La Ley de Acceso a la Información Pública en El Salvador o por sus siglas, LAIP, fue aprobada por la Asamblea Legislativa con el objetivo de garantizar el derecho de acceso a la información pública para toda persona ciudadana, con el fin de contribuir con la transparencia de las actuaciones de las instituciones del Estado, previniendo y combatiendo así la corrupción. Fue emitida mediante Decreto Legislativo No. 534, del 2 de diciembre de 2010, publicado en el Diario Oficial No. 70, Tomo No. 391, del 8 de abril de 2011.
Historia
Antecedentes Internacionales El Acceso a la Información Pública es uno de los derechos humanos claves de la institucionalidad democrática, este se centra en la libertad de expresión del individuo. Su importancia para todos los ciudadanos consiste en que es un mecanismo para garantizar la calidad de vida de la población. El Acceso a la Información pública garantiza una mayor transparencia en la gestión pública e impulsa el derecho ciudadano a la participación.
En el siglo XVII Suecia logró introducir mediante una Acta de Libertad de Prensa, creada específicamente en 1766, convirtiéndose en el primer país del mundo y del continente Europeo que reconoció y reguló con una ley específica el Derecho Fundamental de Acceso a la Información Pública.
Colombia se convertiría en el segundo país a nivel mundial, pero el primero de América del Sur en emitir una ley que mencionara, al menos mínimamente, este derecho en el año de 1888.
63 años después se emite una tercera ley, esta tuvo lugar en Finlandia para el año de 1951. Pero no fue hasta la promulgación en los Estados Unidos de América, en 1966, que se precipitó la promulgación de leyes similares en todo el mundo, principalmente en los países con mayor desarrollo económico.
A inicios de los 90, solo 11 países tenían leyes de Acceso a la Información. En octubre de 2011, 88 países tienen leyes de Acceso a la Información vigentes, sumándose 7 países al listado en 2011: Etiopía, Guinea-Conakri, Liberia, Níger, Nigeria, Túnez y El Salvador.
A nivel internacional, el Acceso a la Información se encuentra protegido en tratados internacionales en materia de derechos humanos. Organismos internacionales responsables de promover y proteger los derechos humanos han enfatizado la importancia del derecho humano de acceder a la información en manos de entidades públicas, así como la necesidad de una legislación local eficaz para asegurar, en la práctica, el respeto para ese derecho.
En Centroamérica, El Salvador fue el último en establecer medidas de garantía del acceso a la información. Hasta marzo de 2011, nuestra legislación estaba inspirada en la cultura del secreto, los funcionarios y empleados públicos debían guardar reserva y la decisión de compartir información pública con un ciudadano dependía del criterio del funcionario de turno.
Antecedentes en El Salvador La exigencia de la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP) en El Salvador, surgió desde la sociedad civil, de tal manera que un anteproyecto fue presentado a la Asamblea Legislativa por parte de la Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (FUSADES) y el Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional (IIDC), el día 29 de octubre de 2008.
En abril de 2009, surgió el Grupo Promotor de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública como una alianza de entidades muy diversas que apoyaron dicha iniciativa, integrado por centros de pensamiento, universidades, medios de comunicación, asociaciones profesionales y gremiales empresariales. El esfuerzo por aprobar esta legislación ha unido, como pocas veces, a la sociedad civil a favor de una política en pro del bienestar social, económico y democrático de El Salvador.
A su vez se incluyó el estudio comparado de legislación latinoamericana y la consulta con representantes de Organizaciones No Gubernamentales, la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (UCA), la Fundación Nacional para el Desarrollo de El Salvador (FUNDES), la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP), la décima octava (18) Asociación de Periodistas de El Salvador (APES), la Asociación Salvadoreña de Radiodifusores (ASDER) y el Periódico digital El Faro, formaron el Grupo Promotor.
La propuesta de ley del FMLN recibió iniciativa de ley desde finales de 2009, la propuesta del Grupo Promotor obtuvo iniciativa hasta junio de 2010. Las dos propuestas de ley pasaron a estudio de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales de la Asamblea Legislativa, por lo que se decidió fusionar ambas propuestas.
El Grupo Promotor tuvo un rol importante en esta etapa al asistir técnicamente a la Comisión, incluso organizando 2 talleres para los diputados. Al producto de esta fusión se denominó Borrador Único de Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (BULTAIP), finalizado en noviembre de 2009.
A inicios de 2010, cuando se creía que la aprobación de la ley era inminente, la actividad legislativa sobre seguridad y la consulta realizada por la Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción de la propuesta pospusieron el estudio del BULTAIP en la Asamblea Legislativa hasta junio de 2010. Desde entonces, la Comisión se reunió, en promedio una vez por mes, para dar lectura y hacer modificaciones al texto, concluyendo su revisión en octubre del 2010. Durante el mes de noviembre de ese año se estudió y negoció la parte más difícil de la ley: la conformación del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP).
El jueves 2 de diciembre de 2010, se emitió el dictamen favorable para someter el proyecto de ley a consideración del Pleno, que lo aprobó en la sesión del mismo día. En enero de 2011, el expresidente de la República Mauricio Funes devolvió la normativa con 7 observaciones.
La Asamblea Legislativa pasó a analizar las argumentaciones que el expresidente Mauricio Funes dentro del seno de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales. Finalmente, en la Sesión Plenaria del día 3 de marzo de 2011, por unanimidad de los diputados presentes, se decidió aceptar parcialmente dichas observaciones. La misma fue publicada en el Diario Oficial Número 70, Tomo 391, del viernes 8 de abril de 2011.
Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP)
El Instituto de Acceso a la Información Pública, se trata de una instancia que busca garantizar el derecho al acceso a la información de todos los salvadoreños y salvadoreñas. Se rige por medio de la Ley de Acceso a la Información Pública y tiene por objetivo contribuir a la formación de una sociedad más democrática.
Creación del Instituto de Acceso a la Información Pública En noviembre de 2010, es conformado el Instituto de Acceso a la Información Pública o por sus siglas, IAIP, que de acuerdo al Art. 51 de la Ley de Acceso a la Información Pública se crea como una institución de derecho público, con responsabilidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía administrativa y financiera, encargado de velar por la aplicación de la LAIP.
Medidas que toma el IAIP para realizar sus objetivos Cuenta con un portal de transparencia en el que se muestran los diferentes reportes de información de todas las Alcaldías, Ministerios, Presidencia, Instituciones autónomas, Instituciones dependientes del Estado, Gobernaciones, Hospitales e Instituciones no Gubernamentales. Al cual, se puede acceder desde su página oficial o visitando sus instalaciones para solicitar información.
También poseen un Portal de Capacitaciones, en el que se pueden acceder a talleres y cursos desde su página web. Anteriormente impartían seis cursos, de los cuales cuatro eran para el público en general, uno para oficiales de información y uno para el personal técnico UGDA.
Transparencia y acceso a la información pública (general) Rendición de Cuentas (general) Curso sobre datos abiertos (general) Curso preparatorio sobre la Ley de Acceso a la Información Pública para Oficiales de Información (oficiales de información) Conocimiento y Divulgación de la LAIP (general) Curso Básico de Archivística y Gestión Documental (personal técnico UGDA) El IAIP ha trabajado estrechamente con otras instituciones públicas para la capacitación del personal y público en general, llevando a cabo cursos, talleres o diplomados especializados completamente gratis y a disposición de la ciudadanía, ejemplo de estos son la Universidad de El Salvador (UES).
¿Cómo se rige el IAIP? El IAIP, quien se ha desempeñado con solvencia e independencia en su carácter de ente rector de la LAIP y como garante del goce del derecho fundamental de acceso a la información pública, debe mantenerse como garante en la defensa de la LAIP, evitando sentar un mal precedente al restringir el acceso a una ciudadanía que debe ser pública.
El IAIP se rige. de acuerdo al Art. 4. de la LAIP, bajo los siguientes principios:
Máxima publicidad. Disponibilidad. Prontitud. Integridad. Igualdad. Sencillez. Gratuidad. Rendición de Cuentas.
Ante esto, el Art. 5. del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Instituto de Acceso a la Información Pública establece que para el ejercicio de sus mandatos el IAIP contará con Unidades Organizativas distribuidas en 5 categorías:
a) Nivel superior:
Pleno del instituto. Presidente del instituto.
b) Nivel de dirección:
Dirección Ejecutiva. Dirección Jurídica.
c) Nivel de apoyo:
Unidad de auditoría interna. Unidad de Acceso a la Información Pública. Unidad de Comunicaciones y Relaciones Públicas. Unidad Financiera Institucional. Unidad de Cooperación. Unidad de Planificación.
d) Nivel operativo:
Unidad de Capacitación. Unidad de Estudios e Investigación Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional. Unidad de Informática. Unidad Administrativa y Recursos Humanos. Unidad de Archivo de la Información. Unidad de Registro de la Información. Unidad Normativa. Unidad Jurídica.
e) Nivel Funcional:
Sección de Tesorería. Sección de Contabilidad. Sección de Presupuesto. Sección de Fiscalización. Oficina de Recepción y Notificaciones. Oficina de Colaboradores Jurídicos.
Integración del IAIP Con base al Art. 52. de la LAIP, el Instituto está conformado por cinco Comisionados y sus respectivos suplentes, quienes son nombrados por el presidente de la República para un periodo de seis años sin posibilidad de ser reelegidos. Los comisionados suplentes solamente puede sustituir a los propietarios en caso de muerte, renuncia, permiso, imposibilidad de concurrir, excusa cuando exista conflicto de intereses u otra razón válida.
Comisionados Propietarios y Suplentes La última actualización realizada en junio del 2021 por el IAIP en su Portal de Transparencia refleja que los comisionados que integran el Instituto de Acceso a la Información Pública están conformados por:
Propietarios Ricardo Gómez Guerrero. Andrés Grégori Rodríguez. Claudia Liduvina Escobar Campos. Roxana Soriano Acevedo. Suplentes Cesia Yosabeth Mena Reina. Daniella Huezo. Yanira del Carmen Cortez. Gerardo José Guerrero Larín.
Presidente del Instituto de Acceso a la Información Pública El IAIP es presidido por un comisionado designado por el presidente de la República, quien tendrá la representación legal del mismo.
En agosto de 2020 fue nombrado por el señor Presidente, Nayib Bukele, Comisionado Presidente del IAIP, el señor Ricardo Gómez Guerrero representante del sector universitario.
Antecedentes polémicos del IAIP En noviembre de 2010 se confirma la creación del Instituto de Acceso a la Información Pública, y con casi 11 años de existencia ha tenido un par de controversias:
Febrero 2013 El presidente de turno Mauricio Funes vetó reformas que habían que le quitaron poder al Instituto.
Septiembre 2016 El IAIP es ordenada por la Sala de lo Constitucional a liberar la información de los viajes del expresidente Mauricio Funes.
Noviembre 2019