La consulta popular de México de 2021, oficialmente denominada Consulta Popular 2021 por el organismo electoral, se llevó a cabo el 1 de agosto de 2021. Fue organizada por el Instituto Nacional Electoral (INE) y buscó consultar a los ciudadanos sobre si efectuar «las acciones para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos». Constó de una única pregunta:
El 6 de abril del mismo año, el INE inició la organización de la consulta y, luego de que se le rechazaran incrementos presupuestales, estimó un costo de 522 a 528 millones de pesos, un tercio de lo presupuestado inicialmente, y mesas receptoras a instalar, frente a las planteadas originalmente. Se trató de la primera consulta popular oficial celebrada en todo el país, aunque durante el periodo de transición gubernamental, el, en ese entonces, presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, convocó consultas públicas para decidir sobre asuntos como la cancelación del Nuevo Aeropuerto de Ciudad de México y los programas prioritarios del nuevo gobierno, no organizadas por el INE y con mínima participación.
Aunque hubo esfuerzos ciudadanos en búsqueda del plebiscito, este fue resultado de la petición que López Obrador hizo en septiembre de 2020, aprobada por el Congreso de la Unión y cuya materia fue declarada constitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que, sin embargo, modificó la pregunta original. Erróneamente promocionada o criticada como una consulta para «enjuiciar a expresidentes», no involucró a la Fiscalía General de la República (FGR), al poder Judicial, a casos puntuales, ni hacía señalamientos en contra de personas en específico. No obstante, durante su organización se planteó que sí podría dar pie a mecanismos, como las comisiones de la verdad y, finalmente, a investigaciones.
La misma noche del referendo se dio a conocer un conteo rápido, que reportaba un intervalo de participación de entre y , con lo que los resultados del ejercicio, con una gran mayoría en favor del «Sí», no serían vinculatorios al no alcanzar el requerido por la ley. Un día después, el INE reportó los resultados finales al concluir los cómputos, que confirmaban una participación del (6.6 millones) y de respaldo al «Sí» (6.5 millones).
Antecedentes Ejercicios previos A partir de la reforma política-electoral de México de 2014, ese año el Congreso de la Unión aprobó la Ley Federal de Consulta Popular, que regulaba «el procedimiento para la convocatoria, organización y declaración de resultados de las consultas populares». No obstante, hasta 2019 ninguna solicitud de referéndum había prosperado ante el rechazo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al considerar que sus asuntos eran violatorios de la Constitución. Con la victoria de Andrés Manuel López Obrador en las elecciones presidenciales de 2018, se llevaron a cabo diversas consultas —al margen del marco legal—, durante el periodo de transición gubernamental, «para dar soporte social a un conjunto de decisiones que ya formaban parte de sus objetivos de gobierno». La primera de ellas —«Consulta Nacional. Nuevo Aeropuerto»— se llevó a cabo entre los días 25 y 28 de octubre de 2018 para decidir sobre la construcción del Nuevo Aeropuerto Internacional de Ciudad de México (NAICM), organizada por la Fundación Arturo Rosenblueth y financiada por los legisladores federales del partido Morena. En el ejercicio participaron poco más de un millón de personas —menos del del padrón electoral— en 538 municipios del país y con resultado mayoritario en rechazo a la construcción de la infraestructura y su reemplazo por dos pistas en la Base Aérea Militar de Santa Lucía.
Se le criticó, sin embargo, entre otras cosas, por su inconstitucionalidad. En condiciones similares y con una participación más limitada de novecientos mil votantes, un mes después —24 al 25 de noviembre—, se celebró una nueva consulta para preguntar a la ciudadanía sobre los programas prioritarios del nuevo gobierno —entre ellos la construcción del Tren Maya y de la refinería de Dos Bocas—. Ya dentro de la administración de López Obrador, en marzo de 2020, la Secretaría de Gobernación organizó una consulta en Mexicali para determinar la construcción de una planta cervecera de Constellation Brands. En esa ocasión, personas —de un total de — optaron por rechazar la edificación.
Solicitud thumb|right|275px|Firma, por parte del presidente Andrés Manuel López Obrador, de la petición de consulta popular el 15 de septiembre de 2020, enviada el mismo día al Senado de la República. Ya desde el periodo de transición, el, en ese entonces, presidente electo López Obrador afirmó que habría en su gobierno una consulta legal para preguntar a los ciudadanos sobre si se deberían promover juicios en contra de los expresidentes, desde Carlos Salinas de Gortari, y para revisar sus «responsabilidades en delitos de corrupción y otros». No obstante, también aseguró que hacerlo sería «conspirar contra la estabilidad política del país» y se posicionó a favor de una política de «punto final». Originalmente planeada para marzo de 2019, López Obrador optó por posponerla a la espera de las reformas constitucionales que regularan estos ejercicios, publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 20 de diciembre siguiente. Finalmente, después de esfuerzos ciudadanos en búsqueda de la consulta, el presidente presentó formalmente el 15 de septiembre de 2020 una petición de consulta popular al Senado de la República sobre el posible enjuiciamiento de los exmandatarios, que justificaba en «los desastres humanos, sociales y nacionales sufridos por el país durante esos 30 años [que] fueron resultado de una suma de actos voluntarios irracionales por parte de quienes lo gobernaron en ese lapso». En un inicio, la propuesta planteaba la pregunta:
Posteriormente, el mismo día, la Cámara de Senadores envió la propuesta a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para determinar su constitucionalidad. Previendo una posible negativa, el presidente advirtió que, de encontrarla inconstitucional, optaría por una modificación al artículo 35 —sobre el derecho de petición nacional— de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En este sentido, aunque se pronosticaba su rechazo, quince días después, el 1 de octubre, el tribunal determinó —con seis votos a favor y cinco en contra— constitucional la materia de la consulta, pero optó por reformular la pregunta. Con esto se descartó un proyecto propuesto por el ministro Luis María Aguilar, que la consideraba un «concierto de inconstitucionalidades» por vulnerar la «presunción de inocencia [de los exmandatarios] y subrayaba que la justicia no se puede someter a consulta». En contraste, el presidente del órgano, Arturo Zaldívar, argumentó que la SCJN debía fungir como «puente que permita a todas las personas intervenir en las grandes discusiones nacionales con pleno respeto al marco constitucional», mientras que otros ministros votaron a favor luego de modificarse la pregunta, que quedó reformulada:
Aunque celebró el aval de la SCJN, para López Obrador la interrogante era «muy genérica, yo no diría abstracta, porque sería mucho, pero sí poco clara». Otros políticos, como la jefa de Gobierno de Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, y el vocero de la Presidencia de la República, Jesús Ramírez Cuevas, coincidieron en una reacción positiva, frente al rechazo expresado por otros, como el presidente del Partido Acción Nacional (PAN), Marko Cortés Mendoza, o la senadora Claudia Ruiz Massieu Salinas. Más tarde, el 7 de octubre, el Senado avaló en lo general y en lo particular el «dictamen que expide la consulta popular propuesta por el titular del Ejecutivo Federal», con 64 votos a favor, 43 en contra y una abstención. Turnada a la Cámara de Diputados, también recibió la aprobación luego de que la Comisión de Gobernación la declarara procedente, con 272 votos a favor y 116 en contra, y originalmente implicaba expedir la convocatoria desde ese momento.
El 28 de octubre, se publicó en el DOF el decreto para la convocatoria a la consulta popular, que la dejaba a cargo del Instituto Nacional Electoral (INE), como «única instancia calificadora», en los tiempos y forma que determinara la metodología que aprobase el organismo. Por otra parte, establecía su celebración el 1 de agosto de 2021 entre las 8:00 y las 18:00 horas, con únicamente dos opciones de voto —«Sí, estoy de acuerdo» y «No estoy de acuerdo»—. No obstante, a inicios de noviembre, el Senado modificó, con 54 votos a favor y 16 abstenciones, la convocatoria para determinar que entrara en vigor a partir del 15 de julio de 2021, lo que implicaba que el INE tendría quince días para llevar a cabo acciones de propaganda y promoción, además de que, con la entrada en vigor previa, se impedía la difusión de propaganda gubernamental de cualquier tipo hasta la celebración de la consulta. La cámara baja dio el visto bueno a tal cambio poco después con 306 votos a favor y 154 en contra. El 19 de noviembre, se publicó en el diario oficial la modificación al artículo primero del decreto, con lo que se fijaba su entrada «en vigor el jueves 15 de julio de 2021, sin perjuicio de que el Instituto Nacional Electoral ejecute las acciones preparatorias necesarias para realizar la jornada de consulta popular».
Resolución de la SCJN thumb|left|275px|Aunque determinó que la materia de la consulta era constitucional, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) optó por modificar la pregunta original. El 1 de octubre de 2020, la Suprema Corte determinó que la materia de la consulta popular era constitucional, con seis votos a favor frente a cinco en contra, y modificó la redacción de la pregunta planteada originalmente por López Obrador. En esa ocasión, Zaldívar Lelo de Larrea, presidente del tribunal supremo, aseveró: «No podemos cerrar las puertas a la opinión ciudadana por temor a un escenario catastrófico de populismo penal». En contraste, uno de los ministros que se mostró en contra, Javier Laynez Potisek, indicó que la justicia nunca debe «actuar o no dejar de actuar como consecuencia de presiones, opiniones ni emociones de parte de los Gobiernos, los poderes fácticos ni de la ciudadanía».
En la «Revisión de constitucionalidad de la materia de una consulta popular convocada por el Congreso de la Unión», la SCJN encontró necesario modificar la pregunta original para «hacerla congruente con el tema sobre el que se consultará a la población y purgarla de cualquier elemento que la vicie» y optó por eliminar las referencias a los expresidentes. El máximo tribunal asumió que la materia de la consulta era el «esclarecimiento de los hechos del pasado» y justificó los elementos de la interrogante: «acciones pertinentes» al plantear que los votantes opinarían «sobre un tema de trascendencia general, correspondiendo a las autoridades determinar cómo actuar en consecuencia».
En este sentido, sobre «con apego al marco constitucional y legal» indicó la necesidad de explicar que tales acciones encuentran «un límite en aquellos contenidos obligacionales, que están protegidos por los principios de seguridad jurídica y legalidad» —«las obligaciones legales, los derechos adquiridos y todas aquellas facultades regladas con las que se topen las autoridades deben entenderse fuera de la consulta popular»—; «para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos» al señalar que no se pregunta sobre «si quiere que se cumpla una facultad de ejercicio obligatorio», sino sobre si quiere que «se haga un desvelamiento del pasado, en términos amplios, mediante la creación de mecanismos complementarios», y, finalmente, «encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas» al plantear que «la idea del esclarecimiento debe poner un acento en estos fines».