepción de los menores de edad, las mujeres, los soldados de la clase de tropa y las personas pobres de solemnidad. En la ley quedó también establecido la renovación de la cédula cada cinco años, y su emisión estaba a cargo de la Policía Nacional de Bolivia. La cédula se clasificaba en tres categorías la primera categoría para industriales, profesionales y comerciantes, la segunda para el resto de habitantes y la tercera para los indígenas. En 1928, con el Decreto Supremo del 16 de mayo, se ampliaron las atribuciones policiales y se establecieron las características y el uso de la cédula de identidad.

En 1934 durante la guerra del Chaco, en el gobierno del presidente Daniel Salamanca se promulgó la Ley de 13 de enero de 1934, donde se modificó las categorías quedando solo dos categorías la primera para profesionales, industriales y comerciantes y la segunda para el resto de habitantes incluidos los indígenas; además indica que la renovación de la cédula solo se hará en caso de perdida o deterioro. El presidente Gualberto Villarroel en 1944 decretó a través del Decreto Ley 0033, nuevos costos, categorías y tiempo de renovación; siendo ahora cuatro categorías, las 2 antes mencionadas y agregando una tercera categoría para las mujeres no tomadas en cuenta hasta ese entonces y una cuarta para los extranjeros residentes; y dio nuevamente cinco años de validez al documento debiendo ser renovado al concluir este periodo.

Luego, el 16 de septiembre de 1955 en el gobierno de Víctor Paz Estenssoro con el fin de facilitar el ejercicio del voto universal, se creó mediante el Decreto Supremo 4180 el Servicio Nacional de Identificación Personal, dependiente de la Policía Nacional, por lo que la emisión de la cédula quedó a cargo de esta entidad pública. Y mediante Decreto Supremo 4280 se estableció disposiciones en cuanto al funcionamiento y organización del Servicio Nacional de Identificación Personal.

En 1990, en el gobierno de Jaime Paz Zamora, se creó por Decreto Supremo 22601 la Unidad Ejecutora del Registro Único Nacional para la ejecución y se puso en marcha el nuevo Sistema Nacional de Registro e Identificación de las personas. En 1991, el Decreto Supremo 22766 declaró que la emisión y uso de la cédula de identidad personal fuera obligatoria para todos los estantes y habitantes de la República mayores de 16 años y voluntaria para los menores de dicha edad, además indica que la validez del documento es de 6 años.

En 2005, en el gobierno de Eduardo Rodríguez Veltze, mediante Decreto Supremo 28481 se decidió reemplazar la clásica cédula que hasta ese entonces se llenaba con máquina de escribir mecánica para ser emitida mediante un sistema computarizado, sin embargo las cédulas a máquina de escribir se siguieron emitiendo por unos años más, además de cambiar levemente el diseño y el tamaño de la misma. En el año 2007 se modificó levemente el formato a través del Decreto Supremo 29093 y el Decreto Supremo 29294.

Durante del gobierno de Evo Morales la otorgación de Cédulas de Identidad pasó de manos del Servicio Nacional de Identificación Personal, dependiente de la Policía Nacional, a manos del Servicio General de Identificación Personal (SEGIP), una institución pública descentralizada bajo tuición del Ministerio de Gobierno y no de la Policía. El SEGIP se creó el 27 de junio de 2011 mediante la Ley 145, única institución encargada de mantener y precautelar el Registro Único de Identificación (RUI); otorgar la CI a ciudadanos bolivianos dentro y fuera del territorio nacional; otorgar la Cédula de Identidad de Extranjero (CIE), para extranjeros con residencia legal en Bolivia, en coordinación con la Dirección General de Migración, y Licencias de conducir en todo el territorio nacional.

En 2011 se añadió como medida de seguridad un código de barras en el anverso de la cédula. El 12 de diciembre de 2012, el Decreto Supremo 1434, regula la obligación de identificación de menores de edad, estableciendo mecanismos de prevención y protección contra la trata y tráfico de niñas, niños y adolescentes.

En el año 2016 el SEGIP, inicio 2 medidas importantes, la primera en cumplimiento de la Ley 807, habilitó la opción de cambio de nombre propio, dato de sexo e imagen de personas transexuales y transgénero en sus cédulas de identidad, y la segunda la opción de incluir la identidad cultural de alguna Nación o Pueblo Indígena Originario Campesino en la cédula como dato complementario y de forma voluntaria. A partir del 20 de junio de 2016, el SEGIP firmó un acuerdo con el Ministerio de Relaciones Exteriores, para que los bolivianos que residen en el exterior puedan realizar trámites para acceder a una cédula de identidad en las diferentes embajadas y consulados del país en el exterior; actualmente se pueden obtener la cédula en 5 países: Argentina (Buenos Aires, Mendoza), Brasil (São Paulo), Chile (Calama, Iquique, Santiago), España (Madrid, Barcelona) y Estados Unidos (Washington D. C.). En octubre de 2017 se entregó el primer Certificado de nacido vivo con un código que es el mismo que el de la cédula de identidad, dicha medida se denomino «Plan Guardián» una medida que se implemento para evitar la trata y tráfico de niños indocumentados.

A partir del Decreto Supremo 4342 de 2020, durante el gobierno de Jeanine Áñez, se amplió la vigencia de la cédula a 10 años, y se estableció vigencia indefinida para personas mayores de 58 años y con discapacidad. Además, se incorporó el uso de un código QR en la Cédula de Identidad que reemplazó al código de barras incorporado en 2011. En enero de 2022 se decretó la gratuidad de la cédula de identidad a favor de niñas, niños y adolescentes de hogares y centros de acogida, y a personas en situación de calle, gracias al Decreto Supremo 4655. El 11 de enero de 2023, el presidente Luis Arce Catacora mediante el Decreto Supremo 4861 implementó la CI en formato digital como extensión de la CI en formato físico, por medio de la aplicación móvil “Estado Digital ED-7”, llamada " Mi Identidad", disponible para iOS y Android; se estableció que la vigencia de la CI en formato físico tendrá una vigencia de 5 años y de 2 años para el formato digital. Por último, el 26 de abril de 2023 se emitió el Decreto Supremo 4924 que actualizó el formato de la cédula y añadió un Código de Lectura Mecánica (Machine Readable Zone en inglés) en el reverso de la Cédula, que fue implementado el 1 de noviembre del mismo año. Además esta nueva cédula incluye la información de grupo sanguíneo.

El 3 de abril de 2024, el Decreto Supremo 5140, implementa la emisión automatizada de la Cédula de Identidad y de la Licencia para Conducir, en casos de reposición o duplicado, a través del sistema «Estado Digital ED-10». Siempre y cuando el usuario cuente con registro biométrico y firma digitalizada en la última cédula. La emisión automatizada se refiere a que el usuario podrá imprimir su propia cédula de identidad con las especificaciones técnicas necesarias en cualquier parte. Esta implementación está disponible desde el 1 de noviembre de 2024. En diciembre de 2024 se inauguró la primera estación de Emisión Documental Automatizada (EDA), que permite reponer de forma automatizada una cédula de identidad o licencia de conducir en minutos, en ambiente controlados con seguridad las 24 horas y los siete días de la semana.

En marzo de 2026 el presidente Rodrigo Paz Pereira mediante Decreto Supremo 5595 establece el programa nacional "Tranca Cero", el cual prohíbe a las instituciones públicas exigir fotocopias de cédula de identidad para cualquier trámite debido a que el Estado ya cuenta con esa información, únicamente podrán solicitar la presentación de la Cédula de Identidad.

Formatos Cédula de Identidad para ciudadanos bolivianos Se expide desde el 1 de noviembre de 2023, el formato del documento fue definido mediante Decreto Supremo 4924.

Características Material: Papel sintético microporoso polímero preimpreso, y cubierta de lámina plástica Largo: 5.5 cm Ancho: 8.8 cm

Anverso Fondo guilloché con efecto degradado tricolor rojo, amarillo y verde Nueve microtextos preimpresos, con extractos de himnos de los nueve departamentos de Bolivia; Microtexto preimpreso con relación a la reivindicación marítima Iconografía textil representativa de la expresión cultural del Estado Plurinacional de Bolivia; La Wiphala, Bandera de Bolivia, leyendas «ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA» y «SERVICIO GENERAL DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL» preimpresos, en la parte superior izquierda Imagen cultural territorial preimpresa, en la parte superior central Leyenda «CÉDULA DE IDENTIDAD» preimpresa (color verde), número cédula (color rojo), en la parte superior derecha Número correlativo del valor (color rojo) pre - impreso, en la parte lateral izquierda Fotografía del titular, en la parte izquierda Información de «SERIE: », «SECCIÓN: », «NOMBRES: », «APELLIDOS: », «FECHA DE NACIMIENTO: », «FECHA DE EMISIÓN: » y «FECHA DE EXPIRACIÓN: », en la parte central Escudo de Armas preimpreso y «FIRMA DEL TITULAR», en la parte inferior central Mapa del Estado Plurinacional de Bolivia troquelado en el formato físico, en la parte inferior derecha.

Reverso Fondo guilloché con efecto degradado tricolor rojo, amarillo y verde Microtexto preimpreso «LA UNIÓN ES LA FUERZA» en tres idiomas originarios Código Único de Seguridad, en la parte superior izquierda Imagen cultural territorial preimpresa, en la parte superior central Huella dactilar, en la parte superior derecha Flor del Patujú, en la parte izquierda Información del «LUGAR DE NACIMIENTO: » (departamento, provincia, localidad), (país y localidad en el caso de nacidos en el exterior del país), (país, Boliviano por naturalización en el caso de naturalizados); «DOMICILIO: »; «PROFESIÓN U OCUPACIÓN: »; «ESTADO CIVIL: »; «GRUPO SANGUÍNEO: » y acrónimo de «NACIÓN O PUEBLO INDÍGENA ORIGINARIO CAMPESINO - NPIOC: », en la parte central Imágenes del Cóndor de los Andes, Cerro Rico de Potosí y firma del director general ejecutivo del Servicio General de Identificación Personal - SEGIP, preimpresas, en la parte central Información del «PADRE: » y/o «MADRE: » o «TUTOR: » cuando el titular sea niña, niño o adolescente, en la parte central (nombres, apellidos y número de cédula del padre y/o madre o tutor) Flor de la Kantuta, en la parte derecha Código de Lectura Mecánica, en la parte inferior central

Información contenida en el Registro Único de Identificación (RUI)

Información Obligatoria Datos del registro de nacimiento y el documento de respaldo contrastado: (Oficialía, Libro, Folio, Partida, Fecha de Registro, Número de Valorada) Registro de biometría facial Registro de biometría dactilar Nombres propios Apellidos (Paterno, materno, Apellido de casada) Fecha de nacimiento Lugar de nacimiento: departamento, provincia, localidad (país y localidad en el caso de nacidos en el exterior del país).