El Convenio sobre evaluación del impacto ambiental en un contexto transfronterizo (denominado informalmente Convenio de Espoo) es un convenio de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (CEPE) firmado en Espoo, Finlandia, en 1991 que entró en vigor en 1997. El Convenio establece las obligaciones de las Partes -es decir, de los Estados que han aceptado obligarse por el Convenio- de llevar a cabo una evaluación del impacto ambiental de determinadas actividades en una fase temprana de la planificación. También establece la obligación general de los Estados de notificarse y consultarse mutuamente sobre todos los grandes proyectos en estudio que puedan tener un impacto ambiental adverso significativo a través de las fronteras.

En abril de 2014, el tratado había sido ratificado por 44 Estados y la Unión Europea.

Enmiendas El Convenio ha sido enmendado en dos ocasiones. La primera enmienda se adoptó en Sofía en 2001; ha entrado en vigor el 26 de agosto de 2014. Abre el Convenio a la adhesión previa aprobación de los Estados miembros de las Naciones Unidas que no son miembros de la CEPE. La segunda enmienda se adoptó en Cavtat, Croacia, en 2004, entrando en vigor el 23 de octubre de 2017. Una vez en vigor: permitirá, según proceda, que las Partes afectadas participen en la determinación del alcance; exigirá revisiones del cumplimiento; revisará el apéndice I del Convenio (lista de actividades); e introducirá otros cambios menores.

Procedimiento En el Convenio intervienen una parte (o partes) de origen (Estados donde se proyecta una actividad) y una parte (o partes) afectada(s) (Estados cuyo territorio puede verse afectado negativamente de manera significativa por la actividad). Las principales etapas del procedimiento del Convenio son:

Aplicación del Convenio por la Parte de origen (art. 2.2, 2.5/App. I+III) Notificación de la Parte afectada por la Parte de origen (art. 3.1) Confirmación de la participación de la Parte afectada (art. 3.3) Transmisión de información de la Parte afectada a la Parte de origen (Art. 3.6) Participación pública en la Parte afectada (art. 3.8) Preparación de la documentación de la EIA (Art. 4/App. II) Distribución de la documentación de la EIA para la participación de las autoridades y el público de la Parte afectada (art. 4.2) Consultas entre las Partes afectadas (art. 5) Decisión final de la Parte de origen (art. 6.1). Transmisión de la documentación de la decisión final a la Parte afectada (Art. 6.2) Análisis posterior al proyecto (Art. 7.1/App. V)

Comisiones de investigación El artículo 3(7) del Convenio ofrece un procedimiento mediante el cual las partes pueden resolver sus diferencias por medios científicos y no judiciales. El primer caso en el que se creó una comisión de investigación en virtud del artículo 3(7) fue el del Canal de Bystroe, a petición de Rumanía en 2004.

Un caso que implicó a países muy alejados en el globo fue el planteado por Micronesia, que alegó que la central de carbón de República Checa en la Prunerov estaba afectando significativamente a su clima debido al calentamiento global.

Cuestiones relacionadas La Convención también fue decisiva para la creación de la Evaluación ambiental estratégica y se ha complementado con un Protocolo sobre Evaluación Ambiental Estratégica.

Véase también Cuestiones medioambientales

Referencias

Enlaces externos Convenio sobre la evaluación del impacto ambiental en un contexto transfronterizo Firmas y ratificaciones En depositario

Transfronterizos Categoría:Tratados de Albania Categoría:Tratados de Armenia Categoría:Tratados de Austria Categoría:Tratados de Azerbaiyán Categoría:Tratados de Bielorrusia Categoría:Tratados de Bélgica Categoría:Tratados de Bosnia y Herzegovina Categoría:Tratados de Bulgaria Categoría:Tratados de Canadá Categoría:Tratados de Croacia Categoría:Tratados de Chipre Categoría:Tratados de la República Checa Categoría:Tratados de Checoslovaquia Categoría:Tratados de Dinamarca Categoría:Tratados de Estonia Categoría:Tratados de Finlandia Categoría:Tratados de Francia Categoría:Tratados de Alemania Categoría:Tratados de Grecia Categoría:Tratados de Hungría Categoría:Tratados de Irlanda Categoría:Tratados de Italia Categoría:Tratados de Kazajistán Categoría:Tratados de Kirguistán Categoría:Tratados de Letonia Categoría:Tratados de Liechtenstein Categoría:Tratados de Lituania Categoría:Tratados de Luxemburgo Categoría:Tratados de Malta Categoría:Tratados de Montenegro Categoría:Tratados de los Países Bajos Categoría:Tratados de Noruega Categoría:Tratados de Polonia Categoría:Tratados de Portugal Categoría:Tratados de Moldavia Categoría:Tratados de Rumania Categoría:Tratados de Serbia Categoría:Tratados de Eslovaquia Categoría:Tratados de Eslovenia Categoría:Tratados de España Categoría:Tratados de Suecia Categoría:Tratados de Suiza Categoría:Tratados de Macedonia del Norte Categoría:Tratados de Ucrania Categoría:Tratados del Reino Unido