miniatura|El Eco de Padilla, Madrid, n.º 1, 1 de agosto de 1821. Hemeroteca Digital. Biblioteca Nacional de España. La Confederación de Comuneros Españoles o Hijos de Padilla fue una sociedad secreta fundada a comienzos de 1821 como instrumento del liberalismo exaltado durante el Trienio Liberal en España. Escindida de la masonería, rivalizó con esta y con el liberalismo moderado acusado por la Confederación de pusilánime en su defensa de la Constitución de 1812.
En febrero de 1821 oficiales de la Guardia Real protagonizaron una sublevación desenvainando sus sables frente a grupos ciudadanos que los increpaban. La respuesta del Gobierno —disolución de la sección de caballería— fue acusada según Antonio Alcalá Galiano con poca razón de «tibieza y aun de contemplaciones con los sublevados». En tales circunstancias, de nuevo según Alcalá Galiano, José Manuel del Regato y algún otro abrazaron la causa de los quejosos contra el Gobierno, «siendo probable que al hacerlo sólo vieron con gusto llegada la hora de un rompimiento, de ellos mucho antes ardientemente deseado». En consecuencia, «desprendiéndose» del tronco común de la masonería, la «sociedad antigua», fundaron otra nueva, «si al principio pobre y con pocas apariencias de medro, no muy tarde robusta y poderosa, tal que, si la catástrofe que acabó con la Constitución y con todo linaje de liberalismo, y aun de libertad, no hubiese sobrevenido, compitiendo con la sociedad madre, habría llegado a oscurecerla y tal vez a destruirla».Alcalá Galiano, p. 377. El origen de la disidencia en el seno de la masonería, por su inclinación ministerial y ausencia de aliento revolucionario, podría, no obstante, ser algo anterior y haberse agudizado a raíz del nombramiento forzado por Fernando VII y contrario a la Constitución del general José María Carvajal Urrutia como capitán general de Castilla la Nueva en noviembre de 1820.Bustos (2021), p. 58. Fuentes contemporáneas, de hecho, fijan la formación de la asamblea constituyente en enero de 1821, promovida por veintiocho «desertores de la masonería», entre ellos Francisco López Ballesteros, consejero de Estado, que sería primer comendador de la Confederación, José María Torrijos, brigadier, Juan Romero Alpuente, magistrado de la Audiencia de Madrid, y el citado José Manuel Regato, oficial de la Secretaría de Hacienda, que no tardaría en traicionar la causa constitucional y aprovechar su conocimiento de las sociedades secretas como jefe de la Policía Reservada al servicio de Fernando VII y en la redacción de opúsculos con títulos como Exposición notable que eleva al Rey en 10 de Enero 1827 [...] llamándole la atención sobre las hábiles maquinaciones de los partidos afrancesados y liberal para hacer triunfar en España el Gobierno representativo.Ruiz Jiménez (2007), pp. 20-21 y 16.
La comunería tomaba algo de la teatralidad masónica, pero la relajaba y, sobre todo, la hacía profundamente nacional. El mismo nombre remitía a las Comunidades de Castilla y a los sucesos de 1521. Los héroes a emular, como impulsores de una «prematura revolución burguesa» frente al absolutismo regio, eran los Padilla, Bravo y Maldonado que vertieron su sangre en las campas de Villalar en defensa de las libertades castellanas:
El Gobierno de la Confederación de Comuneros Españoles, representado en los documentos con la inicial A (Asamblea o Suprema Asamblea) tenía su sede en Madrid, en una casa de la Corredera Alta de San Pablo. Celebraba sesiones semanales en el «alcázar de la libertad» y sus miembros eran llamados «procuradores».Ruiz Jiménez, 2007, p. 39. En El Grande Oriente, novela de la segunda serie de los Episodios Nacionales, Benito Pérez Galdós resume con humor y distanciamiento sus objetivos y organización interna:
El artículo 1.º del Reglamento para el Gobierno Interior de la Confederación establecía que esta actuaba por medio de las fortalezas, que eran cuatro: el alcázar de la libertad, los castillos, las torres y las casas fuertes. Las tres primeras fortalezas debían contar con una plaza de armas, donde se tenían las reuniones, y un cuerpo de guardia, además de secretaría, almacén de enseres y archivo. La Confederación se dividía en comunidades, integradas por los comuneros de una merindad aproximadamente coincidente con el territorio de una provincia. Cuando la merindad alcanzase los diecisiete integrantes se formaría una «junta gubernativa» entre cuyas funciones estaba la formación y aprobación de nuevas torres y otorgar poderes al procurador de la merindad en la A. Las juntas gubernativas estarían formadas por cinco comuneros elegidos por mayoría absoluta y un representante de cada una de las torres y se reunía en el «castillo de la libertad». Constituida la junta debía proceder a la elección entre sus miembros de un castellano, encargado de la dirección y coordinación de los trabajos, un teniente castellano, un alcaide, encargado de la seguridad y de la custodia de los enseres —entre ellos las diez lanzas que debía haber en toda plaza de armas—, un tesorero y dos secretarios. Las torres, en número indeterminado, no podían tener más de cincuenta comuneros ni menos de siete. El escalón inferior, la «casa fuerte», lo formaban agrupaciones de tres a seis comuneros y en ellas había solo cuerpo de guardia, sin plaza de armas. A esta se accedía por una empalizada y se adornaba con el estandarte morado de la confederación con un castillo blanco en su interior y tres inscripciones: en el centro, «Constitución de la Monarquía», a la derecha su artículo 3.º («La soberanía reside esencialmente en la Nación, y por lo mismo pertenece a esta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales») y a la izquierda «La Conf. sostiene a toda costa los derechos y libertades del pueblo».Ruiz Jiménez (2007), pp. 157-163. Algo más compleja era la decoración de la plaza de armas del «alcázar de la libertad». En primer lugar, en el testero debía figurar una urna sepulcral, «que contendrá las cenizas de los más ilustres CC. que se puedan haber y los documentos que se recojan relativos a aquellos sucesos; y en su defecto el simulacro». Cerca de la urna habría una mesa con cinco sillas cubierta por un tapete morado y el sello de la Confederación, y tras los asientos tres torreones cilíndricos con sus almenas y las citadas inscripciones, tremolando sobre cada uno de ellos el estandarte morado con el castillo blanco en su centro. La puerta del alcázar era un rastrillo de puente levadizo que durante las sesiones debía permanecer abierto y contar para su defensa con quince lanzas (artículo 3.º del Reglamento para el Gobierno Interior de la Conf.).Ruiz Jiménez (2007), p. 165.
Todas las sesiones se abrían con un solemne discurso pronunciado por el presidente:
Y se cerraban diciendo el castellano:
Eran requisitos para la admisión tener más de diecinueve años, gozar de plenos derechos de español, disponer de un trabajo o renta de la que subsistir, tener buena reputación, «aborrecer la tiranía bajo cualquier forma que se presente» y prestar los correspondientes juramentos.Ruiz Jiménez (2007), p. 172. El ingreso se hacía mediante presentación por un comunero y la propuesta era examinada por otros tres comuneros de la misma torre designados por el alcaide. De ser aprobada la propuesta, el aspirante se presentaba en el cuerpo de guardia donde uno de los centinelas informaba de su llegada al capitán y este al alcaide que debía tomarle juramento de guardar secreto de cuanto viese o escuchase. Luego el «recluta» se quedaba solo en el cuerpo de guardia con un ejemplar de los estatutos y un cuestionario que debía rellenar. Estudiadas sus respuestas, de ser aprobadas se le invitaba a pasar a la plaza de armas donde el alcaide volvía a interrogarlo, advirtiéndole:
El alistamiento concluía con el juramento solemne, puesta la mano sobre el escudo y todos los comuneros en pie con las armas en la mano, tras de lo cual el capitán de llaves procedía a armar comunero al neófito colocándole una espuela y el cinturón de la espada, de la que le hacía entrega el alcaide, en tanto quien le propuso, actuando de padrino, le colocaba la banda morada con borlas doradas diciéndole:
No es posible conocer el número de miembros que integraron la Confederación. Benigno Morales hablaba de 60000 afiliados. Otros simpatizantes elevaban su número a más de cien mil.Ruiz Jiménez (2007), p. 33. Los filtros de ingreso, a pesar de su ceremoniosa parafernalia, no parece que se aplicasen con rigor o resultaban ineficaces. No es solo el caso citado de Regato, de quien es difícil saber si era confidente policial ya antes de participar en la fundación de la comunería o si cambio de bando después. Otro conocido comunero, el militar Ramón César de Conti y Vargas, castellano de la merindad de Badajoz,Ruiz Jiménez (2007), p. 208. plaza a la que fue trasladado por sus superiores por haber urdido un plan para asesinar al cura Merino, y que fue procesado por haberse manifestado con exaltación en la tertulia patriótica pacense, aparece mencionado en una nota de enero de 1831 del cónsul de España en Burdeos como confidente, informante de la actividad de los exiliados españoles en Francia, pero al parecer ya desde 1824 actuaba como agente contrarrevolucionario en Londres.Gil Novales (1975), t. II, p. 801. También fue comunero Juan Palarea y Blanes, uno de los fundadores de la odiada Sociedad Constitucional o del Anillo, según El Zurriago, que, según Gil Novales, se pasó a la comunería «acaso ya con la idea de traicionarla».Gil Novales (1975), t. II, p. 908. Él fue quien, como jefe político de Madrid, ordenó el cierre de la Sociedad Landaburiana.
Sus principales órganos de expresión fueron tres periódicos madrileños: El Eco de Padilla, El Zurriago y La Tercerola, así como el Diario Gaditano en Cádiz.