La Superintendencia de Bancos de la República Dominicana (SB) tiene como función realizar la supervisión de las entidades de intermediación financiera de República Dominicana, de acuerdo con la Ley N.º 183–02 Monetaria y Financiera del 21 de noviembre de 2002.

Historia

Orígenes Los primeros indicios de regulación bancaria en República Dominicana aparecen con el surgimiento del Banco Nacional de Santo Domingo en el año 1869. En 1909, el Estado Dominicano promulgó la primera Ley General de Bancos, estableciendo regulaciones específicas para Bancos Hipotecarios, Emisores y Refaccionarios.

Es entonces cuando surgen instituciones de crédito con las características de bancos comerciales, bajo la supervisión y control de la Secretaría de Estado de Hacienda y Comercio, denominada hoy Ministerio de Hacienda, la cual disponía de interventores nombrados por el Poder Ejecutivo en cada banco para ejercer su control.

Creación de la Superintendencia de Bancos El año 1947 marcó la transformación del sistema financiero dominicano con la creación de la Unidad Monetaria Dominicana, el Banco Central y la Superintendencia de Bancos.  Esta última, bajo la Ley N.º 1530 del 9 de octubre del 1947, creó los cimientos para la supervisión y regulación del sistema financiero dominicano.

El economista Virgilio Álvarez Sánchez fue el primero en asumir el cargo de Superintendente de Bancos, posición que ocupó durante dos años. En principio, la tarea de supervisión que desempeñaba esta entidad era bien simple, considerando lo limitado de las operaciones comerciales de esa época y su función principal consistía en la autorización de nuevas oficinas bancarias.

Evolución e integración a la Junta Monetaria La Ley N.º 1530, que dio origen a la Superintendencia de Bancos, fue modificada y sustituida por la Ley N.º 708, Ley General de Bancos, del 14 de abril del 1965, poniendo a cargo de esta entidad la aplicación y administración del régimen legal de los bancos, bajo la dependencia de la Secretaría de Estado de Finanzas, hoy Ministerio de Hacienda.

El 3 de febrero del 1967, mediante decreto del Poder Ejecutivo se dictó el Reglamento N.º 934 “Reglamento Interior de la Superintendencia de Bancos”, en cuyo contenido se establecieron las funciones del Superintendente de Bancos y la Organización General de la Superintendencia de Bancos, así como la Estructura Organizativa formal.

Con la aprobación de la Ley N.º 183–02 Monetaria y Financiera se le da a la Superintendencia de Bancos el marco jurídico de actuación que tiene en la actualidad, con la responsabilidad de supervisar bajo plena autonomía a las instituciones de intermediación financiera, con el propósito de proteger los fondos de los ahorrantes y los derechos de los usuarios de los servicios financieros.

Asimismo, con la promulgación de esta legislación, el Superintendente de Bancos se incorpora como miembro ex officio de la Junta Monetaria. Debido al vertiginoso crecimiento experimentado por el Sistema Financiero, tanto en el aspecto institucional como en el operativo, la Superintendencia de Bancos se ha visto en la necesidad de adecuar su estructura en múltiples ocasiones para asimilar dichos cambios, enmarcándose, además, en una profunda transformación de su marco regulatorio y de supervisión, pasando de un modelo de cumplimiento a un modelo de supervisión consolidado basado en riesgos.

Funciones La Superintendencia de Bancos de la República Dominicana, de acuerdo al Artículo 19 de la Ley N.º 183–02 Monetaria y Financiera del 21 de noviembre de 2002, tiene entre sus funciones:

Supervisar a las entidades de intermediación financiera. Verificar el cumplimiento por parte de las entidades de intermediación financiera de lo dispuesto en Ley N.º 183-02 Monetaria y Financiera, Reglamentos, Instructivos y Circulares. Requerir la constitución de provisiones para cubrir riesgos. Exigir la regularización de los incumplimientos a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes Imponer las correspondientes sanciones, a excepción de las que aplique el Banco Central, en virtud de la citada ley. Proponer las autorizaciones o revocaciones de entidades financieras que deba evaluar la Junta Monetaria, así como someter a ese organismo los proyectos de reglamentos en las materias propias de su ámbito de competencia.

Listado de Superintendentes +SuperintendentePeríodoVirgilio Álvarez Sánchez1947-1949José Machado1949-1954Milton Messina1954-1954Héctor García1954-1955Héctor Sturla1955-1955Fidel Méndez1955-1956Salvador Lluberes1956-1959Manuel de Pool1959-1960Antonio Tellado1960-1960Salvador Ortíz1960-1960Milton Messina1960-1961Amado Hernández1961-1961Jaime Fernández1961-1961Eduardo García1961-1962Mario Ginebra1962-1962Fidel Méndez1955-1956Virgilio Maynardi1962-1963Bolivar Batista1963-1965Delio Canela1965-1966Salvador Mella1966-1967Máximo García1967-1974Juan Garrido1974-1975Altagracia Bautista1975-1977Julio Báez1977-1977Máximo García1978-1978Antonio Alma1978-1982Diógenes Peña1982-1982Frixo Messina1982-1985Sofía Sanchez Baret1985-1986Emilio Peguero1986-1988Zeneida Santos1988-1988Juan Séliman1988-1989Rafael Collado1989-1990Jorge Martinez1990-1991Hermes Quezada1991-1993Persia Álvarez1993-1996José Santos1996-1997Vicente Bengoa1997-2000Alberto Atallah2000-2003Julio Cross2003-2004Rafael Camilo2004-2009Haivanjoe Cortiñas2009-2012Rafael Camilo2012-2014Luis Asunción2014-2020Alejandro Fernández W.2020-2026

Dependencias de la SB

Oficina de Servicios y Protección al Usuario (ProUsuario) La Oficina de Servicios y Protección al Usuario (ProUsuario), es una dependencia de la Superintendencia, que se encarga de proporcionar asistencia y apoyo a los usuarios del sistema financiero. Amparada en el Reglamento de Protección al Usuario de los Productos y Servicios Financieros, dictado por Junta Monetaria el 5 de febrero de 2015 y modificado en 30 de septiembre de 2015, entre sus principales obligaciones se encuentra atender las consultas, denuncias y reclamaciones que presentan los usuarios con relación a los servicios prestados por las entidades financieras y las demás entidades reguladas por la Superintendencia de Bancos.

Entidades reguladas por la SB La Superintendencia de Bancos tiene bajo su cargo la regulación de las Entidades de Intermediación Financiera (EIF), Entidades de Intermediación Cambiaria (EIC), Sociedades de Información Crediticia, Subagentes Bancarios, entre otras.

Las EIF se subdividen en distintos grupos:

Bancos Comerciales, Bancos de Ahorro y Crédito Asociaciones de Ahorros y Préstamo Corporaciones de Crédito Véase también Banco Central de la República Dominicana Bancos en la República Dominicana

Referencias

Enlaces externos

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