El Convenio del Consejo de Europa sobre Acceso a los Documentos Públicos, generalmente conocido como el Convenio de Tromsø, se firmó el 18 de junio de 2009 en la ciudad noruega de Tromsø. Entró en vigor el 1 de diciembre de 2020 después de haber sido ratificado por la Rada Suprema de Ucrania el 20 de mayo de 2020. 10 Estados han ratificado la Convención y 8 estados adicionales la han firmado. Además de Ucrania, pasó a ser obligatorio para Suecia, Bosnia y Herzegovina, Estonia, Finlandia, Noruega, Moldavia, Croacia, Montenegro, Hungría y Lituania. Instrumento jurídico El Convenio de Tromsø es el primer instrumento jurídico internacional vinculante que reconoce un derecho general de acceso a los documentos oficiales en poder de las autoridades públicas. Es un acuerdo multilateral a través del cual se incrementan las oportunidades de los ciudadanos para acceder a la información pública. Establece un derecho de acceso a los documentos públicos. Las limitaciones a este derecho solo están permitidas para proteger ciertos intereses como la seguridad nacional, la defensa o la privacidad. Transparencia, gestión y conservación de los documentos

El informe explicativo (Explanatory Report) del Convenio establece una relación entre el derecho de acceso a los documentos públicos, la transparencia y las obligaciones de las autoridades públicas en materia de gestión y conservación documental. El traslado de los documentos oficiales a los archivos no hace desaparecer la exigencia de transparencia; por el contrario, deben adoptarse medidas destinadas a garantizar un sistema eficaz de gestión y depósito de los documentos en poder de las autoridades públicas. Senato della Repubblica, AFFARE ASSEGNATO N. 873 sul rilancio del comparto archivistico, Indicazioni emerse nel corso della procedura.

Estas medidas comprenden las normas y prácticas relativas a la conservación, el archivo y la eliminación de los documentos públicos. En particular, la destrucción de un documento no debe permitirse mientras subsista un interés público en su conservación y, en ningún caso, mientras se esté tramitando una solicitud de acceso al mismo.

La transparencia, sin embargo, no implica un derecho de acceso ilimitado. El Convenio permite establecer restricciones destinadas a proteger otros derechos e intereses legítimos, entre ellos la seguridad nacional, la defensa, las relaciones internacionales, la seguridad pública y la privacidad. La aplicación de estas limitaciones presupone una ponderación entre los intereses protegidos y el interés público en la divulgación del documento.

De este modo, el sistema establecido por el Convenio no se limita a regular la respuesta a las solicitudes individuales de acceso, sino que vincula el ejercicio efectivo de este derecho con la organización, gestión y conservación de los documentos públicos. Véase también Legislación acerca de libertad de información

Referencias

Categoría:Noruega en 2009 Categoría:Tratados de Montenegro Categoría:Tratados de Hungría Categoría:Tratados de Bosnia y Herzegovina Categoría:Convenios y convenciones del Consejo de Europa Categoría:Tratados de Ucrania Categoría:Tratados de Suecia Categoría:Tratados de Lituania Categoría:Tratados de Finlandia Categoría:Tratados de Estonia Categoría:Legislación sobre libertad de información