miniaturadeimagen|304x304px|Retrato de Habib Burguiba El Código del Estatuto Personal tunecino o CEP (en árabe: مجلة الأحوال الشخصية, Maŷallat al-Aḥwāl aš-Šajṣiyya) consiste en una serie de leyes progresistas promulgadas tras la independencia de Túnez y el fin del protectorado francés el 20 de marzo de 1956,Farhat, Z. (2005). "Estatuto de la mujer tunecina: conciencia de ciudadana y responsabilidad de Estado. El avance de la mujer en Túnez es un instrumento de modernización sin el cual el país no podrá despegar". AFKAR/IDEAS, 45 - 47. que trataban de rectificar la desigualdad jurídica entre hombres y mujeres en una serie de ámbitos de la vida privada,Ruiz-Almodóvar, C. (1995). "El Código Tunecino de Estatuto Personal", Miscelánea de Estudios Árabes y Hebraicos 44: 157-199. con el fin de modernizar y fomentar las bases del nuevo Estado tunecino siguiendo los modelos europeos. El CEP fue aprobado el 13 de agosto de 1956 por decreto beylical, y publicado en el Boletín Oficial (en árabe: الجريدة الرسمية, al-Ŷarīda ar-Rasmiyya) n.º 66 del 17 de agosto de 1956. Entró en vigor el 1 de enero de 1957. Su redacción fue una de las iniciativas más reconocidas de la administración del entonces primer ministro Habib Burguiba, que con la transición de una monarquía constitucional a un sistema republicano en 1957 se convertiría en presidente de la República Tunecina.

A lo largo de un documento compuesto por 213 artículos distribuidos en doce libros y basado en el malikismo, el CEP reconoce a la mujer derechos sin precedentes en la sociedad tunecina ni en el mundo árabe, como la abolición de la poligamia (art. 18) y el repudio al legislar sólo el divorcio judicial (art. 30), la participación de la esposa en los gastos del hogar (art. 23) la no prohibición explícita del matrimonio de la tunecina musulmana con un no musulmán (art. 5).Chérif Chamari. A. (1991). "La femme et la loi en Tunisie", Femmes Maghreb (ed. Fatima Mernissi). Casablanca: Le Fennec. Además de estas innovaciones únicas de la legislación tunecina, el CEP introdujo actualizaciones que inspiraron a sus homólogos en el mundo árabe: la eliminación del derecho de yabr"Yabr es un derecho de contrato matrimonial que autoriza al padre o pariente varón a casar a los hijos menores de edad sin la necesidad de contar con el consentimiento matrimonial de éstos. En el derecho musulmán malikí, la mujer se encuentra sometida al derecho de yabr hasta el día de la consumación de su primer matrimonio, mientras que el hombre escapa a este derecho nada más llegar a la pubertad". Véase: Pérez Beltrán, C. (1989). El matrimonio y su disolución: Estatuto jurídico de la mujer argelina, Memoria de Licenciatura leída en Granada. a través del consentimiento obligatorio de los cónyuges (art. 3), el establecimiento de una edad mínima de capacitación para el matrimonio (art. 5), la capacidad de la esposa para casarse sin necesidad de la aprobación de un tutor (art. 9), la autorización para la inclusión de cláusulas en el contrato matrimonial (art. 11), la imposición al cónyuge causante del divorcio por perjuicio del pago de una indemnización al otro (art. 31), la eliminación de la práctica del 'niño dormido'González Vázquez, A. (2008): "La idea del "niño dormido" (raqed): Embarazo, estrategias sociales femeninas e Islam en el norte de Marruecos". El Pajar, Cuaderno de Etnografía Canaria, n.º 25: 167-175. al fijar en un año el período máximo del embarazo (art. 35) y la consideración del interés del menor al finalizar el período de custodia (art. 67).

El CEP ha sido modificado en diez ocasiones y además se le han ido adjuntando una serie de leyes. El sucesor de Burguiba, Zine el Abidine Ben Alí, no cuestionó el código e introdujo cambios que lo reforzaron incluso, en particular con la enmienda del 12 de julio de 1993. El fortalecimiento de la sociedad civil tunecina a partir de las protestas que dieron comienzo en 2010 han perseguido la modificación de algunos de los aspectos discriminatorios que conserva el documento

Contexto histórico

Antecedentes En cuanto a la cuestión de la mujer y sus derechos, Túnez es un país atípico dentro de la región magrebíCamau, M. y Geisser, V. (2004). Habib Bourguiba. La trace et l'héritage. París: Karthala.Camau, M. (1987). Tunisie au présent. Une modernité au-dessus de tout soupçon ?, París: Éd. du Centre national de la recherche scientifique desde la época beylical,Frégosi, F. y Zeghal, M. (2005). Religion et politique au Maghreb : les exemples tunisien et marocain. París: Éd. Institut français de relations internationales. cuando, "en vísperas del establecimiento del protectorado francés, [se] va a emprender un proceso de reforma destinado a reorganizar [la] relación [del bey] con la sociedad en una perspectiva nacional moderna".Camau, M. op. cit. Ya en 1868, Kheireddine Pachá escribió La dirección más segura para conocer el estado de las naciones en árabe,Reeditado en 1990 por la Fundación Nacional Cartago y traducido al francés por Magali Morsy bajo el título Essai sur les réformes nécessaires aux États musulmans, traducción reeditada en 1987 por las ediciones Édisud. que explica que el futuro de la civilización islámica está ligado a su modernización.Dillens, A.M. (2005). Pouvoir et religion. Bruselas: Facultés universitaires Saint-Louis En 1897, el jeque Mohamed Snoussi publicó Épanouissement de la fleur ou Étude sur la femme dans l'Islam,Camau, M. y Geisser, V. (2004). Habib Bourguiba. La trace et l'héritage. París: Khartala en el que promovía la educación de las niñas. Quince años más tarde, Abdelaziz Thâalbi, César Benattar y Hédi Sebaï publicaron L'Esprit libéral du Coran,Camau, M. y Geisser, V. op. cit. que, además de abogar por la misma causa, defendía la supresión del hiyab.

En 1930, Tahar Haddad, influido por el reformismo novecentista de Kheireddine Pachá, Ibn Abi Dhiaf, Mohamed Snoussi, Salem Bouhageb, Mohamed Bayram VTunisia: Celebrating Fifty Years of Women's Emancipation. 2006. Vídeo. https://www.loc.gov/item/webcast-4007/. y otros pensadores que defendían la idea de la modernización,Sobh, S. (2006). Tahar Haddad, le féministe, La Gazette du Maroc. publicó Notre femme dans la législation islamique et la société. En él demuestra la posibilidad de compatibilidad entre el islam y la modernidad. Además, los argumentos que expuso en él fueron retomados por Burguiba en sus discursos. Aunque estas palabras fueron condenadas por los conservadores de la época, la redacción del CEP tuvo en cuenta casi todos los llamamientos de Haddad,Sraïeb, N. (2003). Islam, réformisme et condition féminine en Tunisie : Tahar Haddad (1898-1935), CLIO HFS, n°9/1999. como el consentimiento obligatorio para el matrimonio, la creación de un procedimiento de divorcio y la abolición de la poligamia.

En esa misma época, el jeque y gran muftí de Túnez Mohamed Fadhel Ben Achour, también rector de la Universidad de Zitouna, publicaba su fetua, resultado de un ijtihād (en árabe: اِجتهاد) personal; y el periódico reformista Ennahda difundía los poemas de Abulkásim Xebbi,Cheraït, A. (2002). Abou el Kacem Chebbi. Túnez: Appolonia. que participó, en menor medida que Haddad, en la defensa de los derechos de las mujeres.Tlili, B. (1971). "Note sur la notion d'État dans la pensée de Ahmad Ibn Abi ad-Diyaf, réformateur tunisien du xixe siècle(1804/5-1874)", Revue de l'Occident musulman et de la Méditerranée, n.º 8, vol. 2 En 1947, Mohamed Abdelaziz Yait, antiguo ministro de Justicia que más tarde se opondría al CEP y autor de una mayólica que codificaba el estatuto personal y el derecho inmobiliario,Kéfi, R. (2006). Et Bourguiba libéra la femme. París: Jeune Afrique lanzó un primer intento de reforma para unificar las doctrinas malikí y hanafí (en árabe: حنفي),Rude-Antoine, E. (1990). Le mariage maghrébin en France. París: Karthala que eran mayoritarias en Túnez.

Pese a estas iniciativas, el período anterior a la promulgación del CEP siguió siendo relativamente pobre en cuanto a los hechos jurídicos correspondientes al derecho familiar,Rude-Antoine, E. op. cit. por lo que fue necesario esperar al CEP para considerar una ruptura con los intentos y propuestas anteriores. En aquel Túnez apenas independiente,Meziou, K. "Estudio comparativo del derecho de la familia en los países del Magreb". Disponible en: https://www.proyectoadl.com la población se regía por un sistema jurídico de corte francés en el que las distintas ramas del derecho (mercantil, penal, de obligaciones) se inspiraban en el modelo impuesto durante el protectorado. Sin embargo, esa codificación no causó efectos en el derecho de familia, que permanecía vinculado a lo religioso, sometiéndose los musulmanes a la ley islámica y los israelitas a los tribunales rabínicos. La familia se mantenía legítima, patriarcal, agnaticia y basada en la sangre; la filiación natural y la adopción eran ignoradas. La poligamia y el repudio caracterizaban el vínculo matrimonial, y la mujer se encontraba en inferioridad de derechos con respecto al hombre: el padre tenía derecho a acordar el matrimonio, la mujer debía obediencia a la autoridad del marido, y la partición era desigual en materia de sucesiones.

El proyecto político de Habib Burguiba Los años posteriores a la independencia trajeron la codificación del derecho de la familia en Túnez, como también en Marruecos. Habib Burguiba, convertido presidente de la República en 1957, era un gobernante sabio, inspirado por el clima de transformación de los valores que germinó a mediados del bajo el nombre de Nahda (en árabe: النهضة, "el renacimiento"), cuya visión de Estado incluía una república presidencialista a la americana. Durante los primeros meses de su mandato, Burguiba intentó aprobar una serie de decretos-leyes que modernizaran a marcha forzada determinados aspectos del país, como la enseñanza y la justicia además de la familia. Hizo de la promoción de la mujer uno de los ejes de su proyecto de sociedad basada en la inclusión y la no discriminación, y optó por una enseñanza moderna que diera preponderancia a la razón analítica, crítica y libre de todo postulado dogmático.Charfi, S. (2011). "Turquía y Túnez. Feminismo en tierra del islam". AFKAR/IDEAS n.º 29, pág. 5 A contracorriente de sus homólogos árabes, Burguiba priorizó la educación y la salud, en detrimento de las armas, liberó los métodos anticonceptivos y retrasó la edad legal para contraer matrimonio.

El 13 de agosto de 1956, se publican estas medidas reunidas en un documento titulado Code du statut personnel ("Código del estatuto personal"), incluido en francés cuatro días más tarde en el Boletín Oficial n.º 66 del 17 de agosto. De manera oficial se afirma el carácter perenne del islam, pero se realiza una distinción entre la confesionalidad individual (a la que no se hace referencia) y el conjunto de leyes a las que se somete la población. El legislador reivindica su derecho al refuerzo jurisprudencial o ijtihad, no se limita a codificar, quiere intervenir en el contenido mismo del derecho para adaptarlo a las nuevas circunstancias y hacer que la sociedad evolucione. En concreto, la emancipación femenina constituye uno de los pilares de la legislación.Ben Achour, S. (2001). "Féminisme d’Etat : figure ou défiguration du féminisme ?", Mélanges en l’honneur de Mohamed Charfi. Cartago: CPU El código desmarca a Túnez del resto del mundo árabe al prohibir la poligamia y al instituir un divorcio necesariamente judicial, abierto a los dos esposos por igual. A nivel del discurso político, las dos innovaciones se justifican en un retorno a las fuentes.L’Action de 3 de septiembre de 1956, n°65, pág. 1 En un principio aplicable únicamente a los musulmanes, un año más tarde regirá para todos los tunecinos, sin distinción de religión.Meziou, K. op.cit.

Texto fundador

Vínculo matrimonial