El condado () fue un tipo de unidad administrativa territorial en el Reino de Hungría entre su fundación en el y el tratado de Trianón de 1920.
Nomenclatura Origen del nombre
La palabra latina comitatus se deriva de la palabra comes, que originalmente significaba "compañero" o miembro del séquito. En la Edad Media Temprana y Alta, el título era un título noble usado con varios significados. En el Reino de Hungría especialmente (pero no exclusivamente) se usaba con el significado de "jefe de condado".
La palabra húngara megye probablemente se deriva del eslavo meridional medja (međa, међа) que significa aproximadamente frontera territorial. La palabra eslava a su vez está relacionada con el latín medius ("medio") a través de una raíz indoeuropea común. La palabra original todavía se usa en las lenguas eslavas actuales (eslovaco medza, en esloveno (como meja), en serbocroata (como međa, међа), en un sentido similar, y parece haber significado, inicialmente, la frontera de un condado en lengua húngara. El húngaro tiene otra palabra (mezsgye) del mismo origen que significa zona fronteriza.
La palabra húngara ispán (cabeza de condado) deriva de la palabra eslava meridional župan (жупан), usada por los eslavos que vivían en la cuenca de los Cárpatos antes de la llegada de los húngaros y que representaba la cabeza de varias unidades territoriales. El título župan también se utilizó como título gobernante en la Serbia medieval.
Terminología en los distintos idiomas Condado Condado real: . . . .
Algunos historiadores húngaros debates sobre las funciones de un (dirigido por un ) y las de un (dirigido por un ), normalmente argumentando que la unidad administrativa denominada incluía en ocasiones varias unidades militares llamadas . Condado noble: (ninguna otra forma del en adelante). (en la Edad Media ambos, luego principalmente , desde 1949 exclusivamente ). (condado moderno, solo ). , (en los condados modernizados se suele usar Gespanschaft. . .
Distrito
En cuanto a la categoría de los distritos era conocida como: , , y .
Jefe del condado
Condado real: . .
Condado noble: . . en lenguas eslavas župan.
Jefe principal del condado: . .
Jefe delegado del condado: Condado real: Condado noble: , , y .
Asamblea general
Era denominada , , y .
Jueces
Denominados , , y (en exclusividad en la etapa final). El jurado era denominado , , y . Los jueces delegados, a su vez, , , y .
Ciudades municipales
Las ciudades de este tipo era llamadas , y .
Condados reales (-finales del ) Historia
Los húngaros se establecieron en la cuenca de los Cárpatos en 895. Los primeros condados fueron probablemente los situados en la actual Panonia del norte (Transdanubia), que surgieron antes o alrededor del año 1000. Se discute el momento exacto de la creación de muchos otros condados; sin embargo, muchos de ellos surgieron no más tarde del gobierno del rey Esteban I (1000/01-1038). Inicialmente, también hubo varios condados fronterizos pequeños (latín: marchiae), establecidos solo con fines militares (por ejemplo, condado de Bolondus), que dejaron de existir en el cuando los condados reales se transformaron en condados nobles. Inicialmente, también había algunos pequeños distritos especiales con castillo, que dejaron de existir en el .
Funcionamiento
Cada condado estaba bajo la responsabilidad de un jefe de condado, cuya sede era un castillo, la capital del condado en la práctica. El jefe de condado era el representante del rey, el juez y el principal oficial encargado de hacer cumplir la ley en su territorio. Recaudaba los impuestos y pagos en especie hechos por los súbditos al rey, entregaba dos tercios de ellos al rey y se quedaba con el resto. Su castillo tenía fortificaciones especiales que podían resistir asedios prolongados. Las fuentes mencionan a los jefes de condado delegados por primera vez en el .
El condado real estaba constituido por distritos de castillos.
Condados nobles (finales del -1848) Historia thumb|Mapa del reino de Hungría (sin el Principado de Transilvania, el reino de Croacia-Eslavonia ni el Banato de Tamis) en el Josephinische Landesaufnahme, justo antes de las reformas de José II. A finales del , los condados reales se convirtieron gradualmente en condados nobles. Las razones de este desarrollo fueron: La llegadas de nuevos hospites, colonos extranjeros a los que se les permitía aplicar sus propias leyes en sus asentamientos, particularmente alemanes y especialmente desde 1242. Este hecho restringía notablemente los poderes del jefe del condado, puesto que estos hospites quedaban fuera de su jurisdicción. A finales del , e incluso de manera más incisiva a principios del XIII bajo Andrés II, grandes partes del territorio del reino fueron donadas a los llamados "sirvientes reales" (artesanos de distintas profesiones que entre los siglos y habían sido asentados en pueblos especiales para que sirvieran al rey con sus habilidades). En el , los sirvientes reales consiguieron coordinar sus actividades para incrementar su propio poder a expensas del de los jefes de condado (Bula de Oro de 1222), convirtiéndose en nobles: servientes regis.
Como resultado, por los decretos reales de 1267, 1290 y 1298, el rey solo podía podía confirmar que los condados reales se habían convertido en condados nobles. Los nobles (en su mayor parte antiguas familias sirvientes reales) se convirtieron prácticamente en soberanos en sus condados. El cambio de tipo de condado, no obstante, se dio en diferentes momentos en cada condado.
En el , las fronteras de los condados se estabilizaron, permaneciendo básicamente sin cambios hasta 1920. Entre inicios del y finales del , sin embargo, la mayor parte de los condados dejaron de existir al pasar a formar parte del Imperio otomano o del principado de Transilvania. Tras la derrota final de los turcos en 1718, los tres condados meridionales Temesiensis, Torontaliensis y Krassoviensis crearon el distrito administrativo especial Temesiensis (Banato de Temeswar). Este distrito fue de nuevo disuelto en 1779, pero su parte más meridional siguió siendo parte de la Frontera Militar (Confiniaria militaria) hasta finales del .
Los organismos de los nuevos condados auxiliaron considerablemente a defender los intereses de la nobleza inferior y media respecto a los oligarcas, que a menudo eran los gobernantes de facto del reino, y respecto a los esfuerzos absolutistas de los reyes Habsburgo. Los condados, como instituciones nobles, fueron abolidos solo en el curso de la revolución de 1848 por los artículos legales III–V and XVI/1848.
En 1785, el rey José II decidió aboler los condados como entidades de autonomía noble (autogobierno) e introdujo un nuevo sistema de administración estatal en el reino de Hungría. El reino, incluyendo a Croacia y a Eslavonia, estaba principalmente dividido en diez nuevos distritos militar-administrativos, cada uno de los cuales estaba compuesto por entre cuatro y siete condados. El territorio de los condados correspondía con el tradicional, pero en 1786 muchos de ellos fueron unidos, convirtiéndose en puras unidades de administración estatal (los principales jefes de condado fueron abolidos, los funcionarios del condado pasaron a trabajar para el estado, los tribunales pasaron a ser responsabilidad del estado, etc.). Las capitales de los distritos para estar junto en su centro. El número de distritos processus se redujo. El lenguaje oficial pasó del latín al alemán. Los distritos estaban encabezados por un comisionado nombrado por el emperador austriaco, que era a la vez rey de Hungría. En 1790, no obstante, al hallar una fuerte resistencia a cualquier tipo de modernización en Hungría, el rey tuvo que echar marcha atrás con las reformar y reinstituir el sistema anterior.
Funcionamiento
De los deberes de los antiguos condados reales solo permanecieron el deber de apoyar militarmente al rey, la unidad territorial y, formalmente, el título de jefe de condado.
El nuevo condado era una entidad autónoma de la pequeña nobleza. Estaba dirigido por el jefe de condado (comes), designado por el rey, y por su delegado, designado por el primero. Estas dos personas eran el vínculo entre el rey y la nobleza. Por regla general, los jefes de condado (desde el /XVI en adelante llamados jefe de condado principal) eran los señores feudales supremos del condado. Desde principios del , el jefe de condado era a la vez castellano del respectivo castillo comarcal en trece condados. Los jefes de condado lo eran por un período de tiempo limitado y el rey podía destituirlos, pero varios prelados (en el también seculares) recibieron el "liderazgo eterno del condado" de su diócesis.
Tenga en cuenta que el título formal comes también lo llevaron algunos dignatarios de la corte (por ejemplo, comes curiae) y otros nobles en la Alta Edad Media, y más tarde por otros miembros de la nobleza media en la Baja Edad Media, sin significar conde en estos casos.
Desde los siglos - en adelante, los jefes de condado delegados, y no el propio jefe de condado, eran los verdaderos administradores del condado. Este desarrollo fue enfatizado por el hecho de que los jefes de condado también eran altos dignatarios del estado o de la corte al mismo tiempo (palatino, tesorero, etc.), por lo que no tenían mucho tiempo para la gestión del condado. El papel de este subjefe de condado era administrar el condado durante la ausencia del jefe de condado. Originalmente, el jefe de condado delegado era un empleado personal del rey y, por lo tanto, la persona principal a través de la cual el rey ejercía influencia en el condado. A su vez, el diputado era el castellano del castillo del jefe del condado o un funcionario económico (provisor) de las propiedades del mismo. Inicialmente, los nobles del condado no podían influir en el nombramiento del subjefe del condado, pero a principios del lograron imponer una regla según la cual solo un noble del mismo condado puede convertirse en el subjefe del condado.
Inicialmente, en el , la influencia de los nobles se hizo sentir solo en la esfera judicial. Los jueces de los servientes regis -llamados iudices servientium- se convirtieron en "jueces nobles", y los tribunales de los servientes regis -llamados sedes iudiciaria o sedria- se convirtieron en la corte del condado. Las reuniones de la sedria eran dirigidas por el jefe del condado, y, por lo tanto, de facto por su adjunto. Hasta el , los cojueces del jefe de condado eran su jefe de condado delegado, los (generalmente cuatro) jueces nobles y varias personas designadas ad hoc entre los nobles presentes. Desde el en adelante, los jurados permanentes fueron elegidos entre los nobles del condado. La sedria sirvió como tribunal de primera instancia para disputas menores de los nobles y como instancia de apelación para los tribunales de aldea y los tribunales patrimoniales (sedes dominialis).
Desde el comienzo de su existencia, los jueces nobles fueron los representantes reales de la autonomía del condado. Fueron elegidos por la congregatio generalis y no solo eran jueces, sino también administradores políticos de sus respectivos distritos procesales. Formaron el núcleo de la nueva clase de escuderos que surgía.