La elección presidencial de El Salvador de 2024 fue la novena de su tipo desde la promulgación de la Constitución de la República de 1983, y la séptima desde la firma de los Acuerdos de Paz de 1992. Estas elecciones definieron a los titulares de la presidencia y vicepresidencia de la República para el período que comenzó el 1 de junio de 2024 y termina el 1 de junio de 2029. La elección presidencial se desarrolló en simultáneo con los comicios legislativos.

El presidente en ejercicio, Nayib Bukele, declaró su intención de buscar la reelección, algo que generó controversia y al que varios abogados, periodistas y políticos lo consideraron ilegal. La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia avaló la legalidad de su candidatura a un segundo mandato mediante la Sentencia del 3 de septiembre del 2021.

La elección presidencial de El Salvador se realizó el domingo 4 de febrero, de acuerdo al anuncio previo del Tribunal Supremo Electoral. De la misma manera que en los anteriores comicios de 2019, en esta oportunidad tampoco fue necesario realizar una segunda vuelta electoral, dado que el candidato ganador obtuvo más del 50% de los votos válidos, cumpliendo así con el requisito establecido por la Constitución salvadoreña.

Tras 10 horas de proceso de votación, el TSE declaró como ganador de las elecciones presidenciales de 2024 a Nayib Bukele. De acuerdo al escrutinio preliminar, Bukele obtuvo la tendencia irreversible con 1 295 888 de votos, correspondientes al 83.03% del total de sufragios válidos escrutados hasta las 10:15 PM.

Tal como estaba establecido en el calendario electoral divulgado por el TSE, el pasado 29 de febrero de 2024, se realizó la Certificación de Resultados de las Elecciones Presidenciales 2024. El evento fue realizado en las instalaciones del Teatro Nacional de El Salvador y transmitido en cadena nacional para todo el territorio salvadoreños, al acto asistió el Cuerpo Diplomático acreditado en El Salvador, representantes de los partidos políticos, diputados de la Asamblea Legislativa, magistrados de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador y representantes de Fiscalía General de la República.

La Magistrada Presidenta del Tribunal Supremo Electoral, Dora Esmeralda Martínez, procedió a realizar la entrega formal de las credenciales a Nayib Armando Bukele, electo Presidente de la República y Félix Ulloa, electo Vicepresidente de la República para el periodo 2024-2029.

Dicha atribución se fundamenta en lo establecido en el artículo 222 del Código Electoral, el cual faculta al TSE a extender las referidas credenciales después de haberse certificado oficialmente el escrutinio final y adjudicación de votos del proceso electoral ya finalizado.

Sistema electoral Las elecciones presidenciales se celebran en El Salvador cada cinco años y requieren que un partido político o coalición obtenga al menos mayoría absoluta (50% + 1) para ganarlas; esto provoca que exista la posibilidad de celebrar una segunda vuelta electoral si no se llega a ella, como ocurrió en 1994 y 2014. La Constitución de El Salvador establece que los partidos políticos son el único instrumento para el ejercicio de la representación del pueblo dentro del Gobierno (Art. 85) y por el cual no es compatible la participación de candidaturas a la presidencia y vicepresidencia no partidarias.

Los requisitos para poder ser elegido Presidente o Vicepresidente de la República los establece el artículo 151:

Ser salvadoreño por nacimiento, hijo de padre o madre salvadoreños; Del estado seglar; Mayor de treinta años de edad; De moralidad e instrucción notorias; Estar en ejercicio de los derechos del ciudadano, y haberlo estado en los seis años anteriores a la elección, y; Estar afiliado a uno de los partidos políticos reconocidos legalmente.

De acuerdo al artículo 152, no podrán optar por la presidencia o vicepresidencia: Quien haya desempeñado el cargo de la presidencia o vicepresidencia de la República por más de seis meses, consecutivos o no, durante el período inmediato, o dentro de los últimos seis meses anteriores al inicio del período presidencial; El cónyuge y los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de cualquiera que hayan ejercido la presidencia en los casos del ordinal anterior; Quien haya sido Presidente de la Asamblea Legislativa o Presidente de la Corte Suprema de Justicia durante el año anterior al día del inicio del período presidencial, y; Los militares de profesión que estuvieren de alta o que lo hayan estado en los tres años anteriores al día del inicio del período presidencial. Anteriormente para ejercer el voto la papeleta mostraba la bandera de los partidos y/o coaliciones que participaban para la presidencia y vicepresidencia, de ahí que el o la votante debía marcar con una "X" sobre la bandera de su partido o coalición de preferencia, pero luego de unas reformas al Código Electoral en julio de 2023 las papeletas, además de la respectiva bandera del partido y/o coalición, presentarán ahora el nombre y la fotografía del respectivo candidato a la presidencia por lo que la X la podrán marcar sobre la bandera y/o sobre la fotografía de su preferencia.

Los salvadoreños en el exterior podrán ejercer su derecho al voto con su Documento Único de Identidad (vigente o vencido) y con su pasaporte. Se establecerán dos formas de votación para la diáspora: aquellos residentes en el extranjero con documentos de identidad que indican dirección fuera de El Salvador podrán ejercer su voto anticipado por internet a partir del 6 de enero. Según datos del TSE, un total de 741,094 personas están habilitadas para votar de esta manera, y el proceso se extenderá hasta el 4 de febrero de 2024, con una duración de 30 días. En contraste, alrededor de 160,000 salvadoreños con Documento Único de Identidad (DUI) y domicilio en El Salvador deberán votar de forma presencial electrónica en los 81 centros de votación designados por el TSE antes del 4 de febrero.

Desde el 6 de enero al 4 de febrero los más de 700 mil salvadoreños en el exterior estarán habilitados para ejercer el voto de manera anticipada y desde su casa con acceso a internet desde la página oficial del TSE. Votarán únicamente para Presidente, Vicepresidente y Asamblea Legislativa.

Controversias

Proclamación de reelección El 3 de septiembre de 2021, la Corte Suprema de Justicia de El Salvador declaró mediante un fallo que el presidente de la República tenía el derecho constitucional de buscar la reelección inmediata, con lo que anuló una declaración previa de 2014 en la que había determinado que un mandatario debía esperar diez años. Dicho fallo le permitió al presidente Nayib Bukele presentarse como candidato en los comicios de 2024. Alianza Republicana Nacionalista y Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional, Vamos y Nuestro Tiempo, actual oposición política en El Salvador, criticaron la decisión. Sin embargo el Tribunal Supremo Electoral, máxima entidad electoral de El Salvador, mantuvo su posición.

Algo similar ocurrió en Honduras, cuando en 2015 la Corte Suprema de Justicia de ese país, luego de un fallo emitido por la Sala de lo Constitucional, habilitó la reelección presidencial, abriendo las puertas para que, el entonces presidente, Juan Orlando Hernández buscara un segundo mandato; generando, de igual forma, críticas de la oposición política, analistas, abogados y la sociedad civil, siendo clasificado como una medida autoritaria y violatoria a la Constitución misma; dando así comienzo a una de las más grandes crisis políticas vividas en Honduras.

El 15 de septiembre de 2022, durante el discurso por el 201 aniversario de independencia del país, Bukele anunció sus intenciones de ser nuevamente candidato presidencial en 2024, su anuncio fue criticado por abogados constitucionales que lo consideraron violatorio de cuatro artículos de la Constitución de la República de 1983. Sin embargo, varias encuestas de opinión mostraron que la mayoría de salvadoreños en el país y en Estados Unidos respaldan su reelección.

Cambio de reglas un año antes de las elecciones El 15 de marzo de 2023 con 67 votos a favor y 15 en contra los diputados aprobaron derogar el artículo 291-A del Código Electoral que prohíbe hacer cambios en reglas que rigen el proceso electoral un año antes de las elecciones.

La Asamblea aprobó el martes 11 de julio de 2023 una reforma al Código Electoral para permitir que se incluyan las fotografías y los nombres de los candidatos en las papeletas de las elecciones presidenciales de febrero de 2024. La reforma fue aprobada con los votos de 67 de los 84 diputados y señala que “para las elecciones de presidente y vicepresidente de la República, la papeleta deberá de contener la bandera del partido o coalición, nombre del partido o coalición, y debajo de esta la fotografía del candidato a presidente de la República, así como el nombre de dicho candidato”.

Resolución de la inscripción de Nayib Bukele Con el voto a favor de 4 de los 5 magistrados, entre ellos el de la Presidenta del TSE, avalaron la inscripción del actual presidente Nayib Bukele y vicepresidente Félix Ulloa para buscar un segundo mandato, una candidatura que para la oposición y analistas expertos en el tema, debería considerarse sin lugar por ir en contra de la Constitución. La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia a través de un fallo emitido en 2021, interpretó la posibilidad de buscar la reelección inmediata. La decisión se da bajo un contexto en el que Bukele goza de una alta popularidad por su controvertida guerra contra las pandillas.

Licencia para ausentarse El 30 de noviembre de 2023 la Asamblea Legislativa le otorga la licencia temporal al presidente Nayib Bukele para ausentarse por 6 meses y llevar a cabo la campaña de su posible reelección presidencial, dejando como relegada a la licenciada Claudia Juana Rodríguez de Guevara, siendo alguien muy cercana al presidente y a su misma familia a quien solo se le ha delegado algunas funciones. Esto dio como resultado el repudio de políticos opositores, sociedad civil y abogados.

El permiso sin goce de sueldo, que fue aprobado con 67 votos, abarca del 1 de diciembre de 2023 al 31 de mayo de 2024.

Voto en el exterior Expertos en materia electoral advierten sobre posibles riesgos en este procedimiento, especialmente destacando la carencia de un registro para los votantes en el extranjero cuyos documentos de identidad indiquen un domicilio en El Salvador. Aunque los jueces del Tribunal Supremo Electoral (TSE) admiten la falta de dicho registro, obligatorio según la Constitución de la República, aseguran que hay suficientes garantías para evitar fraudes o la duplicidad de votos.

Incógnita en el padrón electoral La Constitución de El Salvador establece como requisito fundamental para ejercer el sufragio la inscripción en el Registro Electoral elaborado por el Tribunal Supremo Electoral, según lo estipula el artículo 77. Sin embargo, esta condición constitucional no se cumplirá en el caso de las personas que residen en el exterior y votan con documentos que indican un domicilio salvadoreño.

El Tribunal Supremo Electoral enfrenta la dificultad de no conocer la cantidad exacta de personas que votarán de forma presencial en el extranjero, ya que carece de un registro de estos potenciales votantes. Además, no cuenta con un mecanismo para eliminar del padrón electoral local a aquellos ciudadanos que están en el exterior y poseen Documento Único de Identidad (DUI) con dirección en El Salvador.

Secreto del voto